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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL REGISTRO CIVIL DE LA PROVINCIA Y LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CONVENIO DE COLABORACIÓN

ENTRE EL REGISTRO CIVIL DE LA PROVINCIA Y

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Ratificado por Acuerdo del 01.10.2025 (Acta 37, pto. 1)

Entre la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, representada en este acto por su Presidente, Dr. ROBERTO HÉCTOR FALISTOCO, y el Registro Civil de la Provincia, representado en este acto por el señor Director Provincial, Dr. SERGIO DUARTE acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboración sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera: El presente convenio tiene como objeto establecer un marco específico de cooperación mediante el cual se agilizará el funcionamiento e intercambio de información de la Oficina de Procesos Sucesorios y demás órganos jurisdiccionales de este Poder Judicial y Registro Civil de la Provincia.-

Segunda: Las partes acuerdan poner en funcionamiento el siguiente mecanismo de comunicación, a los fines de evacuar los informes que brinda el Registro Civil, los cuales se materializará de la siguiente manera:

a.- El Registro Civil de la Provincia emitirá informes o contestará oficios en formato electrónico y los remitirá signados digitalmente a los diferentes Juzgados y dependencias del Poder Judicial que cuenten con el sistema de gestión SISFE, ingresando a través de la opción “Módulo Contestación de Oficios”. A tales efectos se le otorgará las respectivas claves de acceso a la autoridad responsable del referido Registro.

b.- Recepcionado el informe u oficio diligenciado en la dependencia judicial, la misma procederá a darle ingreso en el sistema informático SISFE de este Poder Judicial, vinculándolo con el expediente respectivo.-

Tercera: En aquellos casos que por imposibilidades técnicas o de fuerza mayor resulte inviable la operatividad del mecanismo de trabajo aquí descripto, se utilizará el actual modo de comunicación mediante formato papel.-

Cuarta: Cualquier controversia emergente de la aplicación e interpretación de las convenciones del presente será resuelta por acuerdo de partes.-

En prueba de conformidad, se firman dos (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo fin, en la ciudad de Santa Fe, a los 24 días del mes de septiembre de dos mil veinticinco.-

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