 {"id":13051,"date":"2022-05-12T10:20:23","date_gmt":"2022-05-12T13:20:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/?post_type=convenios&#038;p=13051"},"modified":"2022-05-12T10:20:23","modified_gmt":"2022-05-12T13:20:23","slug":"municipalidad-de-rosario-cesion-de-espacios-para-defensorias-zonales","status":"publish","type":"convenios","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/convenios\/municipalidad-de-rosario-cesion-de-espacios-para-defensorias-zonales\/","title":{"rendered":"Municipalidad de Rosario &#8211; Cesi\u00f3n de espacios para Defensor\u00edas Zonales"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-convenios pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/13051?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/13051?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><p><b><i>Ratificado por Acta n\u00famero 42, punto 4, de fecha 01.10.2009<\/i><\/b><br \/>\n<strong>CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO Y EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS DEFENSOR\u00cdAS GENERALES ZONALES EN LOS CENTROS MUNICIPALES DE DISTRITO<\/strong><br \/>\nEntre el\u00a0<strong>PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE<\/strong>, representado en este acto por el Sr. Presidente de la Excma. Corte Suprema de Justicia,\u00a0<strong>Dr. ROBERTO H\u00c9CTOR FALISTOCCO<\/strong>, por una parte; y la\u00a0<strong>MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ROSARIO<\/strong>, con la representaci\u00f3n del Sr. Intendente Municipal,\u00a0<strong>Ing. ROBERTO MIGUEL LIFSCHITZ<\/strong>, cuya firma refrenda el Secretario General,\u00a0<strong>Ing. JOS\u00c9 LE\u00d3N GARIBAY<\/strong>; dado que es de inter\u00e9s de la Municipalidad y del Poder Judicial mantener rec\u00edproca colaboraci\u00f3n, a fin de acercar mayores servicios y beneficios a los habitantes de la ciudad de Rosario, en cada uno de los Centros Municipales, las partes formalizan el presente Convenio de Colaboraci\u00f3n, que se regir\u00e1 por las siguientes cl\u00e1usulas:<br \/>\nPrimera: El presente convenio regir\u00e1 las relaciones entre las partes en los siguientes lugares: en el CMD Oeste &#8220;Felipe Mor\u00e9&#8221; con domicilio en calle Pte. Per\u00f3n 4602, en el CMD Sur con domicilio en calle Av. Uriburu 637, y el CMD Sudoeste con domicilio en Av. Francia 4435.<br \/>\nLos espacios que se ceden para el uso de la Corte Suprema de Justicia ser\u00e1n los que seguidamente se detallan: en el CMD Oeste se otorga un espacio de 30 m2; en el CMD Sur se asigna un espacio de 18 m2; y en el CMD Sudoeste se otorga un espacio de 15 m2.<br \/>\nSegunda: La Corte Suprema de Justicia instalar\u00e1 en los Centros Municipales antes nombrados Defensor\u00edas Generales Zonales del Poder Judicial, a fin de descentralizar geogr\u00e1ficamente la administraci\u00f3n de justicia, acentuar sus aspectos preventivos y facilitar de esta forma el acceso del Vecino al sistema jurisdiccional.<br \/>\nTercera: A fin de dar cumplimiento con lo antes dicho, la Corte Suprema de Justicia deber\u00e1 asegurar en el \u00e1mbito del CMD respectivo, como m\u00ednimo, los servicios de:<br \/>\n&#8211; Solicitar partidas de nacimiento, matrimonio, defunci\u00f3n a todas las provincias.<br \/>\n&#8211; Intervenir en los asuntos extrajudiciales que se relacionen con la persona e intereses de menores, incapaces, ausentes o pobres, a fin de asumir la defensa de sus derechos. &#8211; Preparar documentaci\u00f3n para que los defendidos puedan iniciar juicio.<br \/>\n&#8211; Realizar Informaciones Sumarias, tendientes a rectificar nombres o acreditar estado.<br \/>\n&#8211; Oficios a reparticiones p\u00fablicas.<br \/>\n&#8211; Solicitar que la polic\u00eda acompa\u00f1e a los vecinos cuando retiran sus pertenencias de su hogar.<br \/>\n&#8211; Otorgar Certificados de Pobreza para obtener el Documento Nacional de Identidad en forma gratuita.<br \/>\n&#8211; Peticionar Informes Ambientales.<br \/>\n&#8211; Realizar Declaratoria de Herederos al solo fin de resolver cuestiones previsionales.<br \/>\n&#8211; Solicitar Tutelas, Cuartelas, Tenencias.<br \/>\n&#8211; Atender consultas de toda \u00edndole, especialmente referidas a temas laborales y de familia (alimentos, r\u00e9gimen de visitas, divorcios). En caso de no lograr acuerdos en los casos de familia, derivarlos a los Tribunales de Familia. Cuando llegan a acuerdos, controlar su cumplimiento, a pedido de parte.<br \/>\n&#8211; Realizar Convenios.<br \/>\nCuarta: El Director General del CMD respectivo, o en su defecto la Secretar\u00eda General, ser\u00e1 la autoridad de gobierno que receptar\u00e1 las propuestas sobre el funcionamiento en el lugar, aprobar\u00e1 o rechazar\u00e1 las mismas, ejercer\u00e1 el contralor peri\u00f3dico de su efectivo cumplimiento, y en definitiva representar\u00e1 a la Municipalidad en la administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de este convenio.<br \/>\nQuinta: La Corte Suprema de Justicia se responsabiliza por los da\u00f1os o perjuicios que el personal o equipamiento a su servicio pudiese efectuar a terceros o a las instalaciones del CMD donde funcione.<br \/>\nSexta: La Corte Suprema de Justicia se compromete a coordinar con la Municipalidad de Rosario el dise\u00f1o, distribuci\u00f3n de espacios, mobiliario, equipamiento, elementos de identificaci\u00f3n institucional, etc. que la Corte Suprema de Justicia destine para el funcionamiento de sus oficinas.<br \/>\nS\u00e9ptima: La Municipalidad se compromete a hacer extensivos a la Corte Suprema de Justicia los siguientes servicios con los que contar\u00e1 el CMD respectivo: servicio el\u00e9ctrico destinado a iluminar y alimentaci\u00f3n de equipos inform\u00e1ticos y de comunicaciones; servicio de vigilancia; servicio de limpieza, debiendo la Corte Suprema de Justicia facilitar el acceso el personal que oportunamente se designe; servicio de calefacci\u00f3n y aire acondicionado central; salidas para telefon\u00eda y comunicaciones, siendo responsabilidad de la Corte Suprema de Justicia la adquisici\u00f3n y el pago de las facturaciones de las l\u00edneas correspondientes.<br \/>\nOctava: La Municipalidad de Rosario, se compromete a permitir a la Corte Suprema de Justicia el acceso a su Sistema de Gesti\u00f3n y Administraci\u00f3n de Turnos Diarios, para su utilizaci\u00f3n en el \u00e1mbito f\u00edsico de los Centros Municipales de Distrito y a brindar la capacitaci\u00f3n sobre el mismo a los usuarios que cumplan funciones en el lugar.<br \/>\nLa Corte Suprema de Justicia se compromete a utilizar el Sistema provisto, como mecanismo de acceso y atenci\u00f3n al p\u00fablico en forma continua y permanente, para lo cual deber\u00e1 conectarse a la red de datos de la Municipalidad mediante una PC de su propiedad y adecuada a tal fin por cada puesto de atenci\u00f3n al p\u00fablico, e instrumentar\u00e1 los mecanismos de seguridad que considere convenientes y necesarios a los fines de salvaguardar su informaci\u00f3n y proteger el acceso a sus propios sistemas.<br \/>\nNovena: Atento la pol\u00edtica comunicacional institucional que posee la Municipalidad de Rosario, las partes acuerdan que toda informaci\u00f3n y\/o comunicaci\u00f3n que la Corte Suprema de Justicia necesite vehiculizar al vecino, deber\u00e1 ser planificada con antelaci\u00f3n y entregada al Coordinador Administrativo del Centro Municipal de Distrito qui\u00e9n junto al Coordinador de Comunicaci\u00f3n Social del CMD la adaptar\u00e1n a un contenido y dise\u00f1o. Respecto a la informaci\u00f3n y\/o comunicaci\u00f3n que deba ser transmitida hacia el interior de cada oficina se proh\u00edbe a la Corte Suprema de Justicia pegar y\/o sujetar cualquier tipo de cartel, papel, afiche y otros elementos similares. De ser necesaria la misma se acordar\u00e1n con el Coordinador Administrativo del CMD otras formas de comunicaci\u00f3n seg\u00fan standards en funcionamiento.<br \/>\nD\u00e9cima: El personal de las Defensor\u00edas Zonales podr\u00e1 hacer uso de las instalaciones previstas en la cl\u00e1usula quinta dentro del horario de 7 a 18 horas en d\u00edas laborables, debiendo coordinar la utilizaci\u00f3n de las mismas en otro horario o en d\u00edas no laborables.<br \/>\nD\u00e9cimoprimera: La vigencia del presente convenio se fija en dos (2) a\u00f1os, siendo el mismo prorrogable autom\u00e1ticamente por iguales per\u00edodos, salvo notificaci\u00f3n fehaciente de cualquiera de las partes, de su voluntad de rescindir, con sesenta d\u00edas de anticipaci\u00f3n.<br \/>\nD\u00e9cimosegunda: La norma que a continuaci\u00f3n se transcribe se considera parte integrante de este convenio: &#8220;Art. 18 de la Ley Org\u00e1nica de Municipalidades n\u030a 2756: Cuando la Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporaci\u00f3n arbitrar\u00e1 dentro del t\u00e9rmino de seis meses siguientes a la notificaci\u00f3n de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripci\u00f3n formar\u00e1 parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representaci\u00f3n del municipio y deber\u00e1 ser transcripta en toda escritura p\u00fablica o contrato que se celebre con particulares&#8221;.<br \/>\nSe transcribe asimismo el art. 55 de la Ordenanza de Contabilidad. &#8220;No obstante lo dispuesto en el art\u00edculo anterior, en casos excepcionales podr\u00e1n contraerse obligaciones susceptibles de traducirse en compromisos sobre presupuestos a dictarse para a\u00f1os financieros futuros, en los casos siguientes: \u2026c) Locaciones de Inmuebles y de Servicios y Contratos de Suministros u otros gastos de operaci\u00f3n, cuando procuren ventajas econ\u00f3micas, aseguren la continuidad de los servicios, permitan lograr colaboraciones intelectuales o t\u00e9cnicas o lo indiquen las costumbres administrativas. El Departamento Ejecutivo cuidar\u00e1 de incluir en el Proyecto de Presupuesto para cada a\u00f1o financiero, las previsiones necesarias para imputar los gastos comprometidos en virtud de lo autorizado por el presente art\u00edculo e incluir\u00e1 en los contratos pertinentes la cl\u00e1usula rescisoria a favor de la Municipalidad, sin indemnizaci\u00f3n, si no se votan en los per\u00edodos siguientes los cr\u00e9ditos que permitan atender las erogaciones&#8221;.<br \/>\nEn prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Rosario, a los treinta d\u00edas del mes de septiembre del a\u00f1o dos mil nueve.<\/p>\n<p><strong>Convenio\u00a0<\/strong><strong>Entre la Municipalidad de Rosario y\u00a0<\/strong><strong>la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe\u00a0<\/strong><strong>Funcionamiento de las Defensor\u00edas Generales Zonales\u00a0<\/strong><strong>en los Centros Municipales de Distritos<br \/>\nRatificado por Acuerdo del 20.04.2021 (Acta 13, pto. 2).<\/strong><\/p>\n<p>En la ciudad de Rosario a los ocho d\u00edas del mes de abril de dos mil veintiuno, entre la Municipalidad de Rosario, con domicilio en calle Buenos Aires 711 de la ciudad de Rosario, representada en \u00e9ste acto por el se\u00f1or Intendente Municipal Dr. Pablo Lautaro Javkin, refrendando su firma el se\u00f1or Secretario de Modernizaci\u00f3n y Cercan\u00eda Lic. Germ\u00e1n Gir\u00f3, por una parte en adelante denominada \u201cLA MUNICIPALIDAD\u201d y por la otra, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, con domicilio en calle San Jer\u00f3nimo 1551 de la ciudad de Santa Fe, representada en \u00e9ste acto por su Presidente, Dr. Roberto H\u00e9ctor Falistocco en adelante denominada \u201cLA CORTE\u201d, y en conjunto \u201cLAS PARTES\u201d, convienen en celebrar el presente Convenio de Colaboraci\u00f3n, de acuerdo a las consideraciones y cl\u00e1usulas que a continuaci\u00f3n se detallan:<br \/>\n<u><strong>ANTECEDENTES<\/strong><\/u><strong>:\u00a0<\/strong>Las partes han acordado por Convenio de fecha 30 de Setiembre de 2009 el funcionamiento de las Defensor\u00edas Generales Zonales en los Centros Municipales de Distrito, con el objetivo de acercar a los ciudadanos\/as los servicios descentralizados de administraci\u00f3n de justicia acentuando sus aspectos preventivos, facilitando de esta forma el acceso del vecino\/a al sistema jurisdiccional. Por lo que siendo de inter\u00e9s continuar profundizando la colaboraci\u00f3n en pos del beneficio de los\/las habitantes de la ciudad de Rosario, las partes establecen por el presente los lineamientos que regir\u00e1n el funcionamiento de las Defensor\u00edas Generales Zonales en adelante \u201cLAS DEFENSORIAS\u201d en los espacios situados en los Centros Municipales de Distrito, en adelante los \u201cC.M.D.\u201d.<br \/>\nEn virtud de lo expuesto, las partes acuerdan:<br \/>\n<u><strong>PRIMERA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong>\u00a0Las partes manifiestan que habiendo otorgado LA MUNICIPALIDAD autorizaci\u00f3n a LA CORTE en espacios determinados dentro de los Centros Municipales de Distrito para la instalaci\u00f3n de Defensor\u00edas Generales Zonales, en la oportunidad se otorga un espacio m\u00e1s para el funcionamiento de la Defensor\u00eda Zonal Nro. 3 en el \u00e1mbito del \u201cDistrito Municipal Noroeste Olga Cessettini\u201d. De esta manera, el esquema de Defensor\u00edas Zonales de esta ciudad de Rosario quedar\u00e1 conformado en virtud de lo establecido en el Anexo I, que forma parte integrante del presente.<br \/>\n<u><strong>SEGUNDA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong>\u00a0LA MUNICIPALIDAD se compromete a:<br \/>\n<strong>1.<\/strong>\u00a0Suministrar a LAS DEFENSORIAS los siguientes servicios con los que contar\u00e1 en el espacio que se le asigne en cada CMD:<br \/>\n-Servicio el\u00e9ctrico destinado a iluminaci\u00f3n y alimentaci\u00f3n de equipos inform\u00e1ticos y de comunicaciones.<br \/>\n-Servicio de vigilancia.<br \/>\n-Servicio de limpieza, debi\u00e9ndose facilitar el acceso del personal que oportunamente se designe.<br \/>\n-Servicio de calefacci\u00f3n y aire acondicionado central.<br \/>\n-Salidas para telefon\u00eda y comunicaciones e Internet, siendo responsabilidad de LA CORTE la adquisici\u00f3n y el pago de las facturaciones de las l\u00edneas correspondientes.<br \/>\n<strong>2.\u00a0<\/strong>Permitir a LAS DEFENSORIAS el acceso a sus sistemas de gesti\u00f3n de turnos, y poner a su disposici\u00f3n los permisos necesarios para su uso, limitando su utilizaci\u00f3n a lo relacionado estrictamente a la atenci\u00f3n en los Centros Municipales de Distrito.<br \/>\n<strong>3<\/strong>. Brindar capacitaci\u00f3n sobre el sistema mencionado en el inciso anterior a los usuarios que LA CORTE designe y que cumplan funciones dentro del \u00e1mbito asignado a LAS DEFENSORIAS .<br \/>\n<strong>4.\u00a0<\/strong>Establecer el dise\u00f1o y la distribuci\u00f3n de espacios, mobiliario, equipamiento, elementos de identificaci\u00f3n institucional y todo otro lineamiento relacionado con el funcionamiento del espacio asignado para la atenci\u00f3n al p\u00fablico, en la medida de los recursos disponibles, respetando el dise\u00f1o institucional dispuesto por LA CORTE.<br \/>\n<u><strong>TERCERA<\/strong><\/u><strong>:\u00a0<\/strong>A fin de dar cumplimiento a los objetivos propuestos, LA CORTE deber\u00e1 asegurar en el \u00e1mbito asignado en el CMD respectivo, como m\u00ednimo, los servicios de:<\/p>\n<ol>\n<li>Solicitud de partidas de nacimiento, matrimonio, defunci\u00f3n a todas las provincias.<\/li>\n<li>Intervenci\u00f3n en los asuntos extrajudiciales que se relacionen con la persona e intereses de menores, incapaces, ausentes o pobres, a fin de asumir la defensa de sus derechos.<\/li>\n<li>Preparaci\u00f3n de documentaci\u00f3n para que los defendidos puedan iniciar juicio.<\/li>\n<li>Realizaci\u00f3n de Informaciones Sumarias, tendientes a rectificar nombres o acreditar estado.<\/li>\n<li>Oficios a reparticiones p\u00fablicas.<\/li>\n<li>Otorgamiento de Certificados de Pobreza para obtener el Documento Nacional Identidad en forma gratuita.<\/li>\n<li>Realizaci\u00f3n de Declaratoria de Herederos al solo fin de resolver cuestiones previsionales.<\/li>\n<li>Solicitud de Tutelas, Cuartelas, Tenencias.<\/li>\n<li>Atenci\u00f3n de consultas de toda \u00edndole, especialmente referidas a temas laborales y de familia (alimentos, r\u00e9gimen de visitas, divorcios).<\/li>\n<li>Dem\u00e1s tramites concernientes a LAS DEFENSORIAS.<\/li>\n<\/ol>\n<p><u><strong>CUARTA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong>\u00a0LA CORTE asumir\u00e1 el compromiso de:<br \/>\n<strong>1.<\/strong>\u00a0Utilizar el Sistema provisto, como mecanismo de acceso y atenci\u00f3n al p\u00fablico en forma continua y permanente, para lo cual deber\u00e1 conectarse a la red de datos de LA MUNICIPALIDAD mediante una PC de su propiedad y adecuada a tal fin por cada puesto de atenci\u00f3n al p\u00fablico, e instrumentar\u00e1 los mecanismos de seguridad que considere convenientes y necesarios a los fines de salvaguardar su informaci\u00f3n y proteger el acceso a sus propios sistemas. Si las partes considerasen necesario fijar t\u00e9rminos espec\u00edficos sobre la modalidad de uso del Sistema de Turnos y\/o las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas requeridas para el acceso y conexi\u00f3n hacia y desde la red de Municipalidad, se establecer\u00e1 un acuerdo particular que as\u00ed lo determine.<br \/>\n2. El horario de atenci\u00f3n al p\u00fablico en las referidas Defensor\u00edas Zonales ser\u00e1 de 7.15hs. a 12.45 hs.<br \/>\nEl modo y tipo de atenci\u00f3n podr\u00e1 ser modificada en casos excepcionales de fuerza mayor o por imposibilidad de cumplimiento por causas ajenas a las partes. Asimismo tales modificaciones o alteraciones ser\u00e1n comunicadas por intermedio del Director del CMD, con antelaci\u00f3n suficiente antes de ser puestas en marcha.<br \/>\nToda modificaci\u00f3n con car\u00e1cter permanente, relacionada con el funcionamiento de la atenci\u00f3n al p\u00fablico por parte de LAS DEFENSOR\u00cdAS, ser\u00e1 comunicada al Secretario de Modernizaci\u00f3n y Cercan\u00eda \u00f3 en su defecto, la Subsecretar\u00eda respectiva, quienes establecer\u00e1n los lineamientos de organizaci\u00f3n en funci\u00f3n de satisfacer los requerimientos de servicios.<br \/>\n<u><strong>QUINTA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong>\u00a0Atento la pol\u00edtica comunicacional institucional que posee LA MUNICIPALIDAD, las partes acuerdan que toda informaci\u00f3n y\/o comunicaci\u00f3n que LA CORTE necesite vehiculizar al vecino, deber\u00e1 ser planificada con antelaci\u00f3n y comunicada al Director del CMD qui\u00e9n junto al Coordinador de Comunicaci\u00f3n Social del CMD la adaptar\u00e1n a un contenido y dise\u00f1o.<br \/>\nRespecto a la informaci\u00f3n y\/o comunicaci\u00f3n que deba ser transmitida hacia el interior de cada oficina se proh\u00edbe pegar y\/o sujetar cualquier tipo de cartel, papel, afiche y otros elementos similares, a excepci\u00f3n de la carteler\u00eda obligatoria que se disponga. De ser necesaria la misma, se acordar\u00e1n con el Director del CMD otras formas de comunicaci\u00f3n seg\u00fan standards en funcionamiento.<br \/>\n<u><strong>SEXTA<\/strong><\/u><strong>:\u00a0<\/strong>El Secretario de Modernizaci\u00f3n y Cercan\u00eda ser\u00e1 la autoridad de gobierno que representar\u00e1 a LA MUNICIPALIDAD en la administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de este convenio, receptar\u00e1 las propuestas, aprobar\u00e1 o rechazar\u00e1 las mismas, y en definitiva ejercer\u00e1 el contralor peri\u00f3dico de su efectivo cumplimiento.<br \/>\n<u><strong>SEPTIMA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong><strong>\u00a0<\/strong>El presente convenio tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de un (1) a\u00f1o a partir de la fecha de suscripci\u00f3n, siendo el mismo prorrogable autom\u00e1ticamente por iguales per\u00edodos. No obstante ello, LA MUNICIPALIDAD podr\u00e1 rescindirlo en cualquier momento notificando a LA CORTE con una antelaci\u00f3n no inferior a 30 (treinta) d\u00edas, sin que tal circunstancia genere derecho a \u00e9sta \u00faltima a reclamar indemnizaci\u00f3n de ninguna especie.<br \/>\n<u><strong>OCTAVA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong><strong>\u00a0<\/strong>LA MUNICIPALIDAD queda exenta de toda responsabilidad por los da\u00f1os y perjuicios que pudieran sufrir los integrantes y\/o dependientes y\/o bienes de LA CORTE con motivo del presente, y a\u00fan por caso fortuito y\/o fuerza mayor, as\u00ed como tambi\u00e9n de los da\u00f1os ocasionados a terceros que se produjeren con motivo \u00f3 en ocasi\u00f3n del desarrollo de los compromisos asumidos en el marco del presente acuerdo.<br \/>\n<u><strong>NOVENA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong><strong>\u00a0<\/strong>Ante cualquier conflicto que pudiera derivarse de la interpretaci\u00f3n y\/o ejecuci\u00f3n del presente acuerdo, LAS PARTES emprender\u00e1n activas tratativas directas para resolverlo y en su caso, acudir\u00e1n a procedimientos alternativos de soluci\u00f3n de controversias. De no arribarse a un acuerdo, se someter\u00e1n a la jurisdicci\u00f3n de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, renunciando a cualquier otro fuero y\/o jurisdicci\u00f3n que pudiere corresponder.<br \/>\n<u><strong>DECIMA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong>\u00a0LAS PARTES declaran que todas las notificaciones que se cursaren con motivo del presente convenio, se cursar\u00e1n a los siguientes domicilios electr\u00f3nicos:<br \/>\nLA MUNICIPALIDAD:\u00a0<u>modernizaci\u00f3nycercania@rosario.gov.ar<\/u><br \/>\nLA CORTE: secletrada-mesaentradas@justiciasantafe.gov.ar<br \/>\n<u><strong>DECIMO PRIMERA<\/strong><\/u><strong>:<\/strong>\u00a0<u>Resoluci\u00f3n N.\u00ba 184 I.M.<\/u>\u00a0: \u201cRosario, 15 de julio de 1982. Visto que resulta necesario proveer lo pertinente, a fin de que en todo contrato en el cual participe \u00e9sta Municipalidad, conste el domicilio real de la contraparte, -SE RESUELVE-:1\u00b0 En todos los contratos en los cuales, \u00e9sta Municipalidad sea parte, deber\u00e1 colocarse el domicilio real de la contraparte. Cuando se tratara de sociedades, adem\u00e1s deber\u00e1 colocarse, con indicaci\u00f3n de sus titulares, el domicilio real de los socios solidarios. 2\u00b0.- Mientras subsistan los efectos contractuales, todo cambio de domicilio deber\u00e1 notificarse por escrito a la repartici\u00f3n correspondiente seg\u00fan el contrato de que se trate. Si as\u00ed no se hiciere, toda notificaci\u00f3n al domicilio denunciado en el contrato surtir\u00e1 total efecto. 3\u00b0 Esta Resoluci\u00f3n deber\u00e1 insertarse obligatoriamente en todo contrato como parte integrante del mismo. 4\u00b0- Insertar por la Subsecretar\u00eda de Hacienda, y con conocimiento de la Contadur\u00eda General y de la Direcci\u00f3n General de Finanzas, archivar.-<br \/>\nEn prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha precedentemente indicados.<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"convenios\" data-cat=\"municipios\" data-modified=\"120\" data-title=\"Municipalidad de Rosario &#8211; Cesi\u00f3n de espacios para Defensor\u00edas Zonales\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"author":12,"template":"","categories":[3098],"tags":[],"class_list":["post-13051","convenios","type-convenios","status-publish","hentry","category-municipios"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/13051","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/convenios"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13051"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13051"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13051"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}