CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y EL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
Ratificado por Acuerdo del 11.06.2019 (Acta 22 pto. 2)
Entre el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, representado en este acto por la señora Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Dra. MARÍA ANGÉLICA GASTALDI; y el Presidente del Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial, representado en este acto por el Dr. MARIANO VIGANÓ, acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboración, sujeto a las cláusulas siguientes:
PRIMERA.- El Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe se compromete a brindar asistencia al Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial, para que las notificaciones relacionadas al cobro de matrícula y Tribunal de Conducta puedan ser enviadas con constancia fehaciente de recepción.
SEGUNDA.– A los fines mencionados la Corte Suprema de Justicia pone a disposición del Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial, el mecanismo de notificaciones existente en este Poder Judicial de acuerdo a lo establecido por el Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones de los Tribunales de la Provincia de Santa Fe.
TERCERA.- A los fines indicados en la cláusula primera, el presente acuerdo tiene por objeto permitir la colaboración entre las partes firmantes a efectos de entablar una acción coordinada que permita materializar las notificaciones que surjan del cobro de matrícula y Tribunal de Conducta a través de la celeridad y seguridad que el servicio de notificaciones del Poder Judicial ofrece.
CUARTA.- A fin de dar cumplimiento a lo expresado en la cláusula segunda el Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial se compromete a abonar el valor de los tickets de cédulas en un todo de acuerdo a las disposiciones establecidas mediante resolución de la Corte Suprema de Justicia de fecha 27/11/2018 y a las disposiciones del Reglamento ya mencionado.
En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, se formaliza el presente convenio en tres (3) ejemplares, de igual tenor y a un mismo efecto, en la ciudad de Santa Fe, a los 30 días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.