Circular Nro. 47/2016.-
Santa Fe, 2 de mayo de 2016.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que la Corte Suprema de Justicia de la Provincia por Acuerdo del 26.4.2016, Acta N° 18 punto 3, ha dispuesto avanzar en una cuarta etapa en el servicio de Banca Electrónica denominado “Santa Fe Judiciales”, ofrecida y desarrollada por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. atento la normativa vigente establecida por el Banco Central de la República Argentina.
Esta nueva fase consiste en incorporar a dicho aplicativo una funcionalidad que permite a las autoridades judiciales efectuar pagos y transferencias desde las Cuentas Judiciales del Nuevo Banco de Santa Fe hacia cuentas a la vista o Cuentas Judiciales abiertas en el mismo banco o en otras Entidades del sistema financiero del país.
Cabe mencionar que su implementación inicial será en los Juzgados de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta y Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe a partir del 16 de mayo del corriente año.
A mayor abundamiento y de manera ilustrativa, se acompaña un Documento Descriptivo de su operatoria.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno
4° ETAPA DEL SERVICIO “BANCA ELECTRÓNICA -SANTA FE JUDICIALES”
DESCRIPCIÓN DE LA OPERATORIA
(PARA LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES)
- Esta nueva etapa consiste en incorporar al sistema “Santa Fe Judiciales” la posibilidad de que los usuarios habilitados (Jueces y Secretarios) mediante dicho sistema realicen pagos y transferencias de fondos desde cuentas judiciales abiertas en el Nuevo Banco de Santa Fe SA hacia cuentas a la vista o cuentas judiciales (del mismo Banco o en otras Entidades Financieras del país) sin necesidad de emitir oficios de pago o cheques judiciales.
- Conforme comunicación del Banco Central (“A” 5147 y su modificatoria “A” 5212) “…Los pagos a los beneficiario/s designado/s en los respectivos autos se realizarán mediante transferencia electrónica a cuentas a nombre de aquéllos cuando se trate de importes superiores a $ 30.000 y, preferentemente por ese medio, para sumas iguales o inferiores a dicho importe con destino a las cuentas abiertas a nombre del/os beneficiario/s designado/s en los respectivos autos…”
- Esta etapa del desarrollo incluye los pagos que se ordenen por conceptos que no estén sujetos a retenciones impositivas (capital), y quedan excluídas las órdenes que comprendan intereses, honorarios y/o que impliquen alguna retención de impuestos nacionales y/o provinciales.
- Las autoridades judiciales podrán realizar las transferencias por cualquier suma de dinero incluso aquellos pagos que sean inferiores a $ 30.000 que actualmente pueden ordenarse en efectivo, y que no estén comprendidas por las excepciones mencionadas en el párrafo anterior.
- La nueva modalidad de pago podrá ser solicitada por el profesional o parte interviniente o ser dispuesta directamente por el órgano jurisdiccional en el expediente respectivo. A tal efecto, cada beneficiario deberá informar al juzgado los datos de identificación de su cuenta y su clave bancaria uniforme (CBU).
- El sistema se desarrolla sobre un esquema de perfiles de usuarios.
- El secretario habilita la cuenta por única vez e inicia la transferencia
- El juez autoriza la transferencia firmando con una tarjeta de coordenadas (personalizada) que le entregará el Banco.
- La gestión de reemplazos de los Funcionarios estará a cargo de la Presidencia de la Cámara y se hace por sistema con impacto inmediato.
- Las transferencias pueden ser iniciadas en cualquier momento pero deben ser autorizadas en días y horarios hábiles bancarios (7.30 a 18 hs. para cuentas destino Banco Santa Fe y de 7.30 a 16.30 hs. para cuentas destino en otros Bancos) y si cumplidos los 7 días hábiles el juez no la autoriza se cancela automáticamente. Asimismo, los usuarios contarán con una mesa de ayuda telefónica a los fines de que el Banco evacue consultas de los usuarios.
- El sistema cuenta con opciones de consultas de transferencias realizadas por el órgano como así también se pueden consultar las que fueron canceladas (no autorizadas por el juez) y rechazadas por el Banco, mostrándose todo ello en colores diferentes para su fácil identificación.
- Contarán con mesa de ayuda del banco en horario hábil (horario de autorizaciones), Teléfono Santa Fe Judiciales 08004446273
- En caso de que por imposibilidades técnicas o por otros motivos las transferencias o pagos no se puedan llevar a cabo conforme la modalidad prevista, las mismas serán diligenciadas por las vías actuales.
- No se utilizará más la “oblea de seguridad”.
- En una primera etapa la Corte Suprema de Justicia habilitará el servicio paulatinamente en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Santa Fe.
- Esta nueva etapa del servicio Santa Fe Judiciales se habilitará por Acuerdo. Se entregará el “Manual del Usuario – Funciones del Juez y Secretarios” al órgano de primera instancia; el “Manual del Usuario – Funciones de Presidencia de Cámara” a las respectivas Cámaras de Apelación; y el “Detalle de Roles y Funciones” que se entregará al área de RRHH de la CSJ.