 {"id":20737,"date":"2020-03-19T00:00:00","date_gmt":"2022-09-05T19:03:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6288\/"},"modified":"2022-09-15T12:20:24","modified_gmt":"2022-09-15T15:20:24","slug":"6288","status":"publish","type":"circulares","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6288\/","title":{"rendered":"Circular Nro. 33\/20: &#8220;Receso adminsitrativo-Situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica mundial generada a ra\u00edz de la enfermedad COVID-19 (coronavirus)&#8221;"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-circulares pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20737?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png?357112440\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20737?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png?1674575983\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><p><strong>&#8220;Circular Nro. 33\/20.-<\/strong><\/p>\n<p>Santa Fe, 19 de marzo de 2020.-<\/p>\n<p>Se\u00f1or<br \/>\nTitular del \u00d3rgano Jurisdiccional<br \/>\n<u>S \/ D<\/u><\/p>\n<p>Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci\u00f3n a todos los integrantes de ese \u00f3rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Extraordinario celebrado el d\u00eda 19.3.2020, Acta N\u00b0 10, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adopt\u00f3 la siguiente resoluci\u00f3n:<\/p>\n<div style=\"text-align: justify;\"><u>SITUACI\u00d3N EPIDEMIOL\u00d3GICA MUNDIAL GENERADA A RA\u00cdZ DE LA ENFERMEDAD COVID-19 (CORONAVIRUS)<\/u>. <u>VISTAS<\/u>: Las actuaciones caratuladas \u201cSecretar\u00eda de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S\/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)\u201d CUIJ N\u00b0 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Naci\u00f3n N\u00b0 260 de fecha 12.3.2020; y, <u>CONSIDERANDO<\/u>: Que en procura de atender debidamente la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica mundial de p\u00fablico conocimiento generada en relaci\u00f3n al COVID-19 (coronavirus), la que provocara la declaraci\u00f3n de Pandemia por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud, desde esta Corte Suprema de Justicia, conforme surge de las mencionadas actuaciones, se vienen llevando a cabo diversas medidas de prevenci\u00f3n las que -entre otras- oportunamente fueran comunicadas mediante circulares N\u00b0 17\/20; 23\/20 y 28\/20 de fechas 28.2.2020; 11.3.2020 y 16.3.2020 respectivamente. Asimismo se adoptaron las decisiones a que refiere el Acta N\u00b08, Punto \u00danico de fecha 16.3.2020 y las resoluciones de presidencia de fecha 17.3.2020 y 18.3.2020, las que fueron dispuestas con el acuerdo y consenso de los restantes integrantes del Cuerpo. Que, en el referido contexto el Poder Ejecutivo Nacional por Decreto de necesidad y urgencia N\u00b0260 de fecha 12.3.2020 dispuso el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, al que adhiri\u00f3 este Cuerpo por Acta Acuerdo antes referida el 16.3.2020. Que siendo as\u00ed, en el actual estado de situaci\u00f3n, y teniendo en cuenta las sucesivas decisiones que se siguen adoptando por parte de las autoridades competentes del Gobierno Nacional y de nuestra Provincia de Santa Fe, esta Corte Suprema de Justicia, luego de un intercambio de opiniones y o\u00eddo el se\u00f1or Procurador General, <u>RESUELVE<\/u>: I. Disponer receso administrativo en todo el \u00e1mbito del Poder Judicial de la Provincia desde el d\u00eda de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2020, hecho que se puede modificar si las circunstancias sanitarias as\u00ed lo aconsejaren. II. Instruir a la Secretar\u00eda de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia para que, por los medios conducentes al efecto, instrumente un esquema de guardias m\u00ednimas para el per\u00edodo de receso dispuesto, a fin de garantizar la debida prestaci\u00f3n del servicio de justicia. III. Establecer que durante el citado per\u00edodo, la prestaci\u00f3n m\u00ednima del servicio de justicia se limitar\u00e1 a la atenci\u00f3n de los asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergaci\u00f3n, fij\u00e1ndose para los d\u00edas Lunes a Viernes, ambos inclusive, el horario de atenci\u00f3n de 8 a 12hs. Se excepcionan para este supuesto los d\u00edas feriados. IV. Disponer que el resto de los Magistrados, Funcionarios y agentes de la planta de personal que no quede incluida en el sistema de guardias se\u00f1alado, estar\u00e1 a disposici\u00f3n del titular del \u00f3rgano en funciones, para prestar la colaboraci\u00f3n necesaria en el momento y por los medios que se le requiera. V. Establecer que los Magistrados, Funcionarios y empleados que deban prestar servicio en raz\u00f3n de lo estipulado en el punto II, ser\u00e1n aquellos que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo descriptos en el Acta Acuerdo N\u00b08, Punto \u00danico de fecha 16 de marzo de 2020; y la resoluci\u00f3n de fecha 17 de marzo de 2020 dictada por la Presidencia de este Alto Cuerpo. VI. Hacer saber que los integrantes de este Poder Judicial que no est\u00e9n comprendidos en los grupos de riesgo referenciados en el punto anterior, podr\u00e1n ser requeridos para desarrollar tareas conforme le sean solicitadas por sus superiores, siguiendo estrictamente las recomendaciones sanitarias emitidas por los organismos de salud. La no prestaci\u00f3n del servicio en las condiciones y por los medios indicados, har\u00e1 pasible de responsabilidad a los Magistrados, Funcionarios y agentes comprendidos. VII. Establecer que la funci\u00f3n de certificaciones se prestar\u00e1 en los Juzgados que se desempe\u00f1en en las referidas guardias m\u00ednimas, dentro del \u00e1mbito de limitaciones y excepcionalidades establecidas por la Presidencia de este Alto Cuerpo, previa consulta y consenso de los dem\u00e1s integrantes del mismo en la resoluci\u00f3n de fecha 17 de marzo de 2020, Punto 3). VIII. Recomendar en\u00e9rgicamente a profesionales y p\u00fablico en general, la importancia de reducir la concurrencia y permanencia de personas en el \u00e1mbito de estos Tribunales. Se recuerda a tales efectos, la factibilidad de gestionar el tr\u00e1mite o informaci\u00f3n requerida por v\u00eda telef\u00f3nica o electr\u00f3nica; en el caso de contar con la autorizaci\u00f3n pertinente. IX. Disponer que se extremen los recaudos a fin de profundizar la limpieza y desinfecci\u00f3n de los espacios f\u00edsicos ocupados, durante el per\u00edodo de emergencia sanitaria. X. Poner de manifiesto que las decisiones aqu\u00ed adoptadas, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, se enmarcan en la continua b\u00fasqueda de la primordial preservaci\u00f3n de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y p\u00fablico en general, y de la m\u00e1s adecuada prestaci\u00f3n posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisi\u00f3n si las circunstancias sanitarias as\u00ed lo aconsejaren. XI. Hacer saber lo aqu\u00ed dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a trav\u00e9s de las Honorables C\u00e1maras de Senadores y Diputados, al Ministerio P\u00fablico de la Acusaci\u00f3n, al Servicio P\u00fablico Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. XII.- Brindar la m\u00e1s amplia difusi\u00f3n del presente decisorio a trav\u00e9s de los medios correspondientes. FDO. GUTI\u00c9RREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).-<\/div>\n<p>Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.<\/p>\n<p>Fdo. Dr. Eduardo Bordas<br \/>\n(Secretario de Gobierno)&#8221;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"circulares\" data-cat=\"anio-2020\" data-modified=\"120\" data-title=\"Circular Nro. 33\/20: &#8220;Receso adminsitrativo-Situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica mundial generada a ra\u00edz de la enfermedad COVID-19 (coronavirus)&#8221;\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&#8220;Circular Nro. 33\/20.- Santa Fe, 19 de marzo de 2020.- Se\u00f1or Titular del \u00d3rgano Jurisdiccional S \/ D Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci\u00f3n a todos los integrantes de ese \u00f3rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Extraordinario celebrado el d\u00eda 19.3.2020, Acta N\u00b0 10, la Excma. 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