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Circular nro. 121. Nueva funcionalidad para solicitar el certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de manera remota y digital.

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Circular Nro. 121/25.-

Santa Fe, 3 de diciembre de 2025.-

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo celebrado en fecha 2.12.2025 -Acta Nº 48, punto 6- la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO REF. IMPLEMENTACIÓN DE UNA NUEVA FUNCIONALIDAD PARA SOLICITAR EL CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS DE MANERA REMOTA Y DIGITAL. El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. Eduardo Bordas, informa del dictado de una resolución la que transcripta expresa: “…VISTAS: Las necesidades del servicio judicial, y; CONSIDERANDO: Que la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, en cumplimiento de lo establecido por la Ley provincial 11.945, por Acta Acuerdo 23 Punto 4 del 21.6.06, en el año 2006 puso en funcionamiento el “Registro de deudores alimentarios morosos”; aprobando en la oportunidad el reglamento que rige su operatividad. Que entre las funciones del mismo, se encuentra la de otorgar certificados emitidos a quienes acrediten interés legítimo, donde se informa si una persona se encuentra inscripta o no en la base de datos de dicho Registro. Que actualmente, dichas solicitudes se pueden gestionar personalmente en las distintas sedes judiciales donde funcionan los Registros; esto es, Circunscripciones 1 y 2: Registro de Procesos Universales de la ciudad de Santa Fe y Rosario; Circunscripciones 3, 4 y 5: Secretaría de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela. Que en este camino y a fin de potenciar el uso de las herramientas digitales en la interacción con la ciudadanía, poniendo a disposición de los destinatarios del servicio judicial nuevas modalidades de trámites a distancia, es que se han materializado las tareas para que éstas solicitudes de certificados se puedan gestionar y recibir de forma on line. Así, y luego de un trabajo conjunto con el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. se ha logrado desarrollar un producto moderno, ágil y dinámico, que permite a cualquier usuario obtener de manera virtual y sin necesidad de concurrir a las sedes físicas del Registro, el pertinente certificado de Deudor Alimentario Moroso. Para lograr este cometido, se delinearon pautas de trabajo específicas que resguardan tanto la integridad del documento -el cual es signado digitalmente por el funcionario de la Oficina responsable- como la seguridad en el cobro del trámite, lo que se materializa a través de una pasarela de pagos electrónica usualmente conocida como “Botón de Pago” ofrecida y desarrollada en el ámbito del Nuevo Banco de Santa Fe. En este camino, el usuario requirente de la información, utilizará un formulario tipo que incluirá los mismos datos que contiene el documento que se usa para el trámite presencial. Así, ingresará vía web el pedido con el correspondiente pago -todo lo cual se materializa de manera conjunta- y el funcionario de la oficina, previo trámite, devolverá el respectivo informe firmado digitalmente a la casilla de correo que haya denunciado el solicitante. Esta metodología ágil, intuitiva y de fácil accesibilidad coexistirá con la forma de otorgamiento que actualmente se utiliza, y estará disponible a través del sitio web institucional www.justiciasantafe.gov.ar. Por lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 128 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, SE RESUELVE: I) Proponer a la Corte Suprema de Justicia la implementación de una nueva funcionalidad para solicitar el certificado del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de manera remota y digital, incluyendo la posibilidad de realizar el pago del arancel correspondiente mediante la integración con el “Botón de Pago” del Nuevo Banco de Santa Fe. II) Proponer al Alto Cuerpo que esta modalidad se encuentre disponible a partir del 15.12.2025, en la página web del Poder Judicial. Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo. Fdo. BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GÓMEZ (PROSECRETARIO)”. Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la propuesta formulada por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo, disponiendo que la modalidad traída a consideración esté disponible en la página web de este Poder Judicial a partir del 15.12.2025. FDO.: FALISTOCCO. BACLINI. ERBETTA. GUTIÉRREZ. SPULER. WEDER. ZABALZA. BORDAS (SECRETARIO).”

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno

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