 {"id":27234,"date":"2022-09-23T09:45:42","date_gmt":"2022-09-23T12:45:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/?post_type=circulares&#038;p=27234"},"modified":"2022-09-23T09:45:42","modified_gmt":"2022-09-23T12:45:42","slug":"circular-nro-95-protocolo-ante-contingencias-de-indisponibilidad-de-los-servicios-informaticos-de-este-poder-judicial","status":"publish","type":"circulares","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/circulares\/circular-nro-95-protocolo-ante-contingencias-de-indisponibilidad-de-los-servicios-informaticos-de-este-poder-judicial\/","title":{"rendered":"Circular nro. 95. Protocolo ante contingencias de indisponibilidad de los servicios inform\u00e1ticos de este Poder Judicial"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-circulares pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/27234?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/27234?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><div><u><strong>Circular Nro. 95\/22.-<\/strong><\/u><\/p>\n<p>Santa Fe, 07 de septiembre de 2022.-<\/p>\n<p>Se\u00f1or<br \/>\nTitular del \u00d3rgano Jurisdiccional<br \/>\n<u>S \/ D<\/u><\/p>\n<p>Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci\u00f3n a todos los integrantes de ese \u00f3rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el d\u00eda 06.09.22, Acta N\u00b0 31, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adopt\u00f3 el siguiente decisorio:<br \/>\n\u201c<u>PROTOCOLO ANTE CONTINGENCIAS DE INDISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS INFORM\u00c1TICOS DE ESTE PODER JUDICIAL<\/u>. El se\u00f1or Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. Eduardo Marcos Pedro Bordas, informa que en fecha 5.9.2022, dict\u00f3 la siguiente resoluci\u00f3n: \u201c&#8230;\u00a0<u>VISTAS<\/u>: las necesidades del servicio judiciario; y,\u00a0<u>CONSIDERANDO<\/u>: I. Que, en distintos \u00e1mbitos tanto p\u00fablicos como privados se han venido sucediendo en los \u00faltimos meses, situaciones vinculadas con indisponibilidades de los servicios inform\u00e1ticos en funci\u00f3n de acciones disvaliosas -com\u00fanmente denominadas \u201cciberataques\u201d-; conforme dan cuenta noticias por todos conocidas. II. Que, en este contexto, la creciente conectividad que trajo aparejada internet y las nuevas tecnolog\u00edas, y la cada vez mayor dependencia de la virtualidad, la digitalizaci\u00f3n y las plataformas electr\u00f3nicas, amerita considerar a los sistemas inform\u00e1ticos y a los servicios p\u00fablicos digitales como activos esenciales para toda organizaci\u00f3n, entre ellas el sector Justicia. En este sentido, corresponde tener presente que este Poder del Estado ha venido llevando adelante y dando continuidad a un amplio proceso de informatizaci\u00f3n e incorporaci\u00f3n de TIC (tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n) en apoyo a la gesti\u00f3n judicial. En lo que ata\u00f1e al \u00e1mbito del Derecho Privado especialmente, se cuenta actualmente con un sistema inform\u00e1tico \u00fanico e integral; instalado como herramienta de trabajo en 318 \u00f3rganos desperdigados en 36 sedes judiciales. De los mismos, 28 son Mesas de Entradas \u00danicas,\u00a0<strong>182<\/strong>\u00a0\u00d3rganos jurisdiccionales -incluida la Excma. Corte Suprema de Justicia-,\u00a0y\u00a0<strong>108<\/strong>\u00a0dependencias que involucran la tramitaci\u00f3n de temas de superintendencia, administraci\u00f3n y Registros, todo el Ministerio P\u00fablico Extra-penal provincial, y los Juzgados y Tribunales de feria. A ello se agregan las 10 salas de oralidad civil con tecnolog\u00eda propia para esta experiencia procesal, m\u00e1s las que se agreguen de futuro. Igualmente, en lo que refiere a los procesos penales, desde la puesta en marcha del nuevo sistema oral en febrero de 2014 se ha dotado a la Jurisdicci\u00f3n y a las 17 Oficinas de Gesti\u00f3n Judicial de los recursos tecnol\u00f3gicos para la celebraci\u00f3n de audiencias, a trav\u00e9s de 46 salas para videograbaci\u00f3n, con equipamiento de respaldo, software de gesti\u00f3n y almacenamiento dedicado; y 9 C\u00e1maras Gesell. En similar orientaci\u00f3n, dentro de los servicios judiciales en l\u00ednea, desde el a\u00f1o 2000 se encuentra en funcionamiento la Autoconsulta Online, que publica informaci\u00f3n actualizada -a la cual acceden profesionales matriculados y partes con inter\u00e9s leg\u00edtimo- de 169 Juzgados, Tribunales y C\u00e1maras en materias civil y comercial, laboral, familia, extracontractual, circuito y contencioso administrativo de primera y segunda instancia, como tambi\u00e9n del Alto Cuerpo. No debe soslayarse, adem\u00e1s, que esta plataforma ha evolucionado como v\u00eda de participaci\u00f3n transaccional, en funci\u00f3n de distintos decisorios adoptados por la Excma. Corte Suprema de Justicia desde el a\u00f1o 2020, para constituirse y consolidarse como medio de interacci\u00f3n electr\u00f3nica para el inicio de causas, presentaci\u00f3n de escritos y notificaciones, con la seguridad que otorga la firma digital. En este lineamiento, el M\u00e1ximo Tribunal Provincial ha contemplado en dichas resoluciones, las medidas a adoptar en aquellos casos donde, por diferentes motivos, no sea posible la tramitaci\u00f3n electr\u00f3nica de los procesos judiciales. A mayor abundamiento, ello ha quedado plasmado en las reglamentaciones oportunamente aprobadas y actualizadas, tales como el \u201cReglamento del sistema para la confecci\u00f3n de los libros de las distintas unidades jurisdiccionales y presentaci\u00f3n electr\u00f3nica de escritos firmados digitalmente dentro del sistema inform\u00e1tico SISFE\u201d (Acuerdos del 5.10.1999, Acta N\u00b0 39 y del 24.9.2019, Acta N\u00b0 39) en sus art\u00edculos 4, 36 y 39; las pautas aplicables a las \u201cMesas de Entradas Unicas Electr\u00f3nicas (M.E.U.E.) &#8211; Inicio electr\u00f3nico de demandas\u201d y al \u201cInicio electr\u00f3nico de demandas ante \u00f3rganos jurisdiccionales sin Mesas de Entradas \u00danicas &#8211; Autoconsulta Online\u201d (Acuerdos de fecha 10.6.2020, Acta N\u00b0 16 y del 22.3.2022, Acta N\u00b0 8), art\u00edculos 14 y 15 de sendos textos; las normas aplicables a la \u201cPresentaci\u00f3n electr\u00f3nica de escritos en expedientes iniciados y en tr\u00e1mite &#8211; Autoconsulta Online\u201d (Acuerdos del 29.9.2020, Acta N\u00b0 33; del 21.9.2021, Acta N\u00b0 34 y del 22.3.2022, Acta N\u00b0 8) en sus art\u00edculos 17 y 18; y en el \u201cSistema de Notificaciones por medios electr\u00f3nicos con firma digital\u201d (Acuerdo del 7.3.2019, Acta N\u00b0 7), art\u00edculos 17 y 18, conjuntamente con la \u201cPresentaci\u00f3n y recepci\u00f3n de c\u00e9dulas entre profesionales matriculados desde Autoconsulta Online\u201d (Acuerdos del 1.12.2020, Acta N\u00b0 43, y del 22.3.2022, Acta N\u00b0 8) en los art\u00edculos 18 y 19. De esta manera, las referidas disposiciones reglamentarias han contemplado que en casos de indisponibilidad del sistema de gesti\u00f3n SISFE y\/o de la Autoconsulta de Expedientes Online, las demandas, escritos o notificaciones -tanto de oficio como entre partes- deben realizarse en soporte papel con firma ol\u00f3grafa del profesional matriculado -o del funcionario judicial, en su caso-, para ser luego digitalizadas por el \u00f3rgano judicial interviniente. Ante tales extremos, el Juzgado, Tribunal o dependencia judicial habilitar\u00e1 las respectivas registraciones manuales; debiendo proceder luego a plasmar inform\u00e1ticamente lo recepcionado y actuado en soporte papel y que no ha sido digitalizado, una vez resuelta la contingencia y en la medida que se disponga el restablecimiento de los servicios y condiciones tecnol\u00f3gicas habituales y adecuadas. III. Que, sin perjuicio de que, como se mencionara, las v\u00edas alternativas para hacer frente a situaciones donde los mecanismos electr\u00f3nicos no se encuentran temporariamente en funcionamiento ya han sido previstas por el M\u00e1ximo Tribunal Provincial, resulta oportuno proponer al Alto Cuerpo un texto unificado a manera de Protocolo ante Contingencias de indisponibilidad de los servicios inform\u00e1ticos de este Poder Judicial, a fin de garantizar el acceso a justicia y la continuidad en la prestaci\u00f3n de las funciones esenciales. Por lo expuesto, y atento a lo establecido en los art\u00edculos 92 de la Constituci\u00f3n Provincial, 19 y 22 de la Ley N\u00b010160 (t.o. seg\u00fan Decreto N\u00b0 46\/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N\u00b0 41, Punto \u00danico, la Secretar\u00eda de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,\u00a0<u>RESUELVE<\/u>: 1) Proponer a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia la aprobaci\u00f3n del Protocolo ante Contingencias de indisponibilidad de los servicios inform\u00e1ticos de este Poder Judicial, de conformidad al texto que se acompa\u00f1a como parte integrante de la presente. 2) Proponer al Alto Cuerpo dar la debida difusi\u00f3n de lo aqu\u00ed puesto a consideraci\u00f3n, entre los distintos actores que componen el servicio de justicia provincial; realizando las tareas de capacitaci\u00f3n en relaci\u00f3n a la eventual aplicaci\u00f3n del Protocolo que integra la presente. Reg\u00edstrese, h\u00e1gase saber y oportunamente dese cuenta al Cuerpo. Fdo. BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORM\u00c1TICA)&#8221;. Por todo ello, y o\u00eddo el se\u00f1or Procurador General,\u00a0<u>SE RESUELVE<\/u>: I. Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretar\u00eda de Gobierno del Cuerpo, y aprobar el Protocolo ante Contingencias de indisponibilidad de los servicios inform\u00e1ticos de este Poder Judicial, de conformidad al texto que se acompa\u00f1a, el que formar\u00e1 parte de la presente Acta. II. Dar la debida difusi\u00f3n de lo aqu\u00ed dispuesto entre los distintos actores que componen el servicio de justicia provincial; realizando las tareas de capacitaci\u00f3n en relaci\u00f3n a la eventual aplicaci\u00f3n del Protocolo que integra la presente. FDO.: GUTI\u00c9RREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).<\/p>\n<p>Se transcribe al pie de la presente el texto del Protocolo precedentemente mencionado.<\/p>\n<p>Saludo a Ud. atentamente.<\/p>\n<p>Fdo.\u00a0 Dr. Eduardo Bordas<br \/>\nSecretario de Gobierno<\/p>\n<p><strong>PROTOCOLO ANTE CONTINGENCIAS DE<\/strong><br \/>\n<strong>INDISPONIBILIDAD DE SERVICIOS INFORM\u00c1TICOS<\/strong><br \/>\n<strong>DEL PODER JUDICIAL DE SANTA FE<\/strong><\/p>\n<p><strong>1.-<\/strong>\u00a0<strong>Sistemas de gesti\u00f3n de apoyo a la funci\u00f3n jurisdiccional:<\/strong>\u00a0Para el supuesto que se presenten situaciones extraordinarias, que imposibiliten el uso generalizado de los recursos inform\u00e1ticos y de los sistemas inform\u00e1ticos de gesti\u00f3n con que cuenta el Poder Judicial de Santa Fe, se adoptar\u00e1n las siguientes pautas de trabajo:<br \/>\n<strong>1.I.- SISFE &#8211; Sistema de gesti\u00f3n y Autoconsulta Online:<\/strong><br \/>\n<strong>a) Presentaci\u00f3n de demandas y causas judiciales nuevas:\u00a0<\/strong>En caso de no contarse con disponibilidad de funcionamiento del sistema, los Profesionales Matriculados proceder\u00e1n a interponer las demandas e iniciar causas judiciales nuevas en soporte papel con firma ol\u00f3grafa del presentante, presencialmente ante las Mesas de Entradas \u00danicas (MEU) o ante los Juzgados y Tribunales, seg\u00fan corresponda, en d\u00eda h\u00e1bil y en el horario de 7.15 a 12.45, salvo supuestos de habilitaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>b) Presentaci\u00f3n de escritos en expedientes en tr\u00e1mite:\u00a0<\/strong>En similar supuesto, los Profesionales Matriculados proceder\u00e1n a interponer sus escritos en causas judiciales en tr\u00e1mite, en soporte papel con firma ol\u00f3grafa del presentante, presencialmente ante los Juzgados y Tribunales, en d\u00eda h\u00e1bil y en el horario de 7.15 a 12.45, salvo supuestos de habilitaci\u00f3n.<br \/>\n<strong>c) Notificaciones entre Profesionales Matriculados:\u00a0<\/strong>En caso de que se presenten situaciones extraordinarias, que imposibiliten el uso generalizado del sistema de Autoconsulta Online, los Profesionales Matriculados proceder\u00e1n a realizar las notificaciones por c\u00e9dula en soporte papel con firma ol\u00f3grafa.<br \/>\n<strong>d) Recepci\u00f3n de demandas y nuevas causas:<\/strong>\u00a0Las Mesas de Entradas \u00danicas (MEU) y los \u00f3rganos jurisdiccionales del Poder Judicial proceder\u00e1n a recepcionar las demandas y nuevas causas, en soporte papel con firma ol\u00f3grafa del presentante. Dejar\u00e1n debida constancia de fecha y hora de presentaci\u00f3n, conforme la normativa procesal vigente. En caso de requerirse la asignaci\u00f3n de las causas por sorteo, se habilitar\u00e1n los medios manuales pertinentes. Deber\u00e1n registrar manualmente las demandas y escritos de inicio de causas; para luego darle ingreso inform\u00e1tico en SISFE junto a su digitalizaci\u00f3n, una vez resuelta la contingencia y en la medida que se restablezcan los servicios inform\u00e1ticos y tecnol\u00f3gicos, conforme as\u00ed lo disponga la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. A estos fines, provisoriamente le asignar\u00e1n una numeraci\u00f3n correlativa manual, comenzando con el n\u00famero 1 seguido del a\u00f1o calendario.<br \/>\n<strong>e) Recepci\u00f3n de escritos en expedientes en tr\u00e1mite:\u00a0<\/strong>En los casos del Item b), los Juzgados y Tribunales proceder\u00e1n a recepcionar los escritos en soporte papel con firma ol\u00f3grafa del presentante. Dejar\u00e1n debida constancia de fecha y hora de presentaci\u00f3n, conforme la normativa procesal vigente. Deber\u00e1n registrar manualmente los escritos recibidos; para luego darle ingreso inform\u00e1tico en SISFE junto a su digitalizaci\u00f3n, una vez resuelta la contingencia y en la medida que se restablezcan los servicios inform\u00e1ticos y tecnol\u00f3gicos, conforme as\u00ed lo disponga la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. A estos fines, provisoriamente le asignar\u00e1n en cada organismo, una numeraci\u00f3n correlativa manual, comenzando con el n\u00famero 1 seguido del a\u00f1o calendario. En caso de que ante el \u00f3rgano jurisdiccional se presenten tambi\u00e9n causas nuevas -sin MEU- deber\u00e1n identificar a \u00e9stas como \u201cCausa nueva\u201d para distinguirla de los dem\u00e1s escritos.<br \/>\n<strong>1.II.- Actuaciones judiciales:<\/strong>\u00a0Mientras dure la situaci\u00f3n extraordinaria, las actuaciones judiciales -decretos, autos, sentencias, actas, c\u00e9dulas, oficios, dict\u00e1menes, presentaciones- deber\u00e1n materializarse en soporte papel, en el \u00f3rgano jurisdiccional o dependencia judicial que corresponda, con aclaraci\u00f3n o sello del Tribunal o Dependencia judicial.<br \/>\nLas resoluciones llevar\u00e1n el n\u00famero de protocolizaci\u00f3n de acuerdo al \u00faltimo que conste en las registraciones que a tal efecto llevan los Actuarios.<br \/>\nRestablecido el servicio inform\u00e1tico, estar\u00e1 a cargo de las unidades judiciales el ingreso electr\u00f3nico de todo lo actuado en el sistema de gesti\u00f3n SISFE con que opera el organismo; una vez resuelta la contingencia y conforme as\u00ed lo disponga y autorice la Corte Suprema de Justicia de la Provincia.<br \/>\n<strong>1.III.- Audiencias y actos procesales:<\/strong>\u00a0En per\u00edodos donde la Corte Suprema de Justicia disponga la adopci\u00f3n del presente Protocolo, las audiencias y dem\u00e1s actos procesales previstos se continuar\u00e1n realizando de manera habitual.<br \/>\n<strong>\u00a01.IV.- Correo electr\u00f3nico entre dependencias judiciales:\u00a0<\/strong>En caso de indisponibilidad del servicio de correo electr\u00f3nico oficial del dominio \u201cjusticiasantafe.gov.ar\u201d, las comunicaciones entre \u00f3rganos jurisdiccionales y dependencias judiciales del Poder Judicial de Santa Fe deber\u00e1n realizarse por otras v\u00edas como el env\u00edo y recepci\u00f3n en soporte papel, o por los dem\u00e1s medios que disponga el Tribunal, Juzgado o Funcionario interviniente; hasta que la Corte Suprema de Justicia -o por intermedio de quien \u00e9sta designe- disponga el restablecimiento de cada uno de los servicios inform\u00e1ticos.<\/p>\n<p><strong>2.- P\u00e1gina web institucional del Poder Judicial de Santa Fe:\u00a0<\/strong>En el supuesto de que la p\u00e1gina web institucional dominio \u201chttp:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\u201d se encuentre temporalmente fuera de servicio, la Excma. Corte Suprema de Justicia habilitar\u00e1 otros medios alternativos de comunicaci\u00f3n, tales como la mensajer\u00eda instant\u00e1nea o redes sociales; hasta que la Corte Suprema de Justicia -o por intermedio de quien \u00e9sta designe- disponga el restablecimiento del servicio.<\/p>\n<p><strong>3.- \u00d3rdenes de pago por medios electr\u00f3nicos:\u00a0<\/strong>En caso de indisponibilidad de este servicio, las \u00f3rdenes de pago se remitir\u00e1n a las Entidades Bancarias en formato papel con firma ol\u00f3grafa y debida identificaci\u00f3n, de acuerdo a las normas que dispongan las referidas Instituciones.<\/p>\n<p><strong>4.- Medidas inmediatas que deber\u00e1n adoptar los usuarios de equipos inform\u00e1ticos del Poder Judicial:\u00a0<\/strong>En tanto la Corte Suprema de Justicia disponga -o por intermedio de quien designe- la aplicaci\u00f3n inmediata del presente Protocolo y as\u00ed lo haga saber, los integrantes del Poder Judicial en su condici\u00f3n de usuarios de equipamiento inform\u00e1tico deber\u00e1n de manera inmediata, proceder a:<br \/>\na. Apagar todos los componentes que integran el equipamiento (CPU, monitor, ups, impresoras, esc\u00e1neres).<br \/>\nb. Desconectar el puesto de trabajo \/ equipamiento de la red inform\u00e1tica, identificando para ello el \u201ccable de conexi\u00f3n o cable de red\u201d del equipo.<br \/>\nc. Por ning\u00fan motivo encender nuevamente el equipamiento inform\u00e1tico ni conectarlo a la red del Poder Judicial o a otra red, hasta tanto as\u00ed lo ordene expresamente la Corte Suprema de Justicia o por intermedio de quien \u00e9sta designe, de acuerdo al plan de restablecimiento gradual de los servicios.<\/p>\n<p><strong>5.-\u00a0<\/strong><strong>Disponibilidad y restablecimiento de los servicios inform\u00e1ticos:<\/strong>\u00a0La Corte Suprema de Justicia de la Provincia -o por intermedio de quien \u00e9sta designe- adoptar\u00e1 las dem\u00e1s medidas y mecanismos que fueren menester durante el per\u00edodo de duraci\u00f3n de la contingencia, contemplando otros servicios inform\u00e1ticos de as\u00ed requerirse.<br \/>\nAdem\u00e1s, establecer\u00e1 el lapso de vigencia de aplicaci\u00f3n del presente Protocolo, autorizando el restablecimiento gradual de los servicios inform\u00e1ticos involucrados, cuando as\u00ed lo considere oportuno.<\/div>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"circulares\" data-cat=\"ano-2022\" data-modified=\"120\" data-title=\"Circular nro. 95. Protocolo ante contingencias de indisponibilidad de los servicios inform\u00e1ticos de este Poder Judicial\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Circular Nro. 95\/22.- Santa Fe, 07 de septiembre de 2022.- Se\u00f1or Titular del \u00d3rgano Jurisdiccional S \/ D Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificaci\u00f3n a todos los integrantes de ese \u00f3rgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado el d\u00eda 06.09.22, Acta N\u00b0 31, la Corte Suprema de Justicia [&#8230;]\n","protected":false},"author":12,"featured_media":0,"menu_order":0,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[3850],"tags":[],"class_list":["post-27234","circulares","type-circulares","status-publish","format-standard","hentry","category-ano-2022"],"acf":{"i2t_anio":2022,"i2t_id_historico":7421,"i2t_autor_historico":""},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/27234","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/circulares"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/circulares\/27234\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27234"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27234"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27234"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}