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Circular nro. 28. Control de tardanzas del personal del Poder Judicial a través del “Sistema de legajos digitales”.

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Circular Nro. 28/26.-

Santa Fe, 8 de abril de 2026.-

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional lo resuelto por la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia –ratificada en Acta Nº 10, pto. 2 de fecha 7.4.2026– por el Alto Cuerpo, se ha dispuesto lo siguiente:

VISTO: Las necesidades del servicio judicial y; CONSIDERANDO: Que como consecuencia de las constantes y sostenidas incorporaciones de Tecnologías de la Información aplicadas al mejoramiento del servicio de justicia por parte de la Corte Suprema de Justicia, se continúan delineando nuevos escenarios sobre los cuales resulta posible optimizar el funcionamiento diario de diferentes unidades jurisdiccionales y organismos administrativos de este Poder Judicial. Que en este último caso, deviene oportuno en la ocasión optimizar los mecanismos de gestión y control de la información vinculada al registro de asistencia y permanencia en sus tareas del personal judicial. Que, en la actualidad, una de las aristas de este control implica la publicación de los listados de tardanzas del personal de cada una de las Circunscripciones Judiciales del Poder Judicial en formato papel en los distintos edificios de este Poder Judicial; a los fines de que los interesados puedan efectuar el correspondiente cotejo de la información que hace a este tópico. Que en tal entendimiento, la implementación y habilitación de la visualización del sistema de legajos digitales, aprobado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia en fecha 25.11.2025 -Acta Nº 45, pto. 7- permite a cada agente consultar en forma directa, permanente y actualizada la información de sus registros de asistencia por la plataforma virtual, incluyendo tardanzas y licencias mensuales. Que, en consecuencia, la publicación de listados generales ha devenido sobreabundante a los fines de brindar información y control individual; resultando necesario la adopción de medidas tendientes a modernizar y racionalizar los procedimientos administrativos, enmarcados en criterios de eficiencia, economía administrativa y adecuada gestión de los recursos. Por ello, atento a lo establecido en los artículos 128 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley Nro. 10.160 (t.o. según Decreto Nro. 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta Nro. 41, Punto único, la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE: Disponer que a partir del 13 de abril de 2026 el control de tardanzas del personal del Poder Judicial se efecutará exclusivamente a través del “Sistema de legajos digitales”, aprobado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de fecha 25.11.2025, Acta Nº 45, pto. 7; debiendo cada agente consultar sus registros de tardanzas mediante el acceso a dicha plataforma. Insértese, dése cuenta al Cuerpo, hágase saber, tome razón Sección Personal y oportunamente archívese. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GÓMEZ (PROSECRETARIO)”.

                                           Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

                                                Dr. Eduardo Bordas

                                                Secretario de Gobierno

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