 {"id":20321,"date":"2021-11-01T00:00:00","date_gmt":"2022-09-05T19:02:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/7176\/"},"modified":"2022-09-15T11:48:15","modified_gmt":"2022-09-15T14:48:15","slug":"7176","status":"publish","type":"circulares","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/7176\/","title":{"rendered":"Circular nro. 200. Baja de turneros a partir del 01.11.2021 para la Oficina de Certifiaciones, Poderes, Defensor\u00edas Civiles, Registro P\u00fablico de Comercio y Registro de Procesos Universales."},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-circulares pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20321?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20321?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><div style=\"text-align: justify;\">\n<p><strong>Circular Nro.200\/21.<\/strong><\/p>\n<p>Santa Fe, 01 de noviembre de 2021.<\/p>\n<p>Se\u00f1or<br \/>\nTitular del \u00d3rgano Jurisdiccional<br \/>\n<u>S \/ D<\/u><\/p>\n<p>Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci\u00f3n a los dem\u00e1s integrantes de ese \u00f3rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el d\u00eda 26.10.2021, Acta N\u00b038, la corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adopt\u00f3 la siguiente resoluci\u00f3n:<\/p>\n<p><u>\u201cSISTEMA DE TURNOS DEL PODER JUDICIAL SANTAFECINO. VISTAS:<\/u> Las necesidades del servicio judiciario; y, CONSIDERANDO: Que desde el comienzo de la pandemia generada por el Covid-19, este Cuerpo ha adoptado todas las medidas necesarias y pertinentes que supieron amalgamar el resguardo por la salud de todos los habitantes de la comunidad y la debida prestaci\u00f3n del servicio de justicia. Esta pol\u00edtica de gobierno, se enmarc\u00f3 bajo la premisa directriz de acompa\u00f1ar las decisiones emanadas de los Poderes Ejecutivos Nacional y Provincial, y sus respectivas carteras sanitarias; por ser \u00e9stos quienes se encuentran en mejores condiciones de adoptar las medidas conducentes para paliar la crisis que nos atraviesa. Dentro de esta l\u00ednea de trabajo, es que se pusieron en funcionamiento diferentes herramientas y dise\u00f1os organizacionales orientados a plasmar escenarios propicios para la correcta administraci\u00f3n de justicia en tiempos de elevada tensi\u00f3n sanitaria. Que, un ejemplo concreto y al cual cabe en la oportunidad referirse es el sistema de turnos dispuesto para las distintas dependencias de este Poder Judicial; el cual, ha permitido amalgamar de manera armoniosa las nuevas herramientas inform\u00e1ticas puestas en funcionamiento desde esta Corte, y la necesaria restricci\u00f3n de ingreso de profesionales y justiciables a los edificios de este poder estadual. As\u00ed, a trav\u00e9s del correcto gestionamiento del sistema de turnos, se logr\u00f3 disminuir eficazmente la circulaci\u00f3n masiva de personas en el \u00e1mbito tribunalicio, y por ende, la posible creaci\u00f3n de eventuales focos de contagio de la enfermedad apuntada; todo en consonancia como se dijera, con las pol\u00edticas sanitarias vigentes en la Rep\u00fablica. Que en lo que ahora interesa, y teniendo en cuenta las \u00faltimas medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y Provincial, se puede observar un relajamiento en las restricciones oportunamente impuestas a la poblaci\u00f3n en lo que atinente a normas de convivencia social. Este hecho, se ha reflejado en los decisorios emanados de ambas administraciones, los cuales dan cuenta a su vez de un marcado descenso en la curva de contagio y mortalidad del Coronavirus Covid-19. Que, en sinton\u00eda con ello, por Acta Acuerdo Nro.36 Punto 1 de fecha 5.10.2021, este Cuerpo resolvi\u00f3 dejar sin efecto las burbujas matutinas y vespertinas para los agentes judiciales, en el entendimiento que las condiciones sanitarias actuales eran aptas para rever tal decisi\u00f3n. Por consiguiente, y en la continuidad de esta pol\u00edtica de gobierno, se entiende ahora pertinente dejar sin efecto los sistemas de turnos oportunamente dispuestos para las Oficinas de Certificaciones; el otorgamiento de Poderes; las Defensor\u00edas Civiles; los Registros P\u00fablicos de Comercio; y los Registros de Procesos Universales de este Poder Judicial. Que la adopci\u00f3n de esta medida, no puede interpretarse como un desconocimiento del latente estado de emergencia bajo el que continuamos coexistiendo, sino como un deseable avance hacia un nuevo escenario de trabajo, el cual resulta factible como corolario de un adecuado uso de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n; la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas de gesti\u00f3n oportunas por parte de esta Corte; y el cumplimiento responsable de parte de todos los miembros de la comunidad de las normas de higiene y salubridad vigentes. Que, en similar inteligencia, ha de ponerse de resalto el constante monitoreo que desde el Alto Cuerpo se efect\u00faa sobre todo el sistema de turnos que actualmente se encuentra operativo en las diferentes sedes judiciales; lo cual, por su parte, habilita la permanente revisi\u00f3n de su sustentabilidad en miras al mejor servicio de justicia posible. Por \u00faltimo, y teniendo en cuenta las distintas posiciones hechas saber por los actores de este servicio de justicia, en relaci\u00f3n al tema aqu\u00ed considerado, se entiende oportuno encomendar a la Secretar\u00eda de Gobierno de esta Corte la concreci\u00f3n de espacios de encuentro en pos de evaluar las consecuencias en la adopci\u00f3n de las diferentes propuestas formalizadas. Que, en raz\u00f3n de todo lo expuesto y o\u00eddo en este acto el se\u00f1or Procurador General; <u>SE RESUELVE<\/u>: 1) Dejar sin efecto a partir del 1 de noviembre del 2021 el sistema de turnos para las Oficinas de Certificaciones; el otorgamiento de Poderes; las Defensor\u00edas Civiles; los Registros P\u00fablicos de Comercio; y los Registros de Procesos Universales de este Poder Judicial. 2) Encomendar a la Secretar\u00eda de Gobierno de esta Corte, la concreci\u00f3n de espacios de encuentro en pos de evaluar las consecuencias en la adopci\u00f3n de las diferentes propuestas formalizadas por los operadores del servicio de justicia. 3) Recordar la plena vigencia de las normas de convivencia social ordenadas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, al cual adhiriera esta Corte por Acta Acuerdo Nro. 36 Punto 1 de fecha 5.10.2021. 4) Comunicar lo aqu\u00ed resuelto, por los medios habituales dispuestos al efecto. FDO.: FALISTOCCO. ERBETTA. GASTALDI. GUTI\u00c9RREZ. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)\u201d.<\/p>\n<p>Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.<\/p>\n<p>Dr. Eduardo Bordas<\/p>\n<\/div>\n<p>Secretario de Gobierno<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"circulares\" data-cat=\"anio-2021\" data-modified=\"120\" data-title=\"Circular nro. 200. Baja de turneros a partir del 01.11.2021 para la Oficina de Certifiaciones, Poderes, Defensor\u00edas Civiles, Registro P\u00fablico de Comercio y Registro de Procesos Universales.\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Circular Nro.200\/21. Santa Fe, 01 de noviembre de 2021. 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