 {"id":20844,"date":"2019-06-26T00:00:00","date_gmt":"2022-09-05T19:04:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6025\/"},"modified":"2022-09-05T16:04:15","modified_gmt":"2022-09-05T19:04:15","slug":"6025","status":"publish","type":"circulares","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/6025\/","title":{"rendered":"Circular nro. 84.  Nueva aplicaci\u00f3n m\u00f3vil para la consulta de expedientes del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-circulares pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20844?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/20844?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><p>\n<u>Circular Nro.<\/u><u> 84\/2019<\/u>.-<\/p>\n<p>Santa Fe, 26 de junio de 2019.-<\/p>\n<p>Se&ntilde;or<br \/>\nTitular del &Oacute;rgano Jurisdiccional<br \/>\n<u>S \/ D<\/u><\/p>\n<p>Se dirige la presente a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci&oacute;n a todos los integrantes de ese &oacute;rgano jurisdiccional, que la Corte Suprema de Justicia mediante Acuerdo Ordinario del 11.6.2019, Acta N&deg; 22 punto 31, ha dispuesto la habilitaci&oacute;n de la aplicaci&oacute;n m&oacute;vil para la consulta de expedientes del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.<\/p>\n<p>El nuevo servicio &ldquo;SISFE &ndash; Autoconsulta de expedientes&rdquo; que se pone a disposici&oacute;n de los profesionales y partes de un proceso judicial, estar&aacute; disponible a partir del 1 de julio de 2019 a modo de experiencia inicial y por el lapso de seis meses. En una primera etapa funcionar&aacute; para los dispositivos m&oacute;viles que cuentan con sistema operativo Android y la descarga de la aplicaci&oacute;n se realizar&aacute; desde la respectiva tienda de aplicaciones.<br \/>\nA mayor abundamiento se transcribe la parte pertinente del Acuerdo citado: <u>NUEVA APLICACI&Oacute;N M&Oacute;VIL PARA LA CONSULTA DE EXPEDIENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE<\/u>. El se&ntilde;or Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 10 de junio del corriente a&ntilde;o, dict&oacute; la siguiente resoluci&oacute;n: &quot;&#8230; <u>VISTAS<\/u>: Las actuaciones caratuladas &ldquo;NUEVA APLICACI&Oacute;N M&Oacute;VIL PARA LA CONSULTA DE EXPEDIENTES DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE&rdquo; (CUIJ N&deg; 21-17609323-1); y, <u>CONSIDERANDO<\/u>: I) Que en el marco del Proyecto de Modernizaci&oacute;n y Transformaci&oacute;n Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, se han venido incorporando nuevas tecnolog&iacute;as de manera gradual y paulatinamente, en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y pr&aacute;cticas de estos tiempos. Que como un importante eslab&oacute;n en la relaci&oacute;n con los auxiliares de la Justicia y la ciudadan&iacute;a, desde el a&ntilde;o 2000 se encuentra en funcionamiento el sistema de Autoconsulta de Expedientes del Poder Judicial, al cual se accede desde la p&aacute;gina web oficial <a href=\"http:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/\">www.justiciasantafe.gov.ar<\/a>. Este mecanismo de consulta viene posibilitando que los profesionales y partes de un proceso judicial puedan acceder a trav&eacute;s de internet, a informaci&oacute;n actualizada de las causas judiciales de los Fueros donde se encuentra habilitado. Esto es, los &oacute;rganos jurisdiccionales de Primera y Segunda Instancia de la Provincia, incluida la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica de la Corte Suprema, en las materias civil y comercial, laboral, familia, extracontractual, circuito y contencioso administrativo; que totalizan m&aacute;s de 160 organismos situados en toda la geograf&iacute;a de la Provincia y vinculados a trav&eacute;s de una &uacute;nica red de comunicaci&oacute;n. Que asimismo, cabe tener en cuenta que el referido Sistema de Autoconsulta ha venido evolucionando merced a las tecnolog&iacute;as de la informaci&oacute;n y comunicaciones -TIC-. Ello as&iacute;, en funci&oacute;n del reemplazo del anterior sistema inform&aacute;tico con el cual desarrollaban sus tareas los Juzgados y Tribunales, por el nuevo sistema de gesti&oacute;n SISFE. Esta herramienta, entre otras funcionalidades, viene permitiendo la digitalizaci&oacute;n de todos los escritos que se presentan en la dependencia judicial, como as&iacute; tambi&eacute;n la generaci&oacute;n de los decretos y resoluciones del organismo dentro del mismo sistema. De esta manera, a trav&eacute;s de internet, se ha ampliado la informaci&oacute;n disponible para consulta, ya que adem&aacute;s del estado, ubicaci&oacute;n y descripci&oacute;n del tr&aacute;mite de los expedientes, se pueden tambi&eacute;n visualizar todas las actuaciones judiciales con su correspondiente texto asociado. Las aproximadamente 16.000 consultas diarias y 3.400.000 anuales, ilustran y acreditan el nivel de receptividad que por parte de los auxiliares de justicia -abogados, procuradores, contadores, martilleros- y justiciables en general, se advierte de la herramienta referida. II) Que a fin de continuar con experiencias superadoras, desde este Poder Judicial se ha avanzado en el desarrollo de un nuevo producto para la consulta de expedientes, en virtud de la propia evoluci&oacute;n de las TIC y las plataformas m&oacute;viles. Siendo as&iacute;, es que se propone sumar a la actual Autoconsulta -desarrollada para que su acceso se realice principalmente a trav&eacute;s de las PC de escritorio-, un nuevo servicio basado en la plataforma denominada &ldquo;Mobile&rdquo;. La aplicaci&oacute;n que se pone a disposici&oacute;n ha de permitir consultar en tiempo real los mismos expedientes publicados por el Poder Judicial en Autoconsulta, contando con una serie de beneficios personalizados, tales como acceder m&aacute;s r&aacute;pidamente a los expedientes y actuaciones de mayor inter&eacute;s y recibir novedades sobre las causas en seguimiento cuando existan actualizaciones. En m&eacute;rito a ello, la aplicaci&oacute;n &ldquo;SISFE &#8211; Autoconsulta de expedientes&rdquo; permitir&aacute; a los profesionales matriculados y a las partes, en su caso, consultar los expedientes en los que se encuentren vinculados o tengan inter&eacute;s, de la misma manera como lo vienen haciendo a trav&eacute;s de la p&aacute;gina oficial de este Poder Judicial, es decir, con la clave y contrase&ntilde;a otorgada por el Colegio profesional, o por la clave asociada a la causa, respectivamente. Es de tener en cuenta, adem&aacute;s, que aplicaciones como la presente son utilizadas mediante dispositivos m&oacute;viles principalmente t&aacute;ctiles, como los celulares inteligentes y tabletas electr&oacute;nicas, cuyos caracteres distintivos que hacen a su portabilidad y movilidad han redundado en beneficio y uso extendido de la comunidad toda. III) En m&eacute;rito a lo expuesto, y teniendo en cuenta que este producto resulta novedoso en el sector Justicia de nuestro pa&iacute;s, se entiende oportuno proponer a la Corte Suprema de Justicia la habilitaci&oacute;n de la aplicaci&oacute;n &ldquo;SISFE &#8211; Autoconsulta de expedientes&rdquo;, como experiencia inicial, en una primera etapa durante seis meses. Siendo as&iacute;, por las caracter&iacute;sticas innovadoras de esta tecnolog&iacute;a aplicada al &aacute;mbito de la administraci&oacute;n de justicia, se advierte conveniente que en esta fase, la aplicaci&oacute;n sea puesta en funcionamiento en los dispositivos m&oacute;viles que cuentan con sistema operativo Android. Para ello, su descarga se realizar&aacute; desde la plataforma de distribuci&oacute;n digital de aplicaciones m&oacute;viles compatibles con dicho sistema operativo y bajo las condiciones que establece la misma. Asimismo, y de acuerdo al seguimiento y avance de esta primera etapa, se contar&aacute;n con elementos y herramientas de an&aacute;lisis que permitir&aacute;n evaluar la continuidad del servicio y su ampliaci&oacute;n a los dispositivos que utilizan el sistema operativo iOS; en todos los casos bajo los t&eacute;rminos y condiciones que establecen las respectivas plataformas de distribuci&oacute;n. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los art&iacute;culos 92 de la Constituci&oacute;n Provincial, 19 y 22 de la Ley N&deg;10160 (t.o. seg&uacute;n Decreto N&deg; 46\/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N&deg; 41, Punto &Uacute;nico, la Secretar&iacute;a de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, <u>SE <\/u><u>RESUELVE<\/u>: 1) Proponer al Alto Cuerpo la habilitaci&oacute;n de la plataforma tecnol&oacute;gica m&oacute;vil &ldquo;SISFE &#8211; Autoconsulta de expedientes&rdquo; del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, a partir del 01 de julio de 2019, a modo de experiencia inicial y por el lapso de seis meses, con los alcances y modalidades que se mencionan en los Considerandos que anteceden. 2) Hacer saber la presente a los Colegios Profesionales, a trav&eacute;s de las comunicaciones respectivas; y librar Circular a sus efectos. 3) Delegar en la Secretar&iacute;a de Inform&aacute;tica y en el &Aacute;rea de Auditor&iacute;a de Gesti&oacute;n, las tareas necesarias para la efectiva ejecuci&oacute;n de lo aqu&iacute; dispuesto. 4) Dar la m&aacute;s amplia difusi&oacute;n y publicaci&oacute;n de lo aqu&iacute; propuesto. 5) Reg&iacute;strese, res&eacute;rvese copia y d&eacute;se cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORM&Aacute;TICA).&quot; O&iacute;do lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el se&ntilde;or Procurador General, <u>SE RESUELVE<\/u>: Hacer lugar a la propuesta formulada, ratificando lo actuado por la Secretar&iacute;a de Gobierno del Cuerpo. FDO. GASTALDI. ERBETTA. FALISTOCCO. GUTI&Eacute;RREZ. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO). &#8212;&#8212;<\/p>\n<p>Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.<\/p>\n<p>\nDr. Eduardo Bordas<br \/>\nSecretario de Gobierno<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"circulares\" data-cat=\"anio-2019\" data-modified=\"120\" data-title=\"Circular nro. 84.  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