 {"id":8225,"date":"2021-12-23T09:55:26","date_gmt":"2021-12-23T12:55:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/?post_type=reglamentos&#038;p=8225"},"modified":"2021-12-23T09:55:26","modified_gmt":"2021-12-23T12:55:26","slug":"protocolizacion-de-dictamenes-y-actuaciones-del-ministerio-publico","status":"publish","type":"reglamentos","link":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/reglamentos\/protocolizacion-de-dictamenes-y-actuaciones-del-ministerio-publico\/","title":{"rendered":"Protocolizaci\u00f3n de dict\u00e1menes y actuaciones del Ministerio P\u00fablico"},"content":{"rendered":"<p><strong>REGLAMENTO DE PROTOCOLIZACION DE DICTAMENES\u00a0<\/strong><strong>Y ACTUACIONES DEL MINISTERIO PUBLICO<\/strong><br \/>\n<strong>Aprobado en Acuerdo del 8.9.04, Acta N\u00b0 36, Punto 5\u00b0 y sus modificatorias<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1<\/strong>: Ser\u00e1 deber de los Fiscales, Defensores Generales y Asesores de Menores llevar protocolos inform\u00e1ticos de dict\u00e1menes y actuaciones previstos en la presente reglamentaci\u00f3n, por orden num\u00e9rico y cronol\u00f3gico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2<\/strong>: Las Fiscal\u00edas de C\u00e1maras y Defensor\u00edas de C\u00e1maras, el Ministerio Pupilar con asiento en los Distritos Judiciales N\u00b0 1 -Santa Fe- y N\u00b0 2 -Rosario-, y las Fiscal\u00edas de Distrito de Santa Fe y Rosario, las Defensor\u00edas Generales Civiles de Santa Fe y Rosario, y las Defensor\u00edas Generales Zonales de dichas sedes llevar\u00e1n un solo protocolo inform\u00e1tico de dict\u00e1menes y actuaciones. Las Defensor\u00edas Generales de los restantes Distritos Judiciales y las Asesor\u00edas de Menores llevar\u00e1n un protocolo inform\u00e1tico por cada materia -penal y civil- en la que intervengan.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.1<\/strong>: Los Fiscales y Defensores de C\u00e1maras de las distintas Circunscripciones Judiciales deber\u00e1n incorporar al protocolo inform\u00e1tico todos los dict\u00e1menes y actuaciones realizadas en las distintas materias en las que deban intervenir.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.2<\/strong>: Los Presidentes del Ministerio Pupilar con asiento en los Distritos Judiciales N\u00b0 1 -Santa Fe- y N\u00b0 2 -Rosario-, deber\u00e1n incorporar al protocolo inform\u00e1tico las Actas de Acuerdos celebrados y los dict\u00e1menes y resoluciones adoptadas en dichos Acuerdos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.3<\/strong>: Los Defensores Generales Civiles de los Distritos Judiciales N\u00b0 1 -Santa Fe- y N\u00b0 2 -Rosario- deber\u00e1n incorporar al protocolo inform\u00e1tico los escritos de demanda, contestaciones de demanda y alegatos realizados en defensa de los derechos de menores, incapaces, ausentes o pobres ante los distintos \u00f3rganos jurisdiccionales<br \/>\n<strong>Art\u00edculo 2.4<\/strong>: Los Defensores Generales Zonales de los Distritos Judiciales N\u00b0 1 -Santa Fe- y N\u00b0 2 -Rosario- deber\u00e1n incorporar al protocolo inform\u00e1tico, los memoriales remitidos a los Defensores Generales con asiento en los Tribunales y los escritos presentados ante los distintos juzgados, en aquellas causas en las que pueden actuar patrocinando asuntos de jurisdicci\u00f3n voluntaria (Resoluciones N\u00b0 30\/96 y N\u00b0 31\/96)<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.5<\/strong>: Los Defensores Generales de los restantes Distritos Judiciales deber\u00e1n incorporar al protocolo inform\u00e1tico correspondiente a la materia civil los escritos de demandas, contestaciones de demanda y alegatos realizados en defensa de los derechos de menores, incapaces, ausentes o pobres ante los distintos Juzgados y -en su caso- las expresiones y contestaciones de agravios realizadas ante los Tribunales ante los que act\u00faan; como asimismo los dict\u00e1menes efectuados en virtud de asumir la competencia del Ministerio Pupilar como \u00f3rgano (art\u00edculo 154, ley 10.160).<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.6<\/strong>: Los Asesores de Menores deber\u00e1n incorporar al protocolo inform\u00e1tico correspondiente a la materia civil todos los dict\u00e1menes y actuaciones pertenecientes a las causas tramitadas en las Secretar\u00edas Civil y Social de los Juzgados de Menores, y los emitidos en causas relativas a menores en situaci\u00f3n de abandono y\/o tr\u00e1mites referentes a guarda y adopci\u00f3n de menores. En cuanto al protocolo inform\u00e1tico perteneciente a la materia penal, deber\u00e1n incorporar las defensas y dem\u00e1s actuaciones correspondientes a la Secretar\u00eda Penal del Juzgado de Menores.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2.7<\/strong>: Protocolo de Actas: Sin perjuicio de lo dispuesto en los art\u00edculos precedentes los Fiscales, Defensores y Asesores de Menores deber\u00e1n llevar un protocolo inform\u00e1tico especial en el cual se incorporar\u00e1n las Actas labradas en ocasi\u00f3n de realizarse las audiencias y entrevistas que hubieren mantenido en ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 3<\/strong>: Los dict\u00e1menes y actuaciones judiciales a los que refieren los art\u00edculos anteriores deber\u00e1n confeccionarse en un solo ejemplar, debiendo incorporarse la copia digital al respectivo protocolo inform\u00e1tico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 4<\/strong>: Los protocolos se integrar\u00e1n en vol\u00famenes de quinientas (500) fojas, o en caso necesario en fracci\u00f3n suficiente para que el \u00faltimo dictamen o actuaci\u00f3n se incluya en un solo tomo. Todas las fojas deber\u00e1n ser numeradas correlativamente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5<\/strong>: Los protocolos deber\u00e1n llevarse cronol\u00f3gica y correlativamente, independientemente de la finalizaci\u00f3n del a\u00f1o calendario.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6<\/strong>: A los fines de la individualizaci\u00f3n de cada protocolo inform\u00e1tico, el sistema de gesti\u00f3n consignar\u00e1 la respectiva fecha de inicio y finalizaci\u00f3n de los mismos, el \u00f3rgano correspondiente y toda otra informaci\u00f3n que resulte de inter\u00e9s. En los casos que el presente reglamento ha autorizado m\u00e1s de un protocolo, se agregar\u00e1 la materia o tipo de actuaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 7<\/strong>: Atento encontrarse inforatizados todos los protocolos aqu\u00ed descriptos; suscriptos digitalmente y resguardados en servidores propios de este Poder Judicial; no ser\u00e1 necesaria la impresi\u00f3n de los mismos ni su encuadernaci\u00f3n. Excepcionalmente y de resultar necesario por razones inherentes a la jurisdicci\u00f3n, podr\u00e1 expedirse copia impresa de los dict\u00e1menes y actuaciones registradas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 8<\/strong>: Todos los protocolos f\u00edsicos existentes a la fecha de entrada en vigencia del presente reglamento y que se encuentren respaldados inform\u00e1ticamente en los sistemas de gesti\u00f3n de este Poder Judicial, podr\u00e1n ser enviados al Archivo General de Tribunales para su posterior disposici\u00f3n de conformidad con lo estipulado en el REGLAMENTO DE REMISI\u00d3N DE MATERIAL A LOS ARCHIVOS GENERALES. DESTRUCCI\u00d3N DE MATERIAL INUTILIZABLE. INDIZACI\u00d3N DE PROTOCOLOS (Acta N\u00b0 41, punto 11 del 11.10.2000 y sus modificatorias Acta N\u00b0 44 punto 4 del 17.10.2001; Acta N\u00b0 22 punto 7 del 25.6.2003; Acta N\u00b0 43 punto 7 del 9.8.2011 y Acta N\u00b0 53 punto 12 del 3.12.2019).<\/p>\n<div class=\"gsp_post_data\" data-post_type=\"reglamentos\" data-cat=\"\" data-modified=\"120\" data-title=\"Protocolizaci\u00f3n de dict\u00e1menes y actuaciones del Ministerio P\u00fablico\" data-home=\"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\"><\/div>","protected":false},"template":"","categories":[],"tags":[],"class_list":["post-8225","reglamentos","type-reglamentos","status-publish","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/reglamentos\/8225","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/reglamentos"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/reglamentos"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8225"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8225"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.justiciasantafe.gov.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8225"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}