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Circular nro. 19. Nuevo formulario de declaración jurada conforme art. 333 del C.P.C y C. de Santa Fe

Circular Nro. 19/17.
Santa Fe, 24 de febrero de 2017.
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 22.02.2017, Acta Nro. 6, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

10) OFICINAS DE CERTIFICACIONES DE SANTA FE Y ROSARIO S/ ELEVAN PROPUESTA DE NUEVO FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA CONFORME ART. 333 DEL C.P.C. Y C. DE SANTA FE -EXPTE. C.S.J. NRO.199/2017. VISTO: Que en las presentes actuaciones las Oficinas de Certificaciones de los Tribunales de Santa Fe y Rosario, proponen un formulario modelo de declaración jurada para certificar la firma de quienes pretendan litigar con beneficio de pobreza en los tribunales santafecinos; y, CONSIDERANDO: Que la reciente sanción de la ley 13.615, modificatoria del artículo 333 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Santa Fe, introduce sustanciales reformas al trámite de declaratoria de pobreza hasta ahora vigente. Que, en este sentido, la normativa en cuestión dispone en su primera parte que: “La solicitud podrá formularse en cualquier estado del proceso por declaración jurada del actor firmada ante el actuario u otro fedatario…”. En tal entendimiento, el otrora proceso jurisdiccional que requería la interposición de una demanda para dar inicio al juicio sumario de beneficio de litigar sin gastos, se encuentra ahora circunscripto a una declaración jurada que deberá prestarse por ante el actuario u otro fedatario. Por consiguiente, esta Corte entiende oportuno aprobar el formulario creado al efecto, teniendo en cuenta el mayor grado de seguridad y celeridad que se brindará a los justiciables y a los operadores del servicio todo, al contar con un sistema uniforme y estandarizado para materializar el requerimiento dispuesto por la nueva ley vigente. En similar orden de ideas, se entiende pertinente que la declaración jurada en cuestión sea efectuada por ante la Oficina de Certificaciones de este Poder Judicial, o ante los Juzgados en los cuales se tramite la causa respectiva. Por todo ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador General, SE
RESUELVE
: I.- Aprobar el nuevo formulario de declaración jurada para litigar con beneficio de pobreza, conforme al modelo que se acompaña y se agrega al presente como parte integrante del acta. II.- Disponer que el mismo entrará en vigencia a partir del 23.2.2017. III.- Proceder a su publicación en la página web de este Poder Judicial.”

Sin otro particular, lo saludo atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno                                                                     Formulario de Declaración jurada CIR-19-17 – Formulario

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