Circular nro. 23. Videoconferencia. Protocolo de su utilización.
Circular Nro. 23/2014.-
Santa Fe, 23 de abril de 2.014.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 16-04-14, Acta Nro. 15, punto 3, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
RESOLUCION DE SECRETARIA DE GOBIERNO DE FECHA 09 DE ABRIL DE 2014.- El señor Secretario de Gobierno de esta Corte, Dr. EDUARDO MARCOS PEDRO BORDAS informa que en fecha 09.04.14, dictó la siguiente resolución: "… VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Proyecto de Modernización e Informatización Integral del Poder Judicial, y en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, el 14.3.2014 dejó habilitado su propio sistema de "Solución Integral de Videoconferencia" para usos múltiples, destacando que dicho evento realizado en el Salón de Actos del Alto Cuerpo en Santa Fe, pudo seguirse en simultáneo en las sedes judiciales Rosario, Venado Tuerto, Vera, y Rafaela. Que, como ya se señalara oportunamente, entre las ventajas de su instauración puede mencionarse la posibilidad de reunir, para capacitación o por cuestiones laborales, a grupos de personas distantes geográficamente, como si estuvieran en la misma sala, con comunicación, capacitación, transmisión y recepción de información visual y sonora, evitando las erogaciones y pérdida de tiempo que implican el traslado físico de las personas. Asimismo, dicho canal de comunicación permite integrar geográficamente las sedes judiciales antes aludidas como así también los Institutos Penitenciarios Provinciales a medida que se vayan habilitando, posibilitando la interacción con otras jurisdicciones o lugares del territorio provincial, nacional o internacional. Que, en ese orden, y en relación a la administración de este sistema de "Solución Integral de Videoconferencia", en lo que refiere al modo de canalizar las solicitudes de actividades que el mismo ofrece, como a la efectiva prestación de las mismas, se deberá seguir el Protocolo de Uso correspondiente, que se acompaña y que forma parte integrante de la presente. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: I) Solicitar a la Corte Suprema de Justicia se apruebe el Protocolo de Uso del sistema de "Solución Integral de Videoconferencia" conforme el texto del Protocolo de Uso que se acompaña y que forma parte integrante de la presente. II) Dar la debida intervención a la Secretaría de Informática. III) Disponer que el Protocolo de Uso mencionado entre en vigencia a partir del 28 de abril de 2014. IV) Librar las Comunicaciones y Circular a los fines de hacer saber lo aquí dispuesto. V) Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo.- FDO.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)". Por todo ello, y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo..- FDO.: GUTIERREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).——————————————————————————–
Adjunto, a sus efectos, el formulario "Protocolo de Uso de la Videoconferencia" mediante el cual deberá canalizar los pedidos pertinentes.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Fdo. Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno
Ver protocolo mencionado