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Circular Nro. 138/21.-

Santa Fe, 26 de julio de 2021.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, a través de su Presidencia, en fecha 26.7.2021:

“Santa Fe, 26 de julio de 2021.VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020 y prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 167 de fecha 12.03.2021;y CONSIDERANDO: Que en el marco de la compleja situación que nos toca transitar, desde esta Corte Suprema de Justicia se han venido amalgamando diferentes y variados esquemas de trabajo, en orden a mantener la adecuada prestación del servicio de justicia dentro de un escenario de constante cambio y reconfiguración. Así, y siguiendo los lineamientos dispuestos por las autoridades Nacionales y Provinciales, se ha adecuado formal y materialmente nuestra actividad en una ininterrumpida cadena de decisorios que han sabido interpretar y plasmar en los hechos las recomendaciones que hacen al primordial cuidado de nuestra comunidad. Que en lo que ahora interesa, y habiendo dispuesto el Poder Ejecutivo Provincial a través del Decreto Nro. 1220/21 la prórroga de las normas de convivencia social vigentes, deviene conducente en la constante búsqueda del complejo equilibrio que demanda la protección de la salud como bien fundamental y el ejercicio de las funciones que todos los ciudadanos debemos cumplir como elementos estructurales de la comunidad, adoptar las medidas administrativas y de gobierno respectivas en pos de alinearse con dicho decisorio. Que, en razón de todo lo expuesto, esta Presidencia, previa consulta y deliberación de todos los integrantes del Cuerpo; RESUELVE: I. Adherir al Decreto Nro.1220/21 dispuesto por el Poder Ejecutivo Provincial, que ordenan la prórroga de las medidas de prevención actuales para toda la población hasta el 6 de agosto de 2021, inclusive. II. Disponer la prórroga de prestación del servicio con los esquemas de trabajo y decisiones sanitarias actualmente en vigencia en todas las dependencias de este Poder Judicial, de conformidad a lo ordenado por este Cuerpo en la Resolución de fecha 28 de mayo de 2021, ratificada por Acta Acuerdo Nro. 19, Punto 2 del 8.6.21. III. Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, se enmarcan dentro de la dinámica y celeridad con la que se deben encarar acciones estratégicas y certeras, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, y en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. IV.- Hacer saber lo aquí dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a través de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados, al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. V.- Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. FDO. FALISTOCCO. (PRESIDENTE). BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO).”

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno

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