Circular Nro. 32/21.-
Santa Fe, 17 de marzo de 2021.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 16.3.2021, Acta N° 7, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
“SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA MUNDIAL GENERADA A RAÍZ DE LA ENFERMEDAD COVID-19 (CORONAVIRUS) -ADHESIÓN AL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA NRO. 167/21 DISPUESTO POR EL PODER EJECUTIVO NACIONAL Y AL DECRETO NRO. 173/21 DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, QUE PRORROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021 INCLUSIVE LA EMERGENCIA PÚBLICA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY NRO. 27.541-. VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020; y CONSIDERANDO: Que el pasado 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró el brote del nuevo Coronavirus como una pandemia, hecho que desencadenó la adopción de medidas de emergencia pública en materia sanitaria por parte de la Nación y de esta Provincia. En este sentido, mediante DNU 260/20 de fecha 12 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional amplió la emergencia pública sanitaria establecida por Ley Nro. 27.541, por el plazo de un año desde la entrada en vigencia del referido Decreto. Asimismo, el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nro. 213/20, adhirió a las disposiciones del DNU 260/20; haciendo lo propio este Poder Judicial, mediante Resolución de Presidencia Nro. 262 del 13 de marzo de 2020, ratificada por la Corte Suprema de Justicia mediante Acta Acuerdo Nro. 8 Punto Único de fecha 16 de marzo de 2020. Que, habiendo transcurrido el plazo de duración del Decreto de Necesidad y Urgencia emanado de la Administración Central Nacional, ésta, mediante DNU 167/21 de fecha 12 de marzo de 2021, resolvió prorrogar la emergencia sanitaria hasta el día 31 de diciembre de 2021. Que, en sintonía con ello, el Poder Ejecutivo Provincial, adhirió a tal decisorio mediante Decreto Nro. 173/21. Por consiguiente y de conformidad con el criterio adoptado por este Cuerpo desde el principio de la Pandemia, de acompañar desde su ámbito las decisiones de las autoridades sanitarias competentes, quienes se encuentran en mejores condiciones de adoptar criterios plenamente informados en dichas cuestiones, corresponde en la oportunidad adherir a las disposiciones contenidas en los referidos decretos de ambos Poderes Ejecutivos, Nacional y Provincial. Que, en razón de todo lo expuesto, luego de un intercambio de opiniones, y oído en este acto el señor Procurador General; SE RESUELVE: I. Adherir al Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 167/21 dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y al Decreto Nro. 173/21 del Poder Ejecutivo Provincial, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive la Emergencia Pública Sanitaria establecida por Ley Nro. 27.541. II. Instruir a la Secretaría de Gobierno a los fines de que coordine las medidas que correspondan para hacer efectivo el mismo. III.- Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. FDO. FALISTOCCO. ERBETTA. GASTALDI. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).-”
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno