Click to listen highlighted text!

Circular nro. 91. Licencia a empleados del Poder Judicial que residen en la ciudad de Paraná en el marco de la pandemia por el COVID-19

Circular Nro. 91/20.-

Santa Fe, 13 de julio de 2020.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo dispuesto por la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia:
“ Santa Fe, 13 de julio de 2020. VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe s/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3; y, CONSIDERANDO: Que en virtud de instrucciones impartidas por la Excma. Corte Suprema de Justicia (Acta N° 8 del 16.3.2020), esta Secretaría de Gobierno ha ido adoptando diversas medidas en relación a la Pandemia producida por el COVID-19 en sintonía con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, como así también de las autoridades sanitarias de ambas administraciones centrales. Que en esta línea de trabajo y dentro de todas las medidas de excepción adoptadas a los fines del debido cuidado de la salud de agentes judiciales y ciudadanos por igual, en esta oportunidad y, atento a la situación epidemiológica actual de público conocimiento que atraviesa la ciudad de Paraná -Provincia de Entre Ríos- debido al aumento de casos confirmados de contagios por Covid-19 deviene necesaria la adopción de nuevas medidas al respecto. Que atento a ello, se consultó a la autoridad sanitaria local y a las referentes de la Circunscripción Judicial N° 1 designadas por Resolución N° 657 de fecha 29.6.2020, quienes aconsejaron licenciar a aquellos agentes que desarrollan tareas en este Poder Judicial y que residan en la ciudad de Paraná mientras dure la situación epidemiológica descripta. Ello, sin perjuicio de que los agentes referidos, quedarán a disposición del titular del órgano pertinente, para prestar la colaboración necesaria en el momento y por los medios que se le requiera. Que en virtud de lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución de la Provincia; 19 y 22 de la ley 10.160 (t.o. según decreto 46/1998) y las facultades conferidas por Acuerdo del 20.10.1999 (Acta 41, punto único); la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe;  RESUELVE: I. Conceder licencia desde el día 13.7.2020 a los agentes que prestan tareas en este Poder Judicial que residan en la ciudad de Paraná -Provincia de Entre Ríos- mientras dure la situación epidemiológica referida, quedando a disposición para prestar la colaboración necesaria conforme lo dispuesto en el Considerando precedente. II. Hacer saber lo aquí dispuesto a las Presidencias de las Cámaras de las Cinco Circunscripciones Judiciales; al Ministerio Público de la Acusación; al Servicio Público Provincial de la Defensa Penal; al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Santa Fe; a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las Cinco Circunscripciones y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Cuerpo.Fdo.: BORDAS (Secretario de Gobierno) – PIVIDORI (Secretario Letrado de Presidencia)”.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno

Click to listen highlighted text!