Circular Nro. 42/25.-
Santa Fe, 22 de mayo de 2025.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el día 20.5.2025 -Acta Nº 18- la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:
“de las Salas de ambas Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial se ajustará a lo establecido en los considerandos que anteceden. IV. Establecer que el régimen de alzada de los Juzgados de Primera Instancia de Circuito y de los Juzgados Comunitarios de las Pequeñas Causas de toda la provincia, se regirá de conformidad a lo estipulado en los considerandos precedentes. V. Delegar en la Secretaría de Gobierno, las tareas inherentes para la materialización de lo aquí resuelto. VI. Comunicar lo aquí resuelto al Poder Ejecutivo por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad; a la Comisión Bicameral para la reforma parcial de la ley 10.160 – Orgánica del Poder Judicial y de la ley 5.531, Código Procesal Civil y Comercial; a las Presidencias de Cámara de Apelación de las Cinco Circunscripciones Judiciales; a los Colegios de Abogados y Procuradores de las Cinco Circunscripciones Judiciales; al Colegio de Magistrados y Funcionarios; Sindicato de Trabajadores Judiciales; a los Juzgados de Circuito de las cinco Circunscripciones Judiciales; y a los Juzgados Comunitarios de las Pequeñas Causas de toda la Provincia. FDO. FALISTOCCO. BACLINI. ERBETTA. GUTIÉRREZ. SPULER. WEDER. ZABALZA. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno