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Destrucción de documental en el Juzgado Laboral de la 3°Nom. de Santa Fe

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Tercera Nominación de Santa Fe se ha ordenado la destrucción de material documental.

La medida adoptada se funda en los inconvenientes que genera la acumulación de documental de todo tipo, correspondiente a causas que evidencian una prolongada falta de actividad procesal, y pretende un mejor aprovechamiento del espacio físico disponible que redundará en una mejor y más adecuada prestación del servicio de Justicia.

Los interesados en la documental reservada podrán presentarse ante el Juzgado –acreditando interés legítimo-, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12, a fin de efectuar el requerimiento pertinente hasta el viernes 5 de abril de 2024, inclusive.

La destrucción comprende documental, pliegos, alegatos y cualquier otro tipo de documento que no esté agregado al expediente propiamente dicho y que se encuentren reservados en secretaría, conforme el detalle de fechas que explicita la resolución del mencionado Juzgado.

 

OFICIO Y EDICTO REMITIDO POR EL JUZGADO:

Juz. Laboral 3ra Nom. Edicto de destrucción documental

Juz. Laboral 3ra Nom. Resolución de destrucción documental

 

Santa Fe, 14 de marzo de 2024

PRENSA / PODER JUDICIAL DE SANTA FE

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