 {"id":20780,"date":"2019-12-04T00:00:00","date_gmt":"2022-09-05T19:04:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6204\/"},"modified":"2022-09-05T16:04:03","modified_gmt":"2022-09-05T19:04:03","slug":"6204","status":"publish","type":"circulares","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6204\/","title":{"rendered":"Circular nro. 152. Modificaci\u00f3n del Reglamento de material a los archivos generales."},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-circulares pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20780?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png?357112440\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20780?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png?1674575983\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><p>\n<u><strong>Circular Nro. 152\/19.-<\/strong><\/u><\/p>\n<p>Santa Fe, 04 de diciembre de 2019.-<\/p>\n<p>Se&ntilde;or<br \/>\nTitular del &Oacute;rgano Jurisdiccional<br \/>\n<u>S \/ D<\/u><\/p>\n<p>Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci&oacute;n a todos los integrantes de ese &oacute;rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el d&iacute;a 03.12.2019, Acta Nro. 53, punto 11, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adopt&oacute; la siguiente resoluci&oacute;n:<\/p>\n<p><u>REGLAMENTO DE REMISI&Oacute;N DE MATERIAL A LOS ARCHIVOS GENERALES; DESTRUCCI&Oacute;N DE MATERIAL INUTILIZABLE; INDIZACI&Oacute;N DE PROTOCOLOS S\/SU MODIFICACI&Oacute;N<\/u>. El se&ntilde;or Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 2 de diciembre del corriente a&ntilde;o, dict&oacute; la siguiente resoluci&oacute;n: &quot;&#8230; <u>VISTAS<\/u>: Las necesidades del servicio judiciario; y, <u>CONSIDERANDO<\/u>: Que desde hace un largo tiempo, la Corte Suprema de Justicia ha encarado un ambicioso Proyecto de Modernizaci&oacute;n e Informatizaci&oacute;n Integral, el cual le ha brindado fruct&iacute;feros resultados en la gesti&oacute;n de sus pol&iacute;ticas de gobierno. Que, de esta manera, se han perfilado cambios sustanciales en la manera de desandar los procesos, espec&iacute;ficamente en lo que hace a la documentaci&oacute;n de los mismos y su consecuente resguardo inform&aacute;tico. En similar sentido, se ha plasmado un importante cambio en el diligenciamiento de las comunicaciones, donde la inclusi&oacute;n de las tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n, ha sido un elemento disruptivo a la hora de brindar mayor celeridad y agilidad en el tr&aacute;fico de la misma, permitiendo reducir notablemente los otrora prolongados procesos notificatorios y de requerimiento de datos. Que, cabe en la oportunidad traer a consideraci&oacute;n ejemplos concretos que demuestran en los hechos la materializaci&oacute;n de estos cambios. As&iacute;, mediante el Sistema de Gesti&oacute;n Judicial instalado en los &oacute;rganos jurisdiccionales del fuero civil y comercial; laboral; familia; extracontractual; y circuito de la Provincia; los profesionales, partes interesadas y operadores del servicio judiciario, cuentan con la posibilidad de visualizar todos los escritos que se presentan en cada dependencia judicial, los cuales son digitalizados a trav&eacute;s modernos esc&aacute;neres instalados en todos los organismos. Esta herramienta, brinda informaci&oacute;n actualizada no s&oacute;lo del estado, ubicaci&oacute;n y descripci&oacute;n del tr&aacute;mite de los expedientes, sino tambi&eacute;n de todos los escritos presentados por los profesionales y la incorporaci&oacute;n de los textos de todas las actuaciones generadas por el &oacute;rgano jurisdiccional (decretos, resoluciones, sentencias) a trav&eacute;s del Sistema de Autoconsulta. De esta manera, la consulta y tramitaci&oacute;n de expedientes, responde en la actualidad a una din&aacute;mica de trabajo diferente, donde el seguimiento del tr&aacute;mite a distancia, mediante servidores web, se ha convertido en la actual l&oacute;gica de trabajo, dando pie a nuevos desaf&iacute;os y proyectos de mejora. En similar orden de ideas, el Alto Cuerpo suscribi&oacute; el pasado 29 de noviembre de 2017, un convenio de asistencia y cooperaci&oacute;n t&eacute;cnica con el Ministerio de Justicia de la Naci&oacute;n y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, mediante el cual plasm&oacute; en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito, Circuito y Responsabilidad Extracontractual de las sedes judiciales de Santa Fe y Rosario, el &ldquo;Proyecto de Implementaci&oacute;n de la Oralidad Efectiva en los procesos de conocimiento civiles y comerciales de la provincia de Santa Fe&rdquo;. Dicha metodolog&iacute;a de trabajo, am&eacute;n de reformular el iter procesal vigente, incorpor&oacute; la video grabaci&oacute;n de audiencias en los procesos civiles, coadyuvando al mejor desempe&ntilde;o del debate, como as&iacute; tambi&eacute;n a la inmediaci&oacute;n del Juez en el acto. Asimismo, la mayor celeridad en los agendamientos de audiencias, se vio acompa&ntilde;ada por un menor &iacute;ndice de documentaci&oacute;n de actos, dado que el actual sistema permite tanto a Magistrados como a partes contar con copias de las videograbaciones, a los fines de continuar con el normal decurso del proceso sin necesidad de recurrir al registro probatorio en formato papel. En sinton&iacute;a con lo expresado, no cabe soslayar el sistema de notificaciones electr&oacute;nicas con firma digital, que se ha venido implementando en el &aacute;mbito de la segunda instancia del fuero laboral de la Provincia. A trav&eacute;s de dicha operatoria, todas las c&eacute;dulas atinentes a decretos, autos y resoluciones que dictan las C&aacute;maras de Apelaci&oacute;n con competencia Laboral, se materializar&aacute;n a trav&eacute;s del sistema de gesti&oacute;n Sisfe, notificando a los profesionales intervinientes en la causa de conformidad a lo estipulado por el nuevo C&oacute;digo Procesal Laboral, y alertando al mismo de la existencia del acto notificatorio mediante un correo de cortes&iacute;a dirigido al mail particular del abogado o auxiliar de justicia que, previamente, haya denunciado en el expediente. Por &uacute;ltimo, y lejos de considerar este derrotero como un an&aacute;lisis exhaustivo de los distintos avances logrados en el &uacute;ltimo tiempo, es importante se&ntilde;alar la nueva operatoria implementada junto con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., a trav&eacute;s de la cual se ha reemplazado el antiguo cheque judicial, por un moderno sistema de pagos web. El mismo, consiste en una orden emitida desde el Juzgado a la entidad bancaria, mediante el cual la misma transfiere los fondos disponibles a la cuenta que previamente indica el beneficiario, con los descuentos de ley respectivos, detra&iacute;dos por el agente de retenci&oacute;n provincial. El nuevo sistema, est&aacute; siendo replicado en toda la provincia, previ&eacute;ndose su implementaci&oacute;n final para el mes de diciembre del a&ntilde;o en curso; oportunidad en la cual, todas las &oacute;rdenes de pago se cursar&aacute;n a trav&eacute;s del sistema inform&aacute;tico, dej&aacute;ndose de materializar las mismas en formato papel de manera definitiva. Que, en resumidas cuentas, todo lo hasta aqu&iacute; expuesto ha permitido al Alto Cuerpo, como cabeza de este Poder Judicial, redise&ntilde;ar pol&iacute;ticas de gobierno y gesti&oacute;n a trav&eacute;s de una gobernanza de datos m&aacute;s compleja, integrada y estrat&eacute;gica. Dichas medidas, han impactado de manera notable en las variables de celeridad y calidad en el servicio de justicia, como as&iacute; tambi&eacute;n en el modo de articular los procesos, su documentaci&oacute;n y archivo. Es en este entendimiento, que se considera oportuno efectuar una revisi&oacute;n integral del &ldquo;Reglamento de Remisi&oacute;n de Material a los Archivos Generales. Destrucci&oacute;n de Material Inutilizable. Indizaci&oacute;n de Protocolos&rdquo;. Esto es as&iacute;, dado que en el mismo, se registran extensos plazos de conservaci&oacute;n de documentos y libros, tanto en los Juzgados como en el Archivo General de Tribunales, que en la actualidad no ameritan su continuidad. Que dicho razonamiento, decanta como corolario l&oacute;gico de todas las tareas de reestructuraci&oacute;n y redise&ntilde;o que se han venido plasmando, algunas de las cuales se describieran en el presente resolutorio, y que nos permiten en la actualidad contar con registros de respaldo inform&aacute;ticos seguros y eficientes, en servidores propios de este Poder Judicial, tanto para el &aacute;mbito jurisdiccional como administrativo. Por consiguiente, se estima pertinente proponer a la Corte Suprema de Justicia, la aprobaci&oacute;n de un &ldquo;Nuevo Reglamento de Remisi&oacute;n de Material a los Archivos Generales. Destrucci&oacute;n de Material Inutilizable. Indizaci&oacute;n de Protocolos&rdquo;. Que siendo as&iacute;, se adjunta a la presente y como parte integrante de esta resoluci&oacute;n el referido reglamento, en el entendimiento que la reducci&oacute;n de plazos all&iacute; propuesto conllevar&aacute; a una deseable despapelizaci&oacute;n de Juzgados y Tribunales, como as&iacute; tambi&eacute;n de los Archivos Generales de Tribunales. Que, estos efectos, permitir&aacute;n una mejora sostenida en el tratamiento y manejo de la informaci&oacute;n, reduciendo los vol&uacute;menes de expedientes f&iacute;sicos y documentales en formato papel, y generando un terreno propicio para la transici&oacute;n hacia una justicia completamente digitalizada. Ahora bien, en otro orden de ideas, y en consonancia con lo hasta aqu&iacute; expuesto, deviene ahora conducente referirse al Nuevo Sistema Penal y el mecanismo a implementarse para el archivo de causas obrante en las Oficinas de Gesti&oacute;n Judicial. Que, en este sentido, cabe memorar que en fecha 16.10.2018 se remitieron a las referidas Oficinas los expedientes del Sistema de Conclusi&oacute;n de causas que se encontraban en la etapa del plenario y de ejecuci&oacute;n de sentencia, todo ello conforme lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia mediante Acta N&deg;35 p.10 de fecha 25.9.18. Que a un a&ntilde;o ya del mencionado traspaso, y en raz&oacute;n de las tareas que se vienen desarrollando, a la fecha, ya existen causas en condiciones de ser remitidas a los Archivos Generales de Tribunales. Que las Oficinas de Gesti&oacute;n Judicial tienen como herramienta de trabajo el Sistema Inform&aacute;tico de Apoyo a la Gesti&oacute;n Penal, que viene siendo desarrollado e implementado por el Poder Ejecutivo Provincial, el cual no cuenta con un m&oacute;dulo de archivo de carpetas judiciales. Que en m&eacute;rito a ello, se advierte necesario arbitrar los mecanismos conducentes para que dichos expedientes sean remitidos a los Archivos Generales de los Tribunales Provinciales, e incorporarlos al sistema inform&aacute;tico con el que cuentan dichas dependencias. Que teniendo en cuenta lo expuesto y atento a lo establecido en los art&iacute;culos 92 de la Constituci&oacute;n Provincial, 19 y 22 de la Ley N&ordm;10160 (t.o. seg&uacute;n Decreto N&ordm;0046\/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N&ordm; 41, Punto &Uacute;nico, la Secretar&iacute;a de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, <u>RESUELVE<\/u>: I. Proponer la aprobaci&oacute;n del nuevo Reglamento de Remisi&oacute;n de Material a los Archivos Generales; Destrucci&oacute;n de Material Inutilizable; Indizaci&oacute;n de Protocolos, que se adjunta a la presente. II. Encomendar a la Secretar&iacute;a de Inform&aacute;tica, para que en coordinaci&oacute;n con el Archivo General de los Tribunales de la Provincia y el &aacute;rea de Auditor&iacute;a de Gesti&oacute;n Penal de esta Secretar&iacute;a de Gobierno, realicen las tareas que sean menester a los fines de ingresar en los Archivos, los expedientes que pertenecieron al viejo sistema penal y que actualmente tramitan por ante las Oficinas de Gesti&oacute;n Judicial. III. Comunicar lo aqu&iacute; resuelto a los Archivos Generales de Tribunales, record&aacute;ndoles que deber&aacute;n dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los art&iacute;culos 268 y ss. de la Ley Org&aacute;nica de Tribunales, referentes a la destrucci&oacute;n de expedientes que excedan los plazos legales all&iacute; contemplados. IV. Librar las comunicaciones pertinentes. Reg&iacute;strese, h&aacute;gase saber y d&eacute;se cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO).&quot; O&iacute;do lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el se&ntilde;or Procurador General, <u>SE RESUELVE<\/u>: Hacer lugar a la propuesta formulada y aprobar la modificaci&oacute;n al Reglamento de Remisi&oacute;n de Material a los Archivos Generales; Destrucci&oacute;n de Material Inutilizable; Indizaci&oacute;n de Protocolos, el que se agrega al final de la presente y como parte integrante del acta. Fdo: GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTI&Eacute;RREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).<\/p>\n<p>Saludo a Ud. atentamente.<\/p>\n<p>Dr, Eduardo Bordas<br \/>\nSecretario de Gobierno&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <em><strong>Ver reglamento:&nbsp; <\/strong><\/em><a href=\"http:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/ckfinder\/userfiles\/files\/legislacion-y-jurisprudencia\/legislacion\/circulares\/6182.odt\" target=\"_blank\" title=\"Ver archivo\"> CIR-152-19 &#8211; REGLAMENTO<\/a><\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"circulares\" data-cat=\"anio-2019\" data-modified=\"120\" data-title=\"Circular nro. 152. 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