 {"id":12983,"date":"2022-05-10T11:53:00","date_gmt":"2022-05-10T14:53:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/?post_type=convenios&#038;p=12983"},"modified":"2022-05-10T11:53:10","modified_gmt":"2022-05-10T14:53:10","slug":"caja-de-seguridad-social-de-abogados-y-procuradores-de-la-provincia-de-santa-fe","status":"publish","type":"convenios","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/convenios\/caja-de-seguridad-social-de-abogados-y-procuradores-de-la-provincia-de-santa-fe\/","title":{"rendered":"Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-convenios pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/12983?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png?357112440\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/12983?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png?1674575983\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><div><strong>Mecanismo de notificaciones existente en este Poder Judicial a disposici\u00f3n de la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe<\/strong><br \/>\n<strong>ACTA N\u00b0 27 PUNTO 1 DEL 14.6.201<\/strong>1.<br \/>\nINFORME DEL SE\u00d1OR PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- El se\u00f1or Presidente de este Cuerpo, Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTI\u00c9RREZ, informa que en fecha 3 de junio del corriente a\u00f1o firm\u00f3 en representaci\u00f3n del Poder Judicial, un Convenio de Colaboraci\u00f3n con la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, cuyo objeto es permitir entablar una acci\u00f3n coordinada que posibilite la realizaci\u00f3n de las notificaciones de las intimaciones que surjan de las tramitaciones realizadas por la Caja. A tal efecto, la Corte Suprema de Justicia pone a disposici\u00f3n de la Caja el mecanismo de notificaciones del Poder Judicial, en tanto la Caja se compromete a abonar el valor de los tickets de c\u00e9dulas, en un todo de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Alto Tribunal en Acuerdo del 06.04.10, sus futuras modificaciones y conforme lo establecido por el Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones de los Tribunales de la Provincia. &#8230; O\u00eddo lo cual, luego de un cambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el Se\u00f1or Procurador General Subrogante, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Presidencia.- FDO.: GUTIERREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. MOLINARI. BORDAS (SECRETARIO).<strong>Convenio de Colaboraci\u00f3n<\/strong><br \/>\n<strong>entre el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe<\/strong><br \/>\n<strong>y la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores<\/strong><br \/>\n<strong>de la Provincia de Santa Fe<\/strong><br \/>\nEntre la\u00a0<strong>CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,<\/strong>\u00a0representada en este acto por su Vicepresidente,\u00a0<strong>Dr. Elvio Francisco Rivero,<\/strong>\u00a0y el\u00a0<strong>PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,<\/strong>\u00a0representado en este acto por el se\u00f1or Presidente de la Corte Suprema de Justicia,\u00a0<strong>Dr. Rafael Francisco Guti\u00e9rrez,<\/strong>\u00a0acuerdan el presente Convenio de Colaboraci\u00f3n, sujeto a las cl\u00e1usulas siguientes:<br \/>\n<strong>PRIMERA:<\/strong>\u00a0El Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe se compromete a brindar asistencia a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, en relaci\u00f3n a las notificaciones de las intimaciones que desde esa dependencia deban ser enviadas con constancia fehaciente de recepci\u00f3n, a los profesionales que no cubrieron el m\u00ednimo anual del a\u00f1o correspondiente.<br \/>\n<strong>SEGUNDA:<\/strong>\u00a0A los fines indicados en la cl\u00e1usula primera, el presente acuerdo tiene por objeto permitir la colaboraci\u00f3n entre las partes firmantes a efectos de entablar una acci\u00f3n coordinada, que posibilite la realizaci\u00f3n de las notificaciones de las intimaciones que surjan de las tramitaciones realizadas por la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, a trav\u00e9s de la celeridad y seguridad que el servicio de notificaciones del Poder Judicial ofrece.<br \/>\n<strong>TERCERA<\/strong>: A los fines del cumplimiento del objeto del presente Convenio, mencionando en la cl\u00e1usula segunda, la Corte Suprema de Justicia pone a disposici\u00f3n de la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, el mecanismo de notificaciones existente en este Poder Judicial de acuerdo a lo establecido por el Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones de los Tribunales de la Provincia de Santa Fe. Asimismo la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe se compromete a abonar el valor de los tifket de c\u00e9dulas en un todo de acuerdo a las disposiciones establecidas mediante Acta de la Corte Suprema de Justicia de fecha 6\/4\/10, sus futuras modificaciones y a las disposiciones del Reglamento ya mencionado.<br \/>\nEn prueba de conformidad con las cl\u00e1usulas precedentes, se formaliza el presente convenio en tres (3) ejemplares, de igual tenor y a un mismo efecto, en la ciudad de Santa Fe, a los tres d\u00edas del mes de junio del a\u00f1o dos mil once.<\/p>\n<p><strong>CONVENIO MARCO DE COLABORACI\u00d3N ENTRE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y\u00a0 LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE<\/strong><br \/>\n<strong>Ratificado por Acuerdo N\u00b0 17 punto 01 del 19.04.2016<\/strong><\/p>\n<p>Entre la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, con domicilio en calle San Jer\u00f3nimo 1551 de Santa Fe, representada en este acto por su Presidente, Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTI\u00c9RREZ; y la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, con domicilio en calle 3 de Febrero 2761 de la ciudad de Santa Fe, representado por su Presidente, Dr. ELVIO FRANCISCO RIVERO, acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboraci\u00f3n sujeto a las siguientes cl\u00e1usulas:<br \/>\n<u>PRIMERA:<\/u>\u00a0El Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe se compromete a poner a disposici\u00f3n de la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, el acceso al Sistema de Autoconsulta de Expedientes del Poder Judicial que se encuentra en funcionamiento en los \u00f3rganos donde se ha implementado el Nuevo Sistema Inform\u00e1tico de Gesti\u00f3n Integral.- &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211; &#8211;<\/p>\n<p><u>SEGUNDA<\/u>: La Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe ingresar\u00e1 al Sistema con una identificaci\u00f3n \u00fanica y podr\u00e1 consultar la totalidad de los expedientes en los que se haya efectuado una actuaci\u00f3n referente a \u201cregulaci\u00f3n de honorarios\u201d. A tales efectos, cada unidad jurisdiccional que cuenta con el nuevo sistema inform\u00e1tico cargar\u00e1 en dicha oportunidad al \u00f3rgano de contralor con car\u00e1cter de parte, habilitando de este modo a la Caja la visualizaci\u00f3n del expediente en el sistema en cuesti\u00f3n.<br \/>\n<u>TERCERA<\/u>: El Poder Judicial otorgar\u00e1 un \u00fanico usuario y contrase\u00f1a de acceso a la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe. Este Poder Judicial se reserva el derecho de actualizaci\u00f3n de dicho usuario si las nuevas pol\u00edticas de seguridad inform\u00e1tica as\u00ed lo requieren.<br \/>\n<u>CUARTA<\/u>: Cualquier controversia emergente de la aplicaci\u00f3n e interpretaci\u00f3n de las convenciones del presente ser\u00e1 resuelta por acuerdo de partes.<br \/>\nEn prueba de conformidad, se firman dos (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo fin, en la ciudad de Santa Fe, a los 18 d\u00edas del mes de abril del a\u00f1o dos mil diecis\u00e9is.<\/p>\n<p><strong>CONVENIO MARCO DE COLABORACI\u00d3N\u00a0<\/strong><strong>ENTRE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, LAS CAJAS FORENSES DE LA PRIMERA Y SEGUNDA CIRCUNSCRIPCI\u00d3N JUDICIAL, Y LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA\u00a0<\/strong><strong>PROVINCIA DE SANTA FE<br \/>\nRatificado por Acuerdo del 13.04.2021 (Acta 12, pto. 2).<\/strong><\/p>\n<p>Entre la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, con domicilio en calle Balcarce Nro. 1651 de Santa Fe, representada en este acto por su Presidente, Dr. ROBERTO FALISTOCCO; la Caja Forense de la Primera Circunscripci\u00f3n Judicial de la Provincia de Santa Fe, con domicilio en calle 3 de Febrero N\u00b02761 de la ciudad de Santa Fe, representada en este acto por su Presidente, Dr. GABRIEL SOLA; la Caja Forense de la Segunda Circunscripci\u00f3n Judicial de la Provincia de Santa Fe, con domicilio en calle Av. Pellegrini N\u00b02077 de la ciudad de Rosario, representada en este acto por su Presidente, Dr. LISANDRO PICASSO NETRI; y la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe, con domicilio en calle 3 de Febrero N\u00b02761, 4\u00b0 Piso de la ciudad de Santa Fe, representada en este acto por su Presidente, Dr. JORGE EDUARDO DALLA COSTA, acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboraci\u00f3n sujeto a las siguientes cl\u00e1usulas:<br \/>\n<u>PRIMERA<\/u>: La Corte Suprema de Justicia pone a disposici\u00f3n de Las Cajas una nueva funcionalidad del sistema de gesti\u00f3n SISFE, mediante el cual las mismas quedar\u00e1n vinculadas autom\u00e1ticamente en todos los expedientes jurisdiccionales de derecho privado que se presenten por ante este Poder Judicial, una vez que cobre operatividad el presente acuerdo, y desde el inicio de las respectivas actuaciones.<br \/>\n<u>SEGUNDA<\/u>: Las Cajas ingresar\u00e1n al sistema de gesti\u00f3n con la clave de identificaci\u00f3n \u00fanica que actualmente poseen y podr\u00e1n consultar la totalidad de los expedientes iniciados, como as\u00ed tambi\u00e9n efectuar presentaciones en los mismos a trav\u00e9s del sistema de autoconsulta web con que cuenta esta herramienta inform\u00e1tica.<br \/>\n<u>TERCERA<\/u>: En el marco de esta implementaci\u00f3n, las partes acuerdan una nueva forma de intercomunicaci\u00f3n digital, mediante la cual, con los beneficios que otorga la seguridad de la firma digital, se efectuar\u00e1n las comunicaciones entre los \u00f3rganos jurisdiccionales de este Poder Judicial y las respectivas Cajas. El mismo consistir\u00e1 en lo siguiente<\/p>\n<ul>\n<li>a) Todas las vistas y traslados que efect\u00faen los Juzgados, Tribunales y \u00f3rganos de este Poder Judicial en actuaciones bajo su jurisdicci\u00f3n hacia las diferentes Cajas, se materializar\u00e1 a trav\u00e9s de correo electr\u00f3nico con firma digital de funcionario responsable.<\/li>\n<li>b) Las Cajas evacuar\u00e1n las correspondientes vistas y traslados mediante la consulta web del expediente en cuesti\u00f3n, sin necesidad del soporte papel. Posteriormente presentar\u00e1n su informe o dictamen a trav\u00e9s del sistema de autoconsultas web de este Poder Judicial, signado digitalmente por el funcionario responsable designado por cada entidad.<\/li>\n<li>c) Los Juzgados, Tribunales y \u00f3rganos de este Poder Judicial, incorporar\u00e1n el informe o dictamen presentado por las Cajas en el expediente respectivo, de conformidad con el reglamento de \u201c Presentaci\u00f3n Electr\u00f3nica de Escritos en Expedientes Iniciados y en tr\u00e1mite \u2013 Autoconsulta Online\u201d<\/li>\n<\/ul>\n<p><u>CUARTA<\/u>: Para los casos en que el sistema no estuviere disponible debido a interrupciones moment\u00e1neas ante la necesidad de realizar tareas t\u00e9cnicas de mantenimiento, o por causas ajenas a este Poder Judicial como ser caso fortuito o fuerza mayor, o ante situaciones de urgencia extrema, la presentaci\u00f3n de escritos en estas situaciones se podr\u00e1 realizar por correo electr\u00f3nico con firma digital dirigido a la cuenta de correo institucional del \u00f3rgano jurisdiccional donde tramita el expediente, en el mismo horario de atenci\u00f3n del Juzgado o Tribunal.<br \/>\n<u>QUINTA<\/u>: En aquellos supuestos que las actuaciones jurisdiccionales no se encuentren digitalizadas en partes que resulten esenciales para los respectivos informes o dict\u00e1menes que deban evacuar las Cajas, \u00e9stas podr\u00e1n pedir excepcionalmente la visualizaci\u00f3n del expediente papel. Dicha visualizaci\u00f3n podr\u00e1 cumplirse con la presentaci\u00f3n f\u00edsica del expediente, o con la digitalizaci\u00f3n completa del mismo por parte del Juzgado o unidad judicial.<br \/>\n<u>SEXTA<\/u>: A los efectos previstos en las cl\u00e1usulas anteriores, la puesta en funcionamiento del proyecto aqu\u00ed descripto entrar\u00e1 en vigencia de manera progresiva en todas las Sedes de este Poder Judicial, una vez que LAS PARTES consideren que se encuentran dadas las condiciones necesarias para su correcto desempe\u00f1o de manera sustentable.<br \/>\n<u>S\u00c9PTIMA<\/u>: Cualquier controversia emergente de la aplicaci\u00f3n e interpretaci\u00f3n de las convenciones del presente ser\u00e1 resuelta por acuerdo de partes.<br \/>\nEn prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo fin, en la ciudad de Rosario, a los 8 d\u00edas del mes de abril del a\u00f1o dos mil veintiuno.-<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"convenios\" data-cat=\"colegios-profesionales\" data-modified=\"120\" data-title=\"Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"author":12,"template":"","categories":[3090],"tags":[],"class_list":["post-12983","convenios","type-convenios","status-publish","hentry","category-colegios-profesionales"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/12983","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/convenios"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=12983"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=12983"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=12983"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}