Circular Nro. 120/21.-
Santa Fe, 30 de junio de 2021.-
Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S / D
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia en fecha 29.06.2021, Acta N° 22: “SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA MUNDIAL GENERADA A RAÍZ DE LA ENFERMEDAD COVID-19 (CORONAVIRUS). VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe S/ Medidas Preventivas de Salud COVID-19 (Coronavirus)” CUIJ N° 21-17613628-3, en el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación N° 260 de fecha 12.3.2020 y prorrogado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 167 de fecha 12.03.2021;y CONSIDERANDO: Que en el marco de la compleja situación que nos toca transitar, desde esta Corte Suprema de Justicia se han venido amalgamando diferentes y variados esquemas de trabajo, en orden a mantener la adecuada prestación del servicio de justicia dentro de un escenario de constante cambio y reconfiguración. Así, y siguiendo los lineamientos dispuestos por las autoridades Nacionales y Provinciales, se ha adecuado formal y materialmente nuestra actividad en una ininterrumpida cadena de decisorios que han sabido interpretar y plasmar en los hechos las recomendaciones que hacen al primordial cuidado de nuestra comunidad. Que en lo que ahora interesa, y habiendo dispuesto el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto Nro. 411/21 la prórroga de las normas de convivencia social vigentes hasta el próximo 9 de julio del corriente; hecho que también replicó el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nro. 958/21, deviene conducente en la constante búsqueda del complejo equilibrio que demanda la protección de la salud como bien fundamental y el ejercicio de las funciones que todos los ciudadanos debemos cumplir como elementos estructurales de la comunidad, adoptar las medidas administrativas y de gobierno respectivas en pos de alinearse con dicho decisorio. Que, en razón de todo lo expuesto, luego de un intercambio de opiniones, y oído en este acto el señor Procurador General; SE RESUELVE: I. Adherir al Decreto Nro. 411/21 dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y a al Decreto Nro. 958/21 del Poder Ejecutivo Provincial, que ordenan la prórroga de las medidas de prevención actuales para toda la población hasta el 9 de julio de 2021, inclusive. II. Disponer la prórroga de prestación del servicio con los esquemas de trabajo y decisiones sanitarias actualmente en vigencia en todas las dependencias de este Poder Judicial, de conformidad a lo ordenado por este Cuerpo en la Resolución de fecha 28 de mayo de 2021, ratificada por Acta Acuerdo Nro. 19, Punto 2 del 8.6.21. III. Poner de manifiesto que las decisiones aquí adoptadas, se enmarcan dentro de la dinámica y celeridad con la que se deben encarar acciones estratégicas y certeras, en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, y en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial; auxiliares de la justicia; y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren. IV.- Hacer saber lo aquí dispuesto al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo de la Provincia a través de las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados, al Ministerio Público de la Acusación, al Servicio Público Provincial de Defensa Penal, a los Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios y al Sindicato de Trabajadores Judiciales. V.- Brindar la más amplia difusión del presente decisorio a través de los medios correspondientes. FUNDAMENTOS DEL DR. ERBETTA: En este estado, el señor Ministro Dr. Erbetta reitera los fundamentos que fueran motivo de su disidencia en relación a las resoluciones del Cuerpo Nro. 699/21 y 735/21; al Acta Acuerdo nro. 19, Punto 2 de fecha 8.6.21; y al Acta Acuerdo Nro. 20 de fecha 15.6.21, a los cuales se remite. FDO. FALISTOCCO. ERBETTA. GASTALDI. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO)
Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.
Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno




