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Antecedentes Penales

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CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACION
ACTA NRO. 42 PUNTO 5 DEL 20.10.99.-
ACUERDO DE COOPERACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LAS UNIDADES DE EXPEDICIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES PENALES.- VISTO: El acuerdo de cooperación celebrado con el Ministerio de Justicia de la Nación, a los efectos de cumplimentar los plazos previstos en la Ley 22.117, referidos a la tramitación de los informes de solicitudes de antecedentes penales, como así también crear Unidades de Recepción y Expedición que agilicen dichos trámites, permitiendo a los señores Jueces de la Provincia contar con la información referida en los plazos establecidos legalmente. Por ello, y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar el aludido acuerdo de cooperación, ordenando se agregue copia del mismo al final de la presente y como parte integrante del acta.- FDO.: BARRAGUIRRE. ALVAREZ. FALISTOCCO. IRIBARREN. ULLA. VIGO. BOF. FERNANDEZ RIESTRA(SECRETARIA).-
ACUERDO DE COOPERACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LAS UNIDADES DE EXPEDICIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES PENALES
En la ciudad de Santa Fe, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve, entre el Ministerio de Justicia de la Nación, representado en este acto por el señor Secretario de Justicia, Dr. CARLOS GUILLERMO OCAMPO por una parte y por la otra la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, representada en este acto por el señor Presidente de ese Alto Cuerpo, Dr. JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE, con domicilio en San Jerónimo 1551, de la ciudad de Santa Fe, acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a las siguientes cláusulas: –
PRIMERA: Que a los efectos de cumplimentar los plazos previstos en la Ley 22.117, referidos a la tramitación de los informes de solicitudes de antecedentes penales requeridos por los Tribunales de la referida Provincia y en todos los casos contemplados por el artículo octavo de la mencionada norma, surge la necesidad de crear Unidades de Recepción y Expedición que agilicen dichos trámites, permitiendo a los señores Jueces de la Jurisdicción contar con la información referida en los plazos establecidos legalmente.-
SEGUNDA: A estos efectos el Ministerio de Justicia de la Nación se compromete a proveer, en carácter de comodato, en el plazo de 60 días, todo lo referido al equipamiento informático (hard y soft), el medio de comunicación (Internet), la continua supervisión del sistema y la capacitación de los operadores de las mencionadas unidades a instalarse en las ciudades de Santa Fe, Reconquista, Rafaela, Vera, Venado Tuerto y Rosario (en esta última, dos módulos de equipamiento), como así también, queda garantizado técnicamente el debido resguardo de la confidencialidad de los datos enviados. Como contrapartida, la Corte Suprema de Justicia, se compromete en el plazo fijado a proveer un espacio físico con capacidad para atención al público y el personal necesario para operar cada unidad. Asimismo, quedará a cargo del mencionado Poder Judicial la provisión de los elementos de comunicación por cada unidad con acceso al servicio de correo electrónico, así como facilitar el uso del servicio a los Juzgados Federales radicados en la Provincia.-
TERCERA: La cantidad de personal afectado se fijará de acuerdo al horario de atención que se establezca en virtud del volumen y la modalidad operativa a determinarse.-
CUARTA: El programa de unidades de recepción y expedición desarrollado por la Dirección Nacional del Registro de Reincidencia y Estadística Criminal, podrá extenderse conforme a los plazos establecidos en los objetivos del mencionado Registro a otros departamentos judiciales y a otras provincias.-
Como prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-
COMIENZO DE FUNCIONES SISTEMA INFORMATICO DE UNIDADES DE EXPEDICION Y RECEPCION DE ANTECEDENTES PENALES.-
ACTA NRO. 50 PUNTO 7 DEL 7.12.99.
REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIAS. PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA INFORMATICO DE UNIDADES DE EXPEDICION Y RECEPCION DE ANTECEDENTES PENALES,- VISTO: Que por Acuerdo del 20.10.99, Acta Nro. 42, punto 5, este Cuerpo ratificó el Acuerdo de Cooperación celebrado por su Presidente con el Ministerio de Justicia de la Nación respecto del tema del epígrafe; y, CONSIDERANDO: Que mediante dicho Acuerdo, se crean Unidades de Recepción y Expedición que agilicen la tramitación de las solicitudes de antecedentes penales, a los efectos de cumplimentar los plazos previstos por la Ley 22117, permitiendo a los magistrados provinciales contar con la información referida en los plazos legalmente establecidos. Que se está completando la provisión del equipamiento informático, así como también los cursos de capacitación de los agentes que tendrán a su cargo la operatividad del sistema, previsto para funcionar en las sedes de Santa Fe, Rosario, Rafaela, Reconquista, Venado Tuerto y Vera. Por lo cual y siendo necesario establecer la fecha de puesta en funcionamiento del sistema, luego de un cambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,SE RESUELVE: Disponer que el sistema comience a funcionar en las sedes judiciales supra indicadas, a partir del 22 de diciembre del corriente año.- FDO.: BARRAGUIRRE. ALVAREZ. FALISTOCCO. IRIBARREN. ULLA. VIGO. BOF. BORDAS (SECRETARIO).-

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