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Circular nro.25. Guía de buenas prácticas para el uso de la Inteligencia Artificial Generativa.

Circular Nro. 25/25.-

Santa Fe, 4 de abril de 2025.-

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

                                         Por así haberlo dispuesto la Corte Suprema de Justicia en Acuerdo de fecha 1.4.2025 -Acta Nro. 10, pto. 6-, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional el siguiente decisorio adoptado en relación a la “Guía de Buenas Prácticas para el uso de Inteligencia Artificial Generativa”: “VISTAS: Las necesidades del servicio judiciario, y; CONSIDERANDO: Que esta Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, por Acuerdo de fecha 6.3.2025, Acta N° 6, p. 21, habilitó el uso de herramientas de “Inteligencia Artificial Generativa”, poniéndolas a disposición, en esta primera etapa, de Jueces y Juezas, y Defensores y Defensoras Generales Civiles de Primera y Segunda Instancia de este Poder Judicial que así lo soliciten. Por lo demás, y a los fines de dar curso a dicha peticiones, se autorizó la utilización de un “Formulario de solicitud de uso de herramientas de Inteligencia Artificial Generativa en el Poder Judicial de Santa Fe”, conforme el modelo que se ha comunicado a los potenciales destinatarios (Circular 19/2025, disponible en la página web institucional). Que, conforme se hiciera referencia en el citado decisorio, “… la incorporación de innovaciones tecnológicas se constituyen en valiosos aportes instrumentales y complementarios a las labores que desarrollan los órganos judiciales, tanto en el plano jurisdiccional como administrativo. Que en este entendimiento, es de conocimiento general que desde hace un tiempo se encuentran disponibles y accesibles desde dispositivos conectados a Internet, distintas herramientas dentro del campo de la ´Inteligencia Artificial´ y entre ellas, las conocidas como ´Inteligencia Artificial Generativa´ (IAG), ofrecidas como productos de la industria”. En este sentido, estas herramientas, como es de público conocimiento, permiten una gran versatilidad en lo que hace a sus posibles aplicaciones en todos los ámbitos de las labores y de la vida de ciudadanos, empresas y organizaciones, y específicamente, en lo que aquí atañe, el sector justicia. Que, más allá de que este Máximo Tribunal ya ha resuelto que “…la adopción de aplicaciones de IAG debe conjugarse, necesariamente, con el análisis técnico de la factibilidad de su habilitación en los puestos de trabajo conectados a la red de datos de este Poder del Estado, desde la óptica de la seguridad informática”, cabe en la oportunidad, y en apoyo a la decisión adoptada, aprobar una “GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL GENERATIVA”, especialmente orientado a los usuarios finales de dicha herramienta. Que en este campo, es dable advertir que atento la diversidad de programas disponibles, su constante actualización y el surgimiento de otros nuevos; y siendo resorte de cada usuario la elección de las mismas en complemento de las habilidades humanas, cabe tener presente que el impacto, los desafíos y las consecuencias del uso de estas tecnologías innovadoras vienen siendo objeto de preocupación y análisis desde distintos ámbitos. En este camino, diferentes organismos han incorporado en sus agendas la temática de la inteligencia artificial en general, y particularmente, enfocadas a la vida judicial; regulando aspectos que hacen a cuestiones éticas y de uso responsable. Así por ejemplo, desde Unesco ha surgido el denominado “Kit de Herramientas Global Sobre IA y El Estado de Derecho Para El Poder Judicial”, que responde a estas necesidades y proporciona a los actores judiciales (jueces, fiscales, fiscales estatales, abogados públicos, universidades de derecho e instituciones de formación judicial) el conocimiento y las herramientas necesarias para comprender los beneficios y riesgos de la IA en su trabajo; mientras que también otros Poderes Judiciales de distintas provincias ya han adoptado estándares regulatorios sobre IAG. Que por todo lo expuesto, con la finalidad de contribuir en la incorporación de estos disruptivos asistentes digitales de manera responsable dentro de este Poder Judicial, se entiende oportuno, aprobar la “GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL GENERATIVA” que se adjunta al presente como anexo. En este aspecto no puede soslayarse que estas directrices, se enmarcan en documentos internacionales que regulan la materia tales como el “Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial, Derechos Humanos, Democracia y Estado de Derecho”; la “Guía para uso de IA generativa en educación e investigación de la UNESCO”; y los protocolos de actuación que en similar inteligencia aprobaran los Poderes Judiciales de San Juan, San Luis y Río Negro, entre otros. Así, pretenden constituirse en un estándar mínimo de recomendaciones de buenas prácticas, sin perjuicio de que puedan complementarse con otras y de esta manera, hacer frente a la necesidad de su revisión y actualización conforme las necesidades así lo requieran. Que, en virtud de lo expuesto, luego de un intercambio de opiniones y oído en este acto el señor Procurador General, SE RESUELVE: 1) Aprobar la “GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL GENERATIVA” que se acompaña como anexo al presente, en las condiciones descriptas en los referidos Considerandos. 2) Hacer saber que la Guía referida se constituye en un estándar mínimo de uso aceptable, sin perjuicio de su complemento y/o periódica actualización. 3) Delegar en la Secretaría de Gobierno del Cuerpo, la instrumentación y monitoreo del sistema de IAG, a los fines de evaluar su correcto desempeño. 4) Dar la más amplia difusión de lo aquí dispuesto a través de los mecanismos usualmente utilizados al efecto. FDO. FALISTOCCO. BACLINI. ERBETTA. GASTALDI. GUTIÉRREZ. SPULER. ZABALZA. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

                                           Se adjunta a la presente la Guía mencionada.

                                           Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

                                           Fdo: Dr. Eduardo Bordas

                                           (Secretario de Gobierno)

Anexo: Guía de buenas Prácticas para el uso de inteligencia artificial generativa

                                     

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