 {"id":20604,"date":"2020-10-07T00:00:00","date_gmt":"2022-09-05T19:03:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6589\/"},"modified":"2022-09-15T11:47:33","modified_gmt":"2022-09-15T14:47:33","slug":"6589","status":"publish","type":"circulares","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6589\/","title":{"rendered":"Circular Nro. 168\/2020:&#8221;Presentaci\u00f3n de demandas de las Defensor\u00edas Zonales del Poder Judicial a trav\u00e9s de la autoconsulta online&#8221;"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-circulares pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20604?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png?357112440\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20604?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png?1674575983\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><p><strong>Circular Nro. 168\/20<\/strong><\/p>\n<p>Santa Fe, 7 de octubre de 2020.<\/p>\n<p>Se\u00f1or<br \/>\nTitular del \u00d3rgano Jurisdiccional<br \/>\n<u>S \/ D<\/u><\/p>\n<div style=\"text-align: justify;\">\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci\u00f3n a todos los integrantes de ese \u00f3rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el d\u00eda fecha 6.10.2020, Acta N\u00b0 34, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adopt\u00f3 la siguiente resoluci\u00f3n:<br \/>\n\u201c<u>PRESENTACI\u00d3N DE DEMANDAS DE LAS DEFENSOR\u00cdAS ZONALES DEL PODER JUDICIAL A TRAV\u00c9S DE LA AUTOCONSULTA ONLINE<\/u>. El se\u00f1or Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 5 de octubre del corriente a\u00f1o, dict\u00f3 la siguiente resoluci\u00f3n: &#8220;\u2026 <u>VISTAS<\/u>: Las necesidades del servicio judiciario, y; <u>CONSIDERANDO<\/u>: I. Que cabe tener en cuenta que en el marco del proceso de informatizaci\u00f3n que este Poder Judicial viene llevando adelante se ha avanzado en la puesta en marcha de un sistema de gesti\u00f3n judicial con caracteres de \u00fanico e integral. Adem\u00e1s, es oportuno recordar que a la fecha, 168 juzgados y tribunales que operan con el sistema inform\u00e1tico SISFE y que abarcan las materias civil y comercial, laboral, familia, responsabilidad extracontractual, circuito y contencioso administrativo, incluida la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Corte Suprema de Justicia, publican informaci\u00f3n actualizada de las causas a trav\u00e9s de la Autoconsulta Online. El acceso a este modo de publicaci\u00f3n ha facilitado la tramitaci\u00f3n de los procesos ya que permite consultar el estado y tr\u00e1mite de los expedientes -incluida la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica con firma digital- tanto desde la p\u00e1gina web institucional como desde la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil. Que, adem\u00e1s, es menester no perder de vista que existen dos grupos principales de usuarios destinatarios de la consulta remota de causas. Por un lado, quienes lo hacen a trav\u00e9s de la opci\u00f3n \u201cmatriculados\u201d, lo que les permite visualizar todas los procesos donde se encuentren vinculados. Entre ellos se encuentran los profesionales del derecho, procuradores, contadores, martilleros -a quienes la clave de ingreso se las otorga cada Colegio Profesional-; los integrantes del Ministerio P\u00fablico Extra-penal de la Provincia y Defensores Zonales; y de manera reciente tambi\u00e9n el Ministerio P\u00fablico de la Acusaci\u00f3n y el Servicio P\u00fablico Provincial de la Defensa Penal. La otra forma de publicidad de la informaci\u00f3n judicial como ejemplo de transparencia en este sector del Estado, es la que se le brinda a la parte o a quien reviste inter\u00e9s leg\u00edtimo para poder consultar una determinada causa; a cuyos fines el ciudadano puede obtener la clave de acceso en particular, solicit\u00e1ndola al \u00f3rgano jurisdiccional donde tramita el expediente. II. Que asimismo, corresponde considerar que desde el mes de junio la Corte Suprema de Justicia ha habilitado, entre otros mecanismos basados en las TIC (tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n), un nuevo medio digital de vinculaci\u00f3n de los matriculados con los \u00f3rganos jurisdiccionales y las Mesas de Entradas \u00danicas, de manera tal que las demandas se comenzaron a recibir a trav\u00e9s de la referida Autoconsulta Online y mediante la p\u00e1gina web institucional (Acuerdo del 10.6.2020, Acta N\u00b0 16, punto 1). En el mismo camino, autoriz\u00f3 a realizar una prueba piloto en algunos Juzgados para que desde el d\u00eda de la fecha los escritos en expedientes en tr\u00e1mite se presenten por id\u00e9ntico canal tecnol\u00f3gico (Acta CSJ N\u00b0 33 del 29.9.2020). En tal sentido, estas v\u00edas de participaci\u00f3n virtuales est\u00e1n vinculadas a las intervenciones que a trav\u00e9s de sus demandas y\/o escritos materializan los citados profesionales matriculados y los funcionarios que son parte de la Acusaci\u00f3n y la Defensa Penal Provincial; ya que en el caso de los Defensores y Fiscales Extra-penales, contin\u00faan haci\u00e9ndolo dentro del SISFE, conforme as\u00ed se fue habilitando a medida que han sido digitalizados desde el a\u00f1o 2019 a la fecha. III. Que por lo expuesto se entiende conveniente proponer al M\u00e1ximo Tribunal que los Defensores Zonales de este Poder Judicial, que actualmente utilizan la Autoconsulta, realicen las presentaciones jurisdiccionales que dan inicio a una causa a trav\u00e9s de dicha plataforma, de la misma manera que lo hacen los profesionales matriculados. Para tal cometido, ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n en el caso las pautas oportunamente aprobadas por la Corte Suprema de Justicia en su Acuerdo de fecha 10.6.2020, Acta 16, punto 1. Adem\u00e1s, y en tanto dichos Funcionarios cuentan con certificados digitales expedidos por este Poder Judicial en su condici\u00f3n de autoridad de registro de la Oficina Nacional de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n, se considera de utilidad que las demandas y\/o escritos sean firmados digitalmente, dotando as\u00ed de est\u00e1ndares de seguridad en lo que hace a autor\u00eda e integridad del documento. A tales fines, se realizar\u00e1n las actividades de capacitaci\u00f3n y asistencia a los usuarios que sean necesarias, con el prop\u00f3sito de hacer conducente lo aqu\u00ed sugerido. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los art\u00edculos 92 de la Constituci\u00f3n Provincial, 19 y 22 de la Ley N\u00b0 10160 (t.o. seg\u00fan Decreto N\u00b0 46\/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.1999, Acta N\u00b0 41, Punto \u00danico, la Secretar\u00eda de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, <u>RESUELVE<\/u>: 1) Proponer a la Corte Suprema de Justicia que los Defensores Zonales del Poder Judicial que actualmente son parte de la Autoconsulta Online, realicen las presentaciones de sus demandas a trav\u00e9s de la funcionalidad que a tales fines cuenta dicha plataforma. 2) Hacer saber a los Defensores Zonales que ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n en el caso las modalidades y pautas de funcionamiento oportunamente aprobadas por la Corte Suprema de Justicia en Acuerdo del 10.6.2020, Acta 16, punto 1. 3) Tener presente la conveniencia de que los escritos de las demandas sean suscriptos por los Defensores Zonales con sus propias firmas digitales. 4) Dar intervenci\u00f3n a la Secretar\u00eda de Inform\u00e1tica y al \u00c1rea de Auditor\u00eda de Gesti\u00f3n a los fines de proceder a realizar las actividades t\u00e9cnicas y de capacitaci\u00f3n necesarias. 5) Reg\u00edstrese, res\u00e9rvese copia y d\u00e9se cuenta a la Corte Suprema de Justicia. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORM\u00c1TICA). O\u00eddo lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el se\u00f1or Procurador General, <u>SE RESUELVE<\/u>: 1. Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretar\u00eda de Gobierno del Cuerpo. 2. Habilitar a partir del 13.10.2020, la presentaci\u00f3n de demandas de las Defensor\u00edas Zonales a trav\u00e9s de la plataforma de Autoconsulta Online. 3. Librar las comunicaciones correspondientes. FDO. GUTI\u00c9RREZ. ERBETTA. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).\u201d&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;<br \/>\nSin otro particular, saludo a Ud. atentamente.<br \/>\nFdo:Dr. Eduardo Bordas<br \/>\n(Secretario de Gobierno)&#8221;<\/p>\n<p><a title=\"Ver archivo\" href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/6713-1.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">CIRC-168-2020 &#8211; REGLAMENTO INICIO DEMANDA EN ORGANOS SIN MEU<\/a><br \/>\n<a title=\"Ver archivo\" href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/6714-1.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">CIRC-168-2020-REGLAMENTO MEUE<\/a>\n<\/div>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"circulares\" data-cat=\"anio-2020\" data-modified=\"120\" data-title=\"Circular Nro. 168\/2020:&#8221;Presentaci\u00f3n de demandas de las Defensor\u00edas Zonales del Poder Judicial a trav\u00e9s de la autoconsulta online&#8221;\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Circular Nro. 168\/20 Santa Fe, 7 de octubre de 2020. Se\u00f1or Titular del \u00d3rgano Jurisdiccional S \/ D \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci\u00f3n a todos los integrantes de ese \u00f3rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el d\u00eda fecha 6.10.2020, Acta N\u00b0 34, la Excma. 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