Objeto de la mediación

Se trata de un mecanismo destinado a resolver conflictos sin necesidad de litigar en la Justicia ordinaria, que puede satisfacer las expectativas de los ciudadanos en poco tiempo y sin costo alguno. Constituye -además- una alternativa para agilizar el funcionamiento de los juzgados, que se encuentran atestados de causas y que necesitan años para llegar a una sentencia.

 

“El gran desafío de este proyecto consiste en implementar un método pacífico para resolver conflictos desde el Poder Judicial y con sus propios integrantes”. Frente a la necesidad de cambiar la manera de brindar el servicio de Justicia, la Mediación se constituye en una alternativa ideal para conseguirlo. Su propósito es “lograr un acuerdo sin los costos en tiempo, dinero y esfuerzo que llevaría un proceso judicial”. Es una instancia voluntaria, a la que se puede acudir con o sin el patrocinio de un abogado. El objetivo es impulsar un acercamiento entre las partes en conflicto con la asistencia de un mediador, de manera que aun cuando no se logre un acuerdo, se abran entre ellos caminos de entendimiento.

 

El mediador es un “tercero neutral”, especialmente capacitado para actuar como facilitador de la comunicación entre las partes en conflicto. No tiene poder de decisión, ya que el acuerdo parcial o total sólo puede surgir de la voluntad de las partes.

 

Las partes no concurren al mediador para que él les solucione el conflicto, porque el mediador no es juez ni árbitro. Su intervención está destinada a facilitar la comunicación entre ellas.

 

Cualquier conflicto puede ser objeto de una mediación: asuntos de familia como la tenencia de hijos, régimen de visitas, disputas por alimentos, o cuestiones societarias, patrimoniales como locaciones, ejecución o resolución de contratos, indemnizaciones por daños y perjuicios, y problemas entre vecinos.