 {"id":21974,"date":"2022-09-05T16:34:08","date_gmt":"2022-09-05T19:15:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/863\/"},"modified":"2022-09-05T16:15:27","modified_gmt":"2022-09-05T19:15:27","slug":"863","status":"publish","type":"circulares","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/863\/","title":{"rendered":"Circular nro. 84.   Red WiFi  en los Edificios de Santa Fe y Rosario"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-circulares pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/21974?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/21974?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><div class=\"attribute-body\">\n<p>&quot;Circular Nro. 84 \/2014.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Santa Fe,31 de octubre de 2014.-<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Se\u00f1or <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Titular del \u00d3rgano Jurisdiccional<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>S \/ D <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> Se dirige a Ud. la presente a fin de comunicarle que conforme lo dispuesto por Acuerdo de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 6.10.2014, Acta 43, punto 9, a partir del lunes 3 de noviembre de 2014 se encontrar\u00e1 habilitado el servicio de conectividad a internet inal\u00e1mbrica -Wi Fi- en los Edificios de los Tribunales de Santa Fe (San Jer\u00f3nimo 1551), y de los Tribunales de Rosario (Balcarce 1651).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> El citado avance inform\u00e1tico y tecnol\u00f3gico, se produce en el marco del Proyecto de Modernizaci\u00f3n y Transformaci\u00f3n Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y pr\u00e1cticas de estos tiempos, incorporando paulatinamente nuevas tecnolog\u00edas. <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> Se adjunta para su conocimiento y debida notificaci\u00f3n, la mencionada resoluci\u00f3n y el reglamento de uso correspondiente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> Sin otro particular, saluda atentamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> Fdo. Dr. Eduardo Bordas<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> Secretario de Gobierno&quot; <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>\n <br \/>&quot;CERTIFICO: Que en el Acuerdo Ordinario celebrado en el d\u00eda de la fecha, Acta Nro. 43, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adopt\u00f3 la siguiente resoluci\u00f3n: RESOLUCI\u00d3N DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REF. APROBACI\u00d3N Y REGULACI\u00d3N DEL USO DE LA RED WI FI DEL PODER JUDICIAL.- El se\u00f1or Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 1 de octubre del corriente a\u00f1o, dict\u00f3 la siguiente resoluci\u00f3n: &#8220;&#8230; VISTOS: Los autos caratulados &#8220;Secretar\u00eda de Inform\u00e1tica del Poder Judicial s\/ instalaci\u00f3n de un sistema de conectividad inal\u00e1mbrica a internet en los Tribunales de Santa Fe y Rosario&#8221; (Expte. CSJ N? 954\/2013; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Proyecto de Modernizaci\u00f3n y Transformaci\u00f3n Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, y en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y pr\u00e1cticas de estos tiempos, incorporando paulatinamente nuevas tecnolog\u00edas, esta Secretar\u00eda por Resoluci\u00f3n N? 1197 del 23.7.2013 dispuso que con intervenci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Inform\u00e1tica se arbitre lo conducente a fin de proveer un sistema de conectividad a internet inal\u00e1mbrica en las sedes de los Tribunales de Santa Fe y Rosario, con los elementos necesarios, instalada y en funcionamiento. Que, como ya se se\u00f1alara en otras oportunidades, este Poder Judicial cuenta con equipamiento y sistemas inform\u00e1ticos tanto del \u00e1rea de gesti\u00f3n como documental y aplicativos que son utilizados en las distintas dependencias judiciales. A su vez, en forma ininterrumpida se ha venido adquiriendo e instalando computadoras, servidores, redes de comunicaciones de datos y sistemas inform\u00e1ticos para los distintos \u00f3rganos en toda la Provincia. Que los resultados obtenidos en lo referente al uso de estos recursos inform\u00e1ticos, demuestran que los mismos facilitan el accionar de los propios integrantes de este Poder Judicial, de quienes act\u00faan profesionalmente a diario en este \u00e1mbito -Abogados, Procuradores, Contadores, Martilleros, Peritos, y dem\u00e1s profesionales-, y de los justiciables en general, destinatarios finales del servicio judiciario. En ese sentido, teniendo en cuenta los avances tecnol\u00f3gicos en materia de comunicaciones y los recursos inform\u00e1ticos con que cuenta este Poder Judicial, y en virtud de lo actuado por la Secretar\u00eda de Inform\u00e1tica conforme lo instruido por esta Secretar\u00eda, se est\u00e1 en condiciones de avanzar en la instauraci\u00f3n del sistema de conectividad a internet inal\u00e1mbrica, correspondiendo disponer su puesta en funcionamiento a partir del 3 de noviembre del corriente a\u00f1o en el edificio de los Tribunales de Santa Fe de calle San Jer\u00f3nimo 1551 y de los Tribunales de Rosario de calle Balcarce 1651. Cabe se\u00f1alar y destacar que a trav\u00e9s de dicho sistema se da respuesta a la creciente demanda de conectividad por parte de Magistrados, titulares de dependencias judiciales y dem\u00e1s integrantes de este Poder Judicial, que podr\u00e1n acceder a diferentes contenidos por internet, de manera independiente a la red troncal judiciaria. De igual manera, por medio de esta red se permitir\u00e1 a los Profesionales consultar las causas en las que tienen inter\u00e9s, en el mismo \u00e1mbito de los edificios tribunalicios citados, ingresando al Sistema de Autoconsulta de Expedientes con que cuenta este Poder Judicial. De este modo, se tiende a facilitar a\u00fan m\u00e1s el acceso a la informaci\u00f3n por parte de profesionales y partes intervinientes, por lo que dicha modalidad de conectividad resultar\u00e1 muy beneficiosa para los mismos permiti\u00e9ndoles acceder de forma remota, libre y gratuita a informaci\u00f3n actualizada de las causas judiciales. Que, en m\u00e9rito a ello, en relaci\u00f3n a los tipos de usuarios y modalidad de uso de este sistema de conectividad a internet inal\u00e1mbrica, y en lo que refiere al alcance del mismo, se deber\u00e1 estar al Reglamento de Uso correspondiente, que se acompa\u00f1a y que forma parte integrante de la presente. Que, en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los art\u00edculos 92 de la Constituci\u00f3n Provincial, 19 y 22 de la Ley N?10160 (t.o. seg\u00fan Decreto N? 46\/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N? 41, Punto \u00danico, la Secretar\u00eda de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: I) Solicitar a la Corte Suprema de Justicia se apruebe el Reglamento Regulador del Uso de la Red Wifi del Poder Judicial de Santa Fe, conforme el texto que se acompa\u00f1a y que forma parte integrante de la presente. II) Disponer la puesta en funcionamiento del sistema de conectividad a internet inal\u00e1mbrica a partir del 3 de noviembre de 2014, los Edificios de los Tribunales de Santa Fe de calle San Jer\u00f3nimo 1551 y de los Tribunales de Rosario de calle Balcarce 1651. III) Dar la debida intervenci\u00f3n a la Secretar\u00eda de Inform\u00e1tica. IV) Librar las Comunicaciones respectivas y Circular a los fines de hacer saber lo aqu\u00ed dispuesto. V) Hacer saber a los encargados de la p\u00e1gina web para su publicaci\u00f3n. VI) Reg\u00edstrese, res\u00e9rvese copia y d\u00e9se cuenta al Cuerpo. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO DE GOBIERNO). O\u00eddo lo cual y de conformidad por lo dictaminado en este acto por el se\u00f1or Procurador General, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretar\u00eda de Gobierno del Cuerpo. FDO.: GUTI\u00c9RREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. MOLINARI. BORDAS (SECRETARIO).&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> SECRETARIA, 6 de octubre de 2014.-&quot;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&quot;REGLAMENTO DEL USO DE LA RED WI-FI<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>DEL PODER JUDICIAL DE SANTA FE<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1) ZONA DE COBERTURA:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los lugares donde est\u00e1n situados los puntos de acceso Wi-Fi son: Tribunales de Santa Fe &#8211; San Jer\u00f3nimo 1551; Tribunales de Rosario &#8211; Balcarce 1651.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> 2) ACCESO A LA RED WIFI Y MODO DE UTILIZACION:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Red WiFi del Poder Judicial tendr\u00e1 configurados dos tipos de accesos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> a) Acceso libre.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> b) Acceso con registraci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> El uso de la Red Wi-Fi en el Poder Judicial tendr\u00e1 dos modalidades: un acceso libre sin registraci\u00f3n, con restricciones relacionadas a cuestiones de seguridad inform\u00e1tica, orientado a los profesionales y terceros que deseen hacer uso del mismo; y un acceso destinado al uso por parte de titulares de \u00f3rganos jurisdiccionales y dependencias judiciales, que deber\u00e1n recibir una contrase\u00f1a de acceso que se cambiar\u00e1 peri\u00f3dicamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> 3) FORMA DE conexi\u00f3n:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La conexi\u00f3n a la red en cualquiera de los puntos de acceso s\u00f3lo podr\u00e1 hacerse desde un dispositivo particular (tel\u00e9fono m\u00f3vil, tablet o notebook con wi-fi), detect\u00e1ndose la se\u00f1al WIFI-Libre-PJ para el p\u00fablico en general y WIFI-Juez-PJ para titulares de \u00f3rganos jurisdiccionales y dependencias judiciales. Una vez conectados se podr\u00e1 navegar por los respectivos sitios autorizados. <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> 4) DISPOSICIONES GENERALES: Las presentes Condiciones de uso de los servicios de acceso de la red WiFi del Poder Judicial tienen como finalidad regular su utilizaci\u00f3n, y determinar las condiciones de acceso a los contenidos y servicios que, a trav\u00e9s de Internet, se ponen a disposici\u00f3n del usuario. <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> a.- El Poder Judicial podr\u00e1 en cualquier momento y sin previo aviso, modificar las condiciones de uso de sus contenidos y servicios e introducir nuevas condiciones.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> b.- Al acceder a la red WiFi del Poder Judicial se adquiere la condici\u00f3n de usuario. Esta condici\u00f3n de usuario implica obligatoriamente la aceptaci\u00f3n sin reservas de ninguna clase, de todos y cada una de las condiciones de uso as\u00ed como de las condiciones espec\u00edficas aplicables al contenido o servicio seleccionado. En todo caso, cualquier uso de la red WiFi del Poder Judicial est\u00e1 subordinado al cumplimiento de las condiciones espec\u00edficas establecidas por el organismo. El Poder Judicial considera que si se ha producido un acceso o utilizaci\u00f3n por un menor, \u00e9ste cuenta con la correspondiente autorizaci\u00f3n de sus padres y\/o su representante legal, informando que la red WiFi facilita un acceso libre y transparente a Internet, lo cual permite el acceso a contenidos o servicios que pueden no ser apropiados. La instalaci\u00f3n de aplicaciones inform\u00e1ticas que permiten bloquear y filtrar el acceso a los contenidos y servicios que consideren no pertinentes quedan bajo exclusiva responsabilidad de los usuarios.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> c.- Caracter\u00edsticas del servicio WIFI ofrecido: <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> El Poder Judicial facilita al usuario el acceso gratuito a los servicios de Internet a trav\u00e9s de una l\u00ednea ADSL, garantizando un ancho de banda m\u00ednimo adecuado para una correcta navegaci\u00f3n. Se garantizar\u00e1 la disponibilidad y accesibilidad del servicio de acceso WiFi con continuidad. No obstante, puede suceder que los proveedores ocasionen interrupciones en el servicio WiFi. Si por este motivo, o por cualquier otra circunstancia (distancia del centro emisor, obras de edificios existentes, etc.) no se pueda prestar este servicio por los medios normales, este no podr\u00e1 ser exigido al Poder Judicial. El Poder Judicial presta este servicio a los titulares de \u00f3rganos jurisdiccionales y dependencias judiciales, profesionales y terceros que se encuentren en el Edificio de calle San Jer\u00f3nimo 1551 de la ciudad de Santa Fe y Balcarce 1651 de la ciudad de Rosario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>d.- Obligaciones del usuario: <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Usuario, har\u00e1 uso del servicio de acceso WiFi de forma diligente y correcta y se compromete a no utilizarlo para la realizaci\u00f3n de actividades contrarias a la ley, a la moral, a las buenas costumbres aceptadas y\/o con fines o efectos il\u00edcitos o prohibidos. El Poder Judicial declina cualquier responsabilidad que de todo ello pudiera derivarse. Como usuario, debe abstenerse de alterar o manipular los dispositivos t\u00e9cnicos o contrase\u00f1as que pudiera haber de protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>e.- Exclusi\u00f3n de garant\u00edas: <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El Poder Judicial hace saber que excede de su \u00e1mbito el de asegurar, impl\u00edcita o expl\u00edcitamente, los servicios que el usuario pretenda obtener de Internet en toda circunstancia. A t\u00edtulo meramente enunciativo, no se garantiza: l a disponibilidad y continuidad en todo momento y desde cualquier lugar del funcionamiento del servicio; el acceso ininterrumpido y, en todo momento, de los servicios de Internet; los niveles de calidad, interoperabilidad, velocidad y funcionalidad de los servicios de Internet a los que el usuario accede desde la red WiFi del Poder Judicial; la veracidad, exactitud, exhaustividad, licitud, fiabilidad, actualidad y utilidad de los servicios de Internet a los que se quiera acceder desde la red WiFi del Poder Judicial; la ausencia de virus u otros elementos lesivos en los contenidos o servicios facilitados mediante la red WiFi del Poder Judicial; e acceso no autorizado y\/o la alteraci\u00f3n de datos almacenados y transmitidos sobre sitios de Internet accedidos a trav\u00e9s de la red WiFi del Poder Judicial. <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>f.- Responsabilidades: <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Como usuarios, conocen y aceptan de forma voluntaria que la utilizaci\u00f3n de la red WiFi del Poder Judicial se efect\u00faa bajo su exclusiva responsabilidad. As\u00ed y salvo en los casos en que la ley proh\u00edba de forma imperativa limitar la responsabilidad, el Poder Judicial frente a los usuarios no asume responsabilidad alguna respecto de los usos que haga de este servicio, ni de los datos o informaciones transferidas de\/desde Internet. A t\u00edtulo no limitativo, la exoneraci\u00f3n de responsabilidad del Poder Judicial comprende cualesquiera responsabilidades derivadas de: la ausencia de disponibilidad y continuidad del funcionamiento del servicio de acceso de la red WiFi; la interrupci\u00f3n, suspensi\u00f3n o cancelaci\u00f3n del acceso; la falta de veracidad, exactitud, exhaustividad, licitud, fiabilidad, actualidad y utilidad de los contenidos del propio portal de acceso, ni de cualquier sitio de Internet accedido desde \u00e9l; el acceso no autorizado y\/o la alteraci\u00f3n de los datos almacenados y transmitidos a trav\u00e9s del portal o de los servicios que ofrece; la realizaci\u00f3n de actos de competencia desleal y\/o publicidad il\u00edcita. El Poder Judicial de Santa Fe no garantiza la disponibilidad t\u00e9cnica, calidad, exactitud o veracidad de los contenidos y servicios disponibles de terceros a los que, como usuario, puede acceder desde la red WiFi que brinda. Asimismo el Poder Judicial no prestar\u00e1 servicio de soporte t\u00e9cnico sobre los equipos particulares port\u00e1tiles que se utilicen para el acceso a la red WiFi.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>g.- Datos personales:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> El servicio de acceso gratuito a Internet a trav\u00e9s de la red WiFi del Poder Judicial ser\u00e1 libre para los profesionales y terceros; y con modalidad de contrase\u00f1a para titulares de \u00f3rganos jurisdiccionales y dependencias judiciales. El Poder Judicial ha adoptado y adoptar\u00e1 las medidas t\u00e9cnicas y organizativas de seguridad que sean de obligado cumplimiento de conformidad con lo estipulado en la legislaci\u00f3n vigente, e incluso se compromete a implantar medidas de seguridad adicionales que excedan dicha normativa, con el fin de buscar un servicio confiable y de alta calidad. No obstante, el usuario, reconoce y acepta que las medidas de seguridad en Internet no se pueden garantizar a trav\u00e9s de este servicio.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> h.- Duraci\u00f3n y terminaci\u00f3n: <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> La prestaci\u00f3n del servicio de acceso a Internet mediante tecnolog\u00eda inal\u00e1mbrica WiFi puede extinguirse por razones de inter\u00e9s p\u00fablico o por imposibilidad de prestaci\u00f3n del servicio por parte de la empresa contratada, por condiciones t\u00e9cnicas u otras circunstancias. <\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> i.- Comunicaciones entre usuario del servicio y el Poder Judicial:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los titulares de \u00f3rganos jurisdiccionales y dependencias judiciales recibir\u00e1n las claves que le posibiliten el acceso a Internet a trav\u00e9s de un correo electr\u00f3nico con Firma Digital a sus respectivas cuentas de correo electr\u00f3nico oficial.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p> j.- La conexi\u00f3n a la red wifi no est\u00e1 permitida, por ninguna circunstancia, concepto ni modalidad, desde el equipamiento inform\u00e1tico oficial (PC) conectado a la red troncal del Poder Judicial.&quot;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Saludo a Ud. atentamente.<\/p>\n<p>Fdo. Dr. Eduardo Bordas<\/p>\n<p>Secretario de Gobierno<\/p>\n<\/p><\/div>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"circulares\" data-cat=\"anio-2014\" data-modified=\"120\" data-title=\"Circular nro. 84.   Red WiFi  en los Edificios de Santa Fe y Rosario\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&quot;Circular Nro. 84 \/2014.- &nbsp; &nbsp; &nbsp; Santa Fe,31 de octubre de 2014.- &nbsp; &nbsp; &nbsp; Se\u00f1or &nbsp; Titular del \u00d3rgano Jurisdiccional &nbsp; S \/ D &nbsp; &nbsp; &nbsp; Se dirige a Ud. la presente a fin de comunicarle que conforme lo dispuesto por Acuerdo de la Excma. 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