 {"id":12974,"date":"2022-05-10T11:06:01","date_gmt":"2022-05-10T14:06:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/?post_type=convenios&#038;p=12974"},"modified":"2022-05-10T11:07:03","modified_gmt":"2022-05-10T14:07:03","slug":"comunicacion-telematica-2","status":"publish","type":"convenios","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/convenios\/comunicacion-telematica-2\/","title":{"rendered":"Comunicaci\u00f3n Telem\u00e1tica"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-convenios pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/12974?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png?357112440\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/12974?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png?1674575983\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><p><strong>CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO<\/strong><br \/>\n<strong>ACTA NRO. 54 PUNTO 1 DEL 17.12.97.-<\/strong><br \/>\nCONVENIO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO.- El se\u00f1or Presidente, Dr. DECIO CARLOS ULLA, informa que en fecha diez de diciembre del corriente a\u00f1o se procedi\u00f3 a la firma de un Convenio con la Universidad Nacional de Rosario referido a la utilizaci\u00f3n de sistemas telem\u00e1ticos de comunicaci\u00f3n en favor de las numerosas actividades que despliega este Poder Judicial. Atento ello, luego de un cambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el se\u00f1or Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Presidencia y ordenar se agregue copia del referido Convenio al final de la presente y como parte integrante del acta.- ULLA. ALVAREZ. BARRAGUIRRE. FALISTOCO. IRIBARREN. VIGO. BOF. BORDAS(SECRETARIO).-<br \/>\nEntre la Universidad Nacional de Rosario, en adelante la UNR, representada por el se\u00f1or Rector, Ing. RAUL ARMANDO ARINO por una parte, y el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, en adelante el Poder Judicial, representado por el Sr. Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. DECIO CARLOS ULLA, por la otra, convienen en celebrar el presente acuerdo que se regir\u00e1 por las siguientes cl\u00e1usulas.<br \/>\nPRIMERA: Considerando: que la UNL ha organizado el Departamento de Telem\u00e1tica y constru\u00eddo la REDUR (Red Telem\u00e1tica Universitaria de Rosario) cuyo principal objetivo es facilitar las comunicaciones entre los organismos de la UNR y entidades educativas, cient\u00edficas, culturales y de bien com\u00fan del pa\u00eds y del exterior; que para ello la REDUR posee conexi\u00f3n con la red comercial STARTEL y a trav\u00e9s de esta \u00faltima a la red internacional INTERNET; que es de inter\u00e9s de la UNR y el Poder Judicial el intercambio cient\u00edfico-t\u00e9cnico en todas las \u00e1reas de actividad de ambas instituciones; y que para materializar \u00e9sta la REDUR es una herramienta escencial. Es prop\u00f3sito de este convenio contribuir a la utilizaci\u00f3n de sistemas telem\u00e1ticos de comunicaci\u00f3n en favor de las actividades del Poder Judicial y de la UNR, posibilitando la integraci\u00f3n del Poder Judicial a la REDUR.<br \/>\nSEGUNDA: La UNR permitir\u00e1 el acceso a la REDUR a los miembros del Poder Judicial que sean expresamente autorizados por \u00e9ste, para desarrollar actividades exclusivamente vinculadas con la labor del Poder Judicial. A tal fin la UNR habilitar\u00e1 en el servidor que ella determine, una (1) cuenta, a trav\u00e9s de la cual el miembro autorizado del Poder Judicial podr\u00e1 acceder a la red INTERNET. El Poder Judicial designar\u00e1 un responsable de la cuenta facilitada por la UNR, a \u00e9ste se obliga al cumplimiento del C\u00f3digo de Conducta de la REDUR y las disposiciones vigentes de la UNL, referidas a la utilizaci\u00f3n de los servicios de la REDUR.<br \/>\nTERCERA: la UNR permitir\u00e1 el acceso a los miembros del Poder Judicial definidos en la cl\u00e1usula segunda, a la REDUL, a tav\u00e9s de dos l\u00edneas telef\u00f3nicas o su equivalente, conectadas al servidor de la REDUR. El Poder Judicial podr\u00e1 establecer otros medios de conexi\u00f3n adicionales de un computador o servidor de red, ubicado en su sede, con la REDUR, siendo en este caso todos los gastos: de equipamiento, instalaci\u00f3n, accesorios para conexi\u00f3n internos o externos al servidor de la UNR, sofware adicional al que posee el Centro de Telem\u00e1tica necesario para la operaci\u00f3n del enlace, etc, as\u00ed como los gastos que origine el funcionamiento y el mantenimiento de estos medios de acceso adicionales, por exclusiva cuenta del Poder Judicial.<br \/>\nPor su parte, la UNR custodiar\u00e1 y operar\u00e1 los equipos que pudieran ser instalados por El Poder Judicial en dependencias del centro de Telem\u00e1tica a fin de mantener en operaci\u00f3n el o los enlaces mencionados.<br \/>\nCUARTA: La UNR se compromete a mantener en funcionamiento, las 24 horas del d\u00eda, los 7 d\u00edas de la semana, todos los equipos necesarios para brindar las facilidades detalladas en el presente convenio y que pertenecen a ella.<br \/>\nQUINTA: La UNR y el Poder Judicial no podr\u00e1n transferir a terceros las obligaciones emergentes del presente convenio.<br \/>\nSEXTA: Los gastos que se originen por la utilizaci\u00f3n de la red p\u00fablica de transmisi\u00f3n de datos y telef\u00f3nica, por acceso remoto de los usuarios del Poder Judicial a trav\u00e9s del servidor de la UNR y los gastos que estos usuarios originen por acceso a servicios arancelados ser\u00e1n abonados por el Poder Judicial a quien corresponda.<br \/>\nSEPTIMA: El Poder Judicial no podr\u00e1 permitir el acceso a las facilidades que la UNR le concede, sin la aprobaci\u00f3n de \u00e9sta, a miembros de otros organismos, institutos, entidades, etc, que no sean los establecidos en la cla\u00fasula segunda.<br \/>\nAsimismo El Poder Judicial no podr\u00e1 comercializar ni utilizar los servicios que le brinda la REDUR para otros fines que no sean los enunciados en la cl\u00e1usula segunda.<br \/>\nOCTAVA: El Poder Judicial realizar\u00e1 un aporte mensual destinado a cubrir los gastos que demande el mantenimiento de los medios de comunicaci\u00f3n puestos a su disposici\u00f3n por la UNR, calculados como el 1 % (uno por ciento) del abono mensual por el enlace comercial abonado a la firma STARTEL, m\u00e1s los gastos extraordinarios que puedan ser requeridos por la UNR para la ampliaci\u00f3n de los servicios de la REDUR. Estos gastos deber\u00e1n ser acordados por ambas partes en un anexo al presente convenio.<br \/>\nNOVENA: La facturaci\u00f3n se efectuar\u00e1 mensualmente y los pagos deber\u00e1n efectuarse mediante cheque a nombre de la Universidad Nacional de Rosario, o efectivo en la Tesorer\u00eda General de la UNR, dentro de los quince d\u00edas h\u00e1biles de la fecha de presentaci\u00f3n de la factura. Pasado dicho t\u00e9rmino la UNR proceder\u00e1 a interrumpir la conexi\u00f3n establecida entre El Poder Judicial y la REDUL, hasta tanto se efect\u00fae el pago.<br \/>\nDECIMA: La UNR, pondr\u00e1 a su disposici\u00f3n del Poder Judicial, cada vez que \u00e9sta lo solicite toda la documentaci\u00f3n referida a la determinaci\u00f3n del monto a abonar.<br \/>\nDECIMA PRIMERA: El presente convenio luego de su firma por las partes, entrar\u00e1 en vigencia en el momento que la UNR, habilite el acceso del Poder Judicial a la REDUR, acceso que se habilitar\u00e1 dentro de los 15 d\u00edas h\u00e1biles de la firma. Tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de dos a\u00f1os, autom\u00e1ticamente prorrogable por per\u00edodos similares. No obstante cualquiera de las partes podr\u00e1 denunciar el presente convenio con previa notificaci\u00f3n por escrito, efectuada con seis meses de anticipaci\u00f3n, a la otra, debiendo como paso previo cancelarse las deudas que el Poder Judicial pudiera mantener con la UNR por aportes mensuales no realizados y las facturaciones por otros gastos derivados de servicios prestados por la UNR. Asimismo se considera rescindido el presente convenio en caso de no lograrse el acuerdo por gastos extraordinarios a que se refiere a la cl\u00e1usula octava.<br \/>\nDECIMA SEGUNDA: De com\u00fan acuerdo entre las partes, el presente convenio podr\u00e1 ser ampliado en el n\u00famero de cuentas autorizadas y\/o en la prestaci\u00f3n de los servicios complementarios, mediante la firma de anexos que se integrar\u00e1n al presente.<br \/>\nDECIMA TERCERA: En caso de denuncia del presente convenio, ello no dar\u00e1 derecho a ninguna de las partes a reclamar indemnizaci\u00f3n alguna. Las partes acordar\u00e1n la forma y plazos en que cada una se har\u00e1 cargo de la finalizaci\u00f3n de los trabajos en ejecuci\u00f3n si los mismos no pudieran ser discontinuados inmediatamente.<br \/>\nDECIMA CUARTA: A todos los efectos emergentes del presente Convenio, las partes constituyen los siguientes domicilios especiales: El Poder Judicial en San Jer\u00f3nimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, y la UNR en C\u00f3rdoba 1814 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Asimismo, las partes resolver\u00e1n las controversias que pudieran suscitarse conforme a lo previsto en la Ley 19.983 y el Decreto 2481\/93.<br \/>\nEn prueba de conformidad con las cl\u00e1usulas precedentes, se firma el presente Convenio en dos ejemplares de igual tenor y a un mismo efecto en la ciudad de Santa Fe, a los diez d\u00edas del mes de diciembre del a\u00f1o mil novecientos noventa y siete.<br \/>\n<strong>ACTA NRO. 35 PUNTO 2 DEL 6.8.2000.-<\/strong><br \/>\nCONVENIO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO.- El se\u00f1or Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, Dr. ROBERTO H\u00c9CTOR FALISTOCCO, informa que en fecha treinta y uno de agosto del corriente a\u00f1o se procedi\u00f3 a la firma de un Convenio con la Universidad Nacional de Rosario con el objeto de entablar una acci\u00f3n coordinada que permita la complementaci\u00f3n en la realizaci\u00f3n de trabajos de asistencia t\u00e9cnica y tecnol\u00f3gica entre este Poder Judicial y dicha Alta Casa de Estudios. Atento ello, luego de un cambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el se\u00f1or Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Presidencia y ordenar se agregue copia del referido Convenio al final de la presente y como parte integrante del acta.- FDO.: FALISTOCCO. \u00c1LVAREZ. GUTI\u00c9RREZ. SPULER. VIGO. BOF. BORDAS (SECRETARIO).-<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"convenios\" data-cat=\"universidad-nacional-de-rosario\" data-modified=\"120\" data-title=\"Comunicaci\u00f3n Telem\u00e1tica\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"author":12,"template":"","categories":[3166],"tags":[],"class_list":["post-12974","convenios","type-convenios","status-publish","hentry","category-universidad-nacional-de-rosario"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/12974","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/convenios"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12974"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12974"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12974"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}