 {"id":36801,"date":"2023-09-11T10:47:18","date_gmt":"2023-09-11T13:47:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/?post_type=convenios&#038;p=36801"},"modified":"2023-09-11T10:47:18","modified_gmt":"2023-09-11T13:47:18","slug":"convenio-de-cooperacion-corte-suprema-de-justicia-de-santa-fe-nuevo-banco-de-santa-fe-s-a-y-la-caja-de-seguridad-social-de-abogados-y-procuradores-de-la-provincia-de-santa-fe-boleta-unica-de-inici","status":"publish","type":"convenios","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/convenios\/convenio-de-cooperacion-corte-suprema-de-justicia-de-santa-fe-nuevo-banco-de-santa-fe-s-a-y-la-caja-de-seguridad-social-de-abogados-y-procuradores-de-la-provincia-de-santa-fe-boleta-unica-de-inici\/","title":{"rendered":"Convenio de Cooperaci\u00f3n Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Nuevo Banco de Santa Fe S.A.  y La Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores  de la Provincia de Santa Fe Boleta \u00danica de Iniciaci\u00f3n de Juicios (Procesos Sucesorios)"},"content":{"rendered":"<div class=\"pdfprnt-buttons pdfprnt-buttons-convenios pdfprnt-top-right\"><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/36801?print=pdf\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-pdf\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/pdf.png?357112440\" alt=\"image_pdf\" title=\"Ver PDF\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/36801?print=print\" class=\"pdfprnt-button pdfprnt-button-print\" target=\"_blank\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/wp-content\/plugins\/pdf-print-pro\/images\/print.png?1674575983\" alt=\"image_print\" title=\"Imprimir contenido\" \/><\/a><\/div><p><strong>Convenio de Cooperaci\u00f3n Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Nuevo Banco de Santa Fe S.A. y La Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe Boleta \u00danica de Iniciaci\u00f3n de Juicios (Procesos Sucesorios)<\/strong><\/p>\n<p><strong>Ratificado por Acuerdo del 30.08.2023 (Acta 28, pto. 1)<\/strong><\/p>\n<p>Entre la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE SANTA FE (en adelante \u201cLA CORTE\u201d), representada en este acto por el Sr. Presidente de LA CORTE Dr. DANIEL ANIBAL ERBETTA DNI N\u00b0 10.988.268, con domicilio en San Jer\u00f3nimo 1551 de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe; el NUEVO BANCO DE SANTA FE. S.A. (en adelante denominado \u201cEL BANCO\u201d) representado en este acto por el Sr. Gerente General y Apoderado General Dn. LUIS ROBERTO NU\u00d1EZ, DNI N\u00b0 14.798.987, con domicilio en Tucum\u00e1n 2545 2\u00b0 Piso de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, y la CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, representada en este acto por la Sra. Presidenta Dra. LAURA BEATRIZ SEQUEIRA, DNI N\u00b0 17.434.077, con domicilio en 3 de Febrero 2761 &#8211; 4\u00b0 Piso de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe (en adelante denominada \u201cLA CAJA\u201d), (LA CORTE, EL BANCO y LA CAJA se denominan en adelante y en conjunto LAS PARTES), se celebra de com\u00fan acuerdo el presente Convenio de Cooperaci\u00f3n, el que se regir\u00e1 por las siguientes cl\u00e1usulas:<\/p>\n<p>PRIMERA: Objeto. El objeto del presente, dentro del proceso de modernizaci\u00f3n de gestiones judiciales y de administraci\u00f3n del servicio de justicia que vincula a LAS PARTES, es establecer un marco general de cooperaci\u00f3n para llevar adelante acciones conjuntas, en pos de la reforma y simplificaci\u00f3n de las Boletas de Iniciaci\u00f3n de Juicios que se utilizan actualmente en los Tribunales de Justicia de la Provincia de Santa Fe.<br \/>\nEn esta etapa, LAS PARTES acuerdan reformular el dise\u00f1o y operatividad de la Boleta de Iniciaci\u00f3n de Juicios correspondiente al Proceso Sucesorio (LA BOLETA), la que pasar\u00e1 a tener las caracter\u00edsticas y contenido que seguidamente se desarrolla y el dise\u00f1o acordado y plasmado en el ANEXO que integra el presente.<\/p>\n<p>SEGUNDA: Operatividad \u2013 Coparticipaci\u00f3n de la recaudaci\u00f3n. LAS PARTES se comprometen a poner en funcionamiento LA BOLETA, que posibilitar\u00e1 la erogaci\u00f3n por parte de los profesionales del derecho, de determinados conceptos inherentes al proceso sucesorio en forma simplificada, a trav\u00e9s del pago de un importe \u00fanico al inicio del proceso, comprensivo de diversos conceptos para distintos entes beneficiarios, el que puede realizarse en forma presencial y digital.<br \/>\nLos fondos recaudados por EL BANCO &#8211; por s\u00ed o a trav\u00e9s de empresa subcontratada -, ser\u00e1n distribuidos por la entidad financiera de acuerdo a las regiones que correspondan y a los entes beneficiarios que se encuentran relacionados con los conceptos y c\u00f3digos incluidos en LA BOLETA.<br \/>\nEn cuanto a la operatividad acordada, el profesional del derecho debe ingresar a la p\u00e1gina web de la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe (en adelante LA CAJA) https:\/\/www.capsantafe.org.ar\/ y dentro de ella al link \u201cacceso a CGA\u201d donde con su usuario y contrase\u00f1a, podr\u00e1 generar LA BOLETA a los fines de su pago.<br \/>\nLuego selecciona la modalidad de pago de LA BOLETA: (i) en forma digital a trav\u00e9s de \u201cBot\u00f3n de Pago\u201d o (ii) en forma presencial, en un puesto de recaudaci\u00f3n \u201cSanta Fe Servicios\u201d o en las cajas de las Sucursales Tribunales Rosario y Santa Fe del BANCO. Para la opci\u00f3n (ii) se requiere la impresi\u00f3n de LA BOLETA por parte del profesional, que la propia p\u00e1gina web posibilita.<br \/>\nEl profesional del derecho que abona LA BOLETA obtiene un ticket (por duplicado) cuyo dise\u00f1o ser\u00e1 similar al modelo obrante en el ANEXO del presente.<br \/>\nA partir del archivo de rendici\u00f3n con los pagos realizados a trav\u00e9s de ambos canales (digital y presencial), se confeccionan las tablas que permiten la coparticipaci\u00f3n de la recaudaci\u00f3n percibida por EL BANCO a los fines de su debida distribuci\u00f3n entre los entes.<\/p>\n<p>TERCERA: Entes beneficiarios. Con la Boleta de Iniciaci\u00f3n de Juicio actualmente en vigencia (para procesos sucesorios), el profesional del derecho debe erogar y EL BANCO recaudar, lo correspondiente a los entes Colegio de Abogados (Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Circunscripci\u00f3n Judicial), Caja Forense (Primera y Segunda Circunscripci\u00f3n Judicial) y LA CAJA.<br \/>\nA partir de la nueva BOLETA, a los entes antes mencionados se adhieren los siguientes:<br \/>\n1) Poder Judicial de Santa Fe (Foja Cero y Registro de Procesos Universales).<br \/>\n2) La Administraci\u00f3n Provincial de Impuestos de Santa Fe (M\u00f3dulo Tributario, Caja de Pensiones Sociales Ley 5110, Bolet\u00edn Oficial de Santa Fe).<br \/>\n3) Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe (Primera y Segunda Circunscripci\u00f3n).<br \/>\nEn virtud de lo antes acordado, los entes que seguidamente se individualizan estar\u00e1n todos incluidos en LA BOLETA, ser\u00e1n beneficiarios de los porcentajes que se determinen en cada caso, y recibir\u00e1n en consecuencia las rendiciones y acreditaciones de fondos correspondientes que efect\u00fae EL BANCO:<br \/>\n1) Colegio de Abogados (Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Circunscripci\u00f3n Judicial).<br \/>\n2) Caja Forense (Primera y Segunda Circunscripci\u00f3n Judicial).<br \/>\n3) LA CAJA.<br \/>\n4) Poder Judicial de Santa Fe (Foja Cero y Registro de Procesos Universales).<br \/>\n5) La Administraci\u00f3n Provincial de Impuestos de Santa Fe (M\u00f3dulo Tributario, Caja de Pensiones Sociales Ley 5110, Bolet\u00edn Oficial de Santa Fe).<br \/>\n6) Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe (Primera y Segunda Circunscripci\u00f3n).<\/p>\n<p>CUARTA: Actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n. Los importes correspondientes a los conceptos incluidos en LA BOLETA podr\u00e1n ser actualizados, de conformidad con lo que establezca al efecto cada ente beneficiario. Las modificaciones deber\u00e1n ser comunicadas por cada ente a LA CAJA, a los fines de mantener actualizadas las tablas con los porcentajes de los entes a coparticipar.<br \/>\nLa modalidad de comunicaci\u00f3n de la modificaci\u00f3n a LA CAJA, el plazo de anticipaci\u00f3n y el procedimiento que en general y al efecto se determine, estar\u00e1n a cargo de LA CAJA, quien interactuar\u00e1 con cada ente a estos fines.<br \/>\nLos representantes de la Administraci\u00f3n Provincial de Impuestos de Santa Fe (M\u00f3dulo Tributario, Caja de Pensiones Sociales Ley 5110, Bolet\u00edn Oficial de Santa Fe), y del Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe (Primera y Segunda Circunscripci\u00f3n) presentar\u00e1n las respectivas adhesiones al presente convenio con el objeto de brindar su conformidad a la nueva operatoria dise\u00f1ada a partir de LA BOLETA y su incorporaci\u00f3n a la misma, tomando conocimiento adem\u00e1s de lo previsto en las cl\u00e1usulas de este acuerdo, en especial la obligaci\u00f3n de cada una de notificar a LA CAJA \u2013 cuando as\u00ed corresponda &#8211; las modificaciones de los importes que percibe como recaudaci\u00f3n, con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de hasta diez (10) d\u00edas mediante comunicaci\u00f3n v\u00eda e-mail al correo electr\u00f3nico sistemas@capsantafe.org.ar.- En caso de no realizarse la notificaci\u00f3n dentro de los plazos fijados se consideraran v\u00e1lidos los importes consignados en la boleta, sin el incremento fijado.<\/p>\n<p>QUINTA: Puesta en funcionamiento. A los efectos previstos en las cl\u00e1usulas anteriores, la entrada en vigencia y producci\u00f3n de LA BOLETA se llevar\u00e1 a cabo una vez que, culminadas las pruebas t\u00e9cnicas y operativas, LAS PARTES consideren que se encuentran dadas las condiciones necesarias para su correcta implementaci\u00f3n.<br \/>\nLAS PARTES podr\u00e1n disponer la coexistencia de LA BOLETA con la Boleta de Iniciaci\u00f3n de Juicio actualmente en uso en lo atinente a los procesos sucesorios, por el tiempo que de com\u00fan acuerdo se determine y hasta la realizaci\u00f3n de todos los ajustes t\u00e9cnicos y operativos correspondientes.<\/p>\n<p>SEXTA: Ventajas de LA BOLETA. LAS PARTES reconocen y manifiestan que la implementaci\u00f3n de LA BOLETA presentar\u00e1 las siguientes ventajas, en beneficio de toda la operatoria:<br \/>\n1.- el pago \u00fanico en un solo momento (al inicio del proceso), de gran cantidad de conceptos que bajo el actual sistema se abonan individualmente en distintas etapas del juicio sucesorio, contribuyendo adem\u00e1s a la celeridad del proceso, a la mejora de la recaudaci\u00f3n (al no quedar pendiente de pago ning\u00fan concepto desde el inicio mismo del proceso, con la sola excepci\u00f3n de la reposici\u00f3n del Poder) y a una m\u00e1s eficiente gesti\u00f3n del expediente sucesorio por parte de los actores del proceso.<br \/>\n2.- el cese de la realizaci\u00f3n de tr\u00e1mites particulares, diferentes en cuanto a la modalidad de c\u00e1lculo y ante distintos entes para cada concepto incluido ahora en LA BOLETA.<br \/>\n3.- el otorgamiento de distintos canales para el pago de LA BOLETA (canal digital a trav\u00e9s de \u201cBot\u00f3n de Pago\u201d y pago presencial en los puestos \u201cSanta Fe Servicios\u201d y en las cajas de Sucursales Tribunales Santa Fe y Rosario del BANCO).<br \/>\n4.- la estructura unificada de cobro y la posterior coparticipaci\u00f3n de la recaudaci\u00f3n entre los entes beneficiarios, lo que permitir\u00e1 que a futuro se le pueda dar el mismo tratamiento a cualquiera de los dem\u00e1s conceptos que se registran en otras boletas de iniciaci\u00f3n de juicios.<\/p>\n<p>SEPTIMA: Capacitaci\u00f3n. EL BANCO Y LA CORTE se comprometen a brindar la capacitaci\u00f3n pertinente para la operatoria con la nueva herramienta aqu\u00ed descripta, previo a su puesta en funcionamiento.<\/p>\n<p>OCTAVA: Comisiones. El PODER JUDICIAL estar\u00e1 exento del pago de cualquier tipo de gasto o comisi\u00f3n que se pudiere generar como consecuencia de la recaudaci\u00f3n prevista en esta nueva operatoria, ya sea que la misma se efect\u00fae por EL BANCO o por empresa subcontratada por este.- Asimismo el BANCO no incrementar\u00e1 a ninguna de las dem\u00e1s instituciones que suscriben y\/o se adhieran al presente, los gastos y\/o comisiones que a la fecha percibe por los conceptos detallados en la BOLETA sin acuerdo previo de partes.<\/p>\n<p>OCTAVA: Domicilios especiales. A todos sus efectos, las PARTES constituyen domicilios especiales en los enunciados en el encabezado del presente, donde se tendr\u00e1n por v\u00e1lidas y vinculantes las notificaciones y citaciones que por escrito se cursen en el marco de este Convenio. Los domicilios aqu\u00ed consignados tendr\u00e1n plena validez hasta tanto alguna de LAS PARTES intervinientes notifique su modificaci\u00f3n a la otra, por medio fehaciente.<\/p>\n<p>Previa lectura y ratificaci\u00f3n de cada una de LAS PARTES, se suscriben TRES (3) ejemplares igualmente v\u00e1lidos de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 24 d\u00edas del mes de agosto de 2023.<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"convenios\" data-cat=\"otros\" data-modified=\"120\" data-title=\"Convenio de Cooperaci\u00f3n Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Nuevo Banco de Santa Fe S.A.  y La Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores  de la Provincia de Santa Fe Boleta \u00danica de Iniciaci\u00f3n de Juicios (Procesos Sucesorios)\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"author":63,"template":"","categories":[3101],"tags":[],"class_list":["post-36801","convenios","type-convenios","status-publish","hentry","category-otros"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios\/36801","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/convenios"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/convenios"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/63"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=36801"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=36801"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=36801"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}