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Circular nro. 54. Resolución de Presidencia de fecha 21.04.2021: Reinicio de actividades en la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario, a partir del 22 de abril del corriente.

Circular Nro. 54/2021.-

Santa Fe, 21 de abril de 2021.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia:

“Santa Fe, 21 de abril de 2021.VISTAS: las necesidades del servicio judiciario; y,CONSIDERANDO: Que el pasado 15 de abril del corriente, y ante la noticia de que varios integrantes del Poder Judicial fueron confirmados como casos positivos de Coronavirus COVID-19, se adoptaron las medidas de acción conducentes por parte de esta Corte Suprema de Justicia, de conformidad con los lineamientos dispuestos por la autoridad sanitaria provincial y lo resuelto por esta Corte mediante Acta Acuerdo Nro. 19 de fecha 30.06.2020 Punto 4. En este sentido, y entre otras varias medidas, se ordenó la suspensión de actividades en la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, hasta que las autoridades sanitarias autoricen su reanudación, licenciándose al personal que presta labores en el mismo a los fines de que se aíslen en sus domicilios; como así también, la suspensión de plazos procesales y celebración de audiencias fijadas en dicho órgano jurisdiccional. Que en lo que ahora interesa, habiéndose recibido informe del Dr. Fernando Bilbao, Integrante de la Oficina Médico Forense de Santa Fe, donde manifiesta que a partir del 22 de abril del corriente puede reintegrarse a sus actividades el personal de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario que ya cuenta con el alta epidemiológica, resulta prudente ordenar el reinicio de actividades en el órgano jurisdiccional en consideración. Que, en razón de ello, esta Presidencia de conformidad a las previsiones del artículo 22, inc. 9, de la ley 10.160 (t.o según decreto N° 49/98). RESUELVE: 1) Ordenar el reinicio de actividades en la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, a partir del 22 de abril del corriente. 2)Disponer la reanudación de plazos procesales en la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, desde el 22 de abril del corriente. 3) Ordenar el reintegro a sus funciones de los trabajadores incluidos en la planta de personal del organismo jurisdiccional en cuestión, con excepción de aquellos que a la fecha no han recibido el alta epidemiológica. 4) Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. 5) Hacer saber lo aquí dispuesto al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. 6) Regístrese, resérvese copia y dése cuenta al Cuerpo. FDO.: FALISTOCCO (Presidente). BORDAS (Secretario de Gobierno)”.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno

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