Nombramientos de Oficio – Peritos

SE HACE SABER QUE LAS MISMAS PUEDEN SUFRIR MODIFICACIONES ORIGINADAS POR CAMBIOS DE DOMICILIO, DE DATOS PERSONALES, EXCLUSIONES, RENUNCIAS, ETC. DICHAS MODIFICACIONES SERÁN DEBIDAMENTE COMUNICADAS A LAS PRESIDENCIAS DE LAS CÁMARAS Y A LAS SUPERINTENDENCIAS MENORES QUE CORRESPONDAN, NO ACTUALIZÁNDOSE A TALES FINES LAS LISTAS PRECEDENTES.

SE HACE SABER QUE LAS MISMAS PUEDEN SUFRIR MODIFICACIONES ORIGINADAS POR CAMBIOS DE DOMICILIO, DE DATOS PERSONALES, EXCLUSIONES, RENUNCIAS, ETC. DICHAS MODIFICACIONES SERÁN DEBIDAMENTE COMUNICADAS A LAS PRESIDENCIAS DE LAS CÁMARAS Y A LAS SUPERINTENDENCIAS MENORES QUE CORRESPONDAN, NO ACTUALIZÁNDOSE A TALES FINES LAS LISTAS PRECEDENTES.

La Ley 10160, en su Capítulo II: “De la Competencia de la Corte Suprema de Justicia”, art. 19, inc. 6° dispone: Confeccionar antes del 31 de diciembre de cada año, las nóminas necesarias para que los magistrados y los jueces comunales puedan efectuar las correspondientes designaciones durante el año siguiente.
 
En cumplimiento de tal norma, la Corte Suprema de Justicia dispuso que durante el mes de octubre de cada año se recepcionen las solicitudes de los profesionales interesados en realizar pericias e informes en causas judiciales en los formularios siguientes:

NO SE ADMITIRÁN FORMULARIOS COMPLETADOS EN FORMA MANUSCRITA

NOMBRAMIENTOS DE OFICIO – ABOGADOS

Formulario de Inscripción – COMPLETAR E IMPRIMIR

NOMBRAMIENTOS DE OFICIO – CONTADORES PÚBLICOS NACIONALES

Formulario de inscripción – COMPLETAR E IMPRIMIR

– NOMBRAMIENTOS DE OFICIO – MÉDICOS

Formulario de inscripción – COMPLETAR E IMPRIMIR

– NOMBRAMIENTOS DE OFICIO 

Formulario de inscripción – COMPLETAR E IMPRIMIR

Además de la solicitud, -cuya firma deberá ser certificada judicialmente-, los interesados deberán presentar la documental detallada en cada formulario.

Las nóminas serán confeccionadas en atención al título que el solicitante posee.

Las listas confeccionadas tienen vigencia durante el año siguiente al de la inscripción.