Circular Nro. 07/18.
Santa Fe, 15 de febrero de 2018.
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que por resolución de la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de fecha 9.2.2018, ratificada por Acuerdo Ordinario del Alto Tribunal celebrado el día 14 de febrero de 2018, Acta N° 3, punto 4, se ha dispuesto lo siguiente: “Santa Fe, 9 de febrero de 2018. VISTAS: Las necesidades del servicio judicial; y, CONSIDERANDO: Que en función de dos vacantes existentes en el Jardín Materno Infantil de los Tribunales de Santa Fe, resulta pertinente proceder a efectuar el respectivo llamado a concurso en la Administración de Justicia de la Provincia. Que mediante Acuerdo Ordinario de fecha 17.9.2012, Acta N° 41, la Excma. Corte Suprema de Justicia dispuso encuadrar a los agentes asignados a las Guarderías Infantiles del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe como agentes judiciales. Que asimismo y mediante Acta N° 53 de fecha 10.12.2013, el Alto Cuerpo estableció el mecanismo pertinente para la cobertura de vacantes existentes en los Jardines Maternales del Poder Judicial. Por lo expuesto, lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley 10.160 (t.o. según Decreto Nro. 0046/98), y las facultades conferidas por Acuerdo del 20.10.1999, Acta Nro. 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: I.- Llamar a concurso cerrado de antecedentes entre los integrantes titulares del Jardín Materno Infantil del Poder Judicial en Santa Fe, para la provisión de dos cargos de Maestra para la referida dependencia (Categoría Presupuestaria de Oficial Principal). II.- Establecer que para participar en el concurso los interesados deberán acreditar además del título inherente al cargo que se concursa, certificación de la Oficina Judicial correspondiente de no hallarse incluidos en el Registro de Deudores Alimentario Morosos. III.- Fijar como período de inscripción el comprendido entre el 19 y el 23 de febrero del corriente año, ambas fechas inclusive, debiendo los interesados presentar las solicitudes -en el formulario confeccionado al efecto-, ante la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia en Santa Fe, mencionando y acompañando en su caso, todos los antecedentes que estimen convenientes, los que deberán ser retirados dentro del plazo de dos meses, una vez resuelto el concurso. IV.- Disponer que oportunamente se designará la fecha para la recepción de entrevistas personales para los postulantes inscriptos que reúnan las exigencias legales y reglamentarias. V.- Disponer que el concurso se realizará de acuerdo a las prescripciones contenidas en el reglamento vigente en materia de concursos. Regístrese, hágase saber y oportunamente dése cuenta al Cuerpo.” FDO.: BORDAS (SECRETARIO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO).
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno