Circular Nro. 44/25.-
Santa Fe, 26 de mayo de 2025.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a los fines de reiterar lo oportunamente dispuesto por la Corte Suprema de Justicia en Acuerdo de fecha 22.2.89, Acta N° 11, P. 4, y que fuera puesto en conocimiento mediante Circulares N° 60/2009 y 54/2013: “EXCLUSIÓN DE PROFESIONALES DE LAS LISTAS PARA NOMBRAMIENTOS DE OFICIO. COMUNICACIÓN. Advirtiendo el Cuerpo que numerosos Tribunales y Juzgados no comunican con la celeridad que el caso requiere las exclusiones de profesionales de las listas para nombramientos de oficio que disponen los titulares de los respectivos órganos jurisdiccionales, lo que impide efectivizar en debida forma las medidas que para esos supuestos prescriben los Códigos Procesales que regulan la materia; luego de un cambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Hacer saber a los Secretarios de todos los Tribunales de la Provincia que las comunicaciones de decisorios que dispongan la exclusión de peritos de las correspondientes listas para nombramientos de oficio, deben ser elevadas a esta corte de oficio y en forma inmediata luego de que las medidas queden firmes y ejecutoriadas. FDO: ESTEVAN. ALVAREZ. BARRAGUIRRE. IRIBARREN. ITURRASPE. VIGO. MALDONADO PUIG. IMHOFF (SECRETARIO)”.
Asimismo, se solicita a los titulares de los respectivos órganos jurisdiccionales que acompañen junto a dichas comunicaciones, copias de las cédulas diligenciadas mediante las cuales se notifique a los profesionales de la exclusión, como así también informen la fecha de sorteo de los mismos, y cuáles fueron las causas que motivaron dicha medida.
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno